Perdón judicial
¿Quiénes son los policías con causas penales por las cargas del 1-O que se beneficiarán de la amnistía?
La Ley alcanza a más de 70 agentes de seguridad que tienen casusas abiertas por la represión durante la jornada del referéndum ilegal en varios colegios.

El perdón judicial que el PSOE llevará a cabo en Cataluña a través de la la Ley de Amnistía -ya registrada en el Congreso- no sólo alcanzará a más de 300 dirigentes independentistas, también a un grupo de policías que arrastran causas penales por la represión durante la jornada del referéndum ilegal de 2017 en varios colegios.

En el preámbulo del texto, los socialistas hacen hincapié en "la necesidad de superar y encauzar conflictos políticos y sociales arraigados, en la búsqueda de la mejora de la convivencia y la cohesión social, así como de una integración de las diversas sensibilidades políticas". 

Respecto a los policías, la ley explica que las "acciones delictivas que pudieran haberse ejecutado en la defensa de la legalidad y del orden constitucional no supone demérito o reproche alguno para los colectivos concernidos. En ningún caso implica la criminalización de los funcionarios que intervinieron en defensa del orden público, pues la presunción de inocencia es un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico. Lejos de ello, persigue aliviar la situación procesal de los encausados y con ello las tensiones derivadas de unos hechos que se enmarcaron en un determinado momento y como consecuencia de las tensiones existentes entonces y a lo largo de más de diez años", apunta.

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Por lo tanto, 73 policías serán amnistiados cuando la ley sea aprobada en el Congreso. En enero de esta años, el Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona, a cargo de Francisco Miralles, finalizó su "macroinvestigación" por las cargas en los centros escolares. 

 Movilización por la actuación de la policía en las cargas del 1-O.

En su auto, resolvió seguir la tramitación contra 45 funcionarios públicos del Cuerpo Nacional de Policía para por dar paso a la apertura de juicio oral.

El magistrado atribuyó a los policías no solo delitos leves o menos graves de lesiones, sino también delitos de los previstos en los artículos 174 y 175 del Código Penal, que recogen las torturas y el trato degradante.

El beneficio, no obstante, no alcanzará a los policías que están imputados por la pérdida del ojo de Roger Español, un caso emblemático de aquella represión policial

Su conclusión es que el archivo de imágenes avala la denuncia de actuaciones "desproporcionadas" que superaron, según su criterio, las instrucciones dadas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. "Hubo uso innecesario de la fuerza", reza su resolución.

La causa quedará sin efecto por la amnistía, al igual que otros procedimientos judiciales similares que siguen abiertos en otros juzgados de Barcelona.

 El hombre que perdió un ojo por un impacto de pelota de goma, durante el 1-O de 2017, Roger Español.

El beneficio, no obstante, no alcanzará a los policías que están imputados por la pérdida del ojo de Roger Español, un caso emblemático de aquella represión policial.

Según la ley presentada en el Hemiciclo, quedan excluidas de la amnistía "los actos dolosos contra personas que hubieran producido un resultado de muerte, aborto o lesiones al feto, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro, la pérdida o inutilidad de un sentido, la impotencia, la esterilidad o una grave deformidad". 

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En septiembre,  la Audiencia de Barcelona desestimó en setiembre los recursos de apelación interpuestos por la Abogacía del Estado y confirmó que irán a juicio los cinco policías procesados en esta causa.

Uno de los policías es el escopetero que, según las pruebas recabadas, disparó la bala de goma que hirió a Español; tres eran mandos responsables del operativo de la Policía Nacional en la Escola Ramon Llull de Barcelona, y al quinto se le atribuyen presuntamente otras lesiones.


  

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