26 de abril, 2024
La Justicia frenó la elección popular para el Consejo de la Magistratura
El juez de Mar del Plata Alfredo Eugenio López suspendió las elecciones para designar por voto popular a los consejeros, luego de un planteo presentado por el Colegio de Abogados de esa ciudad. Lo mismo hizo un magistrado de San Nicolás, que también declaró inconstitucional parte de la ley que regula las cautelares.
Las decenas de presentaciones judiciales que presentaron entidades de abogados, jueces y miembros de la oposición tuvo efecto y la Justicia le puso un freno a la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura, el corazón de la reforma judicial.
Primero, el juez federal en lo Civil, Comercial, Contencioso Administrativo y Laboral de Mar del Plata Alfredo Eugenio López suspendió las elecciones para designar los candidatos a integrantes del estamento abogados del Consejo de la Magistratura.
La suspensión fue decidida mediante una medida cautelar firmada en una causa promovida por el Colegio de Abogados marplatense, que no sólo deja en suspenso las elecciones para consejeros sino también la constitución del nuevo Consejo, según lo establecido por la ley de reforma sancionada recientemente por el Congreso y promulgada por el Ejecutivo.
La parte resolutiva del fallo resume: “Decreto medida cautelar ordenando al Poder ejecutivo Nacional la suspensión de la constitución del nuevo Consejo de la Magistratura como así también el llamado a elecciones para representantes del estamento de abogados en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el 11 de agosto de 2013”.
El juez deslizó en el fallo, de cinco páginas, que la ley que reformó el Consejo es inconstitucional. El antepenúltimo párrafo de la resolución destaca “la magnitud de la intensidad de la verosimilitud del derecho” y considera “incompatible la ley 26.855 con el texto del artículo 114 de la Constitución Nacional”, que establece que “el Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal”.
Para el juez, la ley “afectaría el equilibrio y representación previstos” por lo que el dictado de una norma provisoria que suspenda los comicios “no afecta el interés público sino que lo resguarda, máxime el peligro en la demora que implicaría acceder tardíamente a la pretensión del accionante, en virtud de la oportunidad de la convocatoria electoral”.
El fallo suspende sólo las elecciones de consejeros abogados porque fue la entidad que reúne la matrícula de los letrados marplatenses la que presentó la acción de amparo, pero atento a que la ley formula la convocatoria para todos los estamentos que componen el Consejo de la Magistratura, la suspensión parcial arrastra a todo el proceso.
El titular del Colegio de Abogados marplatense, Fernando González, festejó el fallo: "Estamos muy satisfechos porque en forma cautelar, también declarando la inconstitucionalidad de las nuevas normativas que impiden las precautorias, nos permite seguir discutiendo la constitucionalidad de este Consejo de la Magistratura".
"Será ahora el Estado nacional el que disponga el procedimiento, que puede ser por per saltum o a través de la Cámara Federal de Mar del Plata, situación que se dispondrá una vez que se notifique el Poder Ejecutivo”, explicó acerca de cómo continúa la disputa judicial.
Otro fallo similar se produjo en San Nicolás, donde el juez federal Martín Alberto Martínez hizo lugar a dos medidas cautelares presentadas por el Colegio de Abogados de esa ciudad y por Ricardo De Felipe, presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA).
Además, Martínez también declaró inconstitucionales los artículos 4, inciso 4, 9, 10, 13, 14 y 15 de la Ley 26.584, la que limita las medidas cautelares.
Primero, el juez federal en lo Civil, Comercial, Contencioso Administrativo y Laboral de Mar del Plata Alfredo Eugenio López suspendió las elecciones para designar los candidatos a integrantes del estamento abogados del Consejo de la Magistratura.
La suspensión fue decidida mediante una medida cautelar firmada en una causa promovida por el Colegio de Abogados marplatense, que no sólo deja en suspenso las elecciones para consejeros sino también la constitución del nuevo Consejo, según lo establecido por la ley de reforma sancionada recientemente por el Congreso y promulgada por el Ejecutivo.
La parte resolutiva del fallo resume: “Decreto medida cautelar ordenando al Poder ejecutivo Nacional la suspensión de la constitución del nuevo Consejo de la Magistratura como así también el llamado a elecciones para representantes del estamento de abogados en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el 11 de agosto de 2013”.
El juez deslizó en el fallo, de cinco páginas, que la ley que reformó el Consejo es inconstitucional. El antepenúltimo párrafo de la resolución destaca “la magnitud de la intensidad de la verosimilitud del derecho” y considera “incompatible la ley 26.855 con el texto del artículo 114 de la Constitución Nacional”, que establece que “el Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal”.
Para el juez, la ley “afectaría el equilibrio y representación previstos” por lo que el dictado de una norma provisoria que suspenda los comicios “no afecta el interés público sino que lo resguarda, máxime el peligro en la demora que implicaría acceder tardíamente a la pretensión del accionante, en virtud de la oportunidad de la convocatoria electoral”.
El fallo suspende sólo las elecciones de consejeros abogados porque fue la entidad que reúne la matrícula de los letrados marplatenses la que presentó la acción de amparo, pero atento a que la ley formula la convocatoria para todos los estamentos que componen el Consejo de la Magistratura, la suspensión parcial arrastra a todo el proceso.
El titular del Colegio de Abogados marplatense, Fernando González, festejó el fallo: "Estamos muy satisfechos porque en forma cautelar, también declarando la inconstitucionalidad de las nuevas normativas que impiden las precautorias, nos permite seguir discutiendo la constitucionalidad de este Consejo de la Magistratura".
"Será ahora el Estado nacional el que disponga el procedimiento, que puede ser por per saltum o a través de la Cámara Federal de Mar del Plata, situación que se dispondrá una vez que se notifique el Poder Ejecutivo”, explicó acerca de cómo continúa la disputa judicial.
Otro fallo similar se produjo en San Nicolás, donde el juez federal Martín Alberto Martínez hizo lugar a dos medidas cautelares presentadas por el Colegio de Abogados de esa ciudad y por Ricardo De Felipe, presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA).
Además, Martínez también declaró inconstitucionales los artículos 4, inciso 4, 9, 10, 13, 14 y 15 de la Ley 26.584, la que limita las medidas cautelares.
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