Finalmente, el Gobierno confirmó las medidas negociadas con la CGT y firmó el decreto que establece un bono de $5.000 pesos para compensar la pérdida de los salarios de los últimos meses, junto a una serie de trabas para frenar los despidos.
El bono deberá abonarse en dos cuotas de $2.500 que se pagarán con los salarios de noviembre y enero, es decir, durante los primeros dÃas de diciembre y febrero.
No obstante, el DNU habilita la posibilidad de flexibilizar los plazos y montos mencionados, de acuerdo a la situación en que se encuentre cada firma, lo que pone en duda el alcance de la medida. A su vez, permite descontar esta asignación de las revisiones salariales acordadas en los convenios colectivos de trabajo, "salvo que acuerden expresamente su no absorción".
Los empresarios enojados con Gobierno por los decretos que negoció con la CGT
Se trata de dos guiños claramente dirigidos al sector empresario, que habÃa criticado duramente las medidas, tildándolas de "decretos kirchneristas". Las firmas argumentaban no poder hacer frente a este nuevo incremento de sus gastos debido a la delicada situación que atraviesan con una gran caÃda de sus ventas y un nivel de tasas de interés que impide la refinanciación de sus pasivos.
Paralelamente, la iniciativa habÃa sido duramente castigada por Pablo Moyano, quien aseguró que "la CGT le volvió a fallar a los trabajadores y le sigue dando al Gobierno la chance de tapar lo que viven millones de argentinos".
El decreto excluye especÃficamente a los empleados del sector público, que de todas formas recibirán el mismo beneficio a partir de un acuerdo alcanzado entre el Ministro de Producción y Trabajo Dante Sica y el Secretario General de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), Andrés RodrÃguez.
En este caso, el monto de $5.000 pesos se pagará en una sola cuota junto al salario de diciembre para todo el personal civil de la Administración Pública Nacional. Además, se negoció un aumento salarial del 5% para enero y otro 5% a aplicarse en febrero.
Despidos
El DNU también establece la obligación de cumplir un procedimiento ante la disposición de efectuar despidos sin justa causa. Los empleadores deberán comunicar la decisión al Ministerio de Producción y Trabajo con una anticipación no menor a diez dÃas hábiles.
Posteriormente, las autoridades podrán convocar a las dos partes implicadas junto con la asistencia gremial pertinente, a fin de celebrar las audiencias que estime necesarias para considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción.
Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas.
(Que empiojados que están)