La Ley de AmnistÃa ya está registrada en el Congreso. La norma consta de 16 artÃculos y de una larga exposición, como adelantó LPO, sobre su encaje constitucional y jurÃdico. Una vez aprobada se anulará la "responsabilidad penal, administrativa y contable" de todas las causas relacionadas con el procés desde 2012 a la actualidad.
El texto, en principio, afectarÃa a 309 personas con causas penales y 73 policÃas nacionales. "Esta amnistÃa no puede interpretarse como un alejamiento de nuestro marco legal. Muy al contrario, es una herramienta que lo fortalece y mira hacia el futuro, devolviendo al debate parlamentario las divisiones que siguen tensando las costuras de la sociedad", se explica.
En el rótulo de la Proposición de Ley Orgánica, el PSOE defiende a la amnistÃa "para la normalización institucional, polÃtica y social en Cataluña" y solicita que se tramite por el procedimiento de urgencia.
El texto lleva solo la rúbrica de los socialistas. La idea era que tenga la firma de todos los grupos parlamentarios que el jueves votarán a favor de la investidura de Sánchez, pero los reparos de última hora de ERC frustraron el plan de unidad.
Los beneficiados serán todos aquellas personas encausadas desde enero de 2012 a noviembre de 2023 por la organización de la consulta del 2014 y el referéndum del 2017. También por las protestas, altercados, desórdenes públicos y otros delitos derivados del 'procés'.
Se trata, al cabo, de una amnistÃa amplia, tal como exigÃa Carles Puigdemont. La Ley, sin embargo, no menciona en ninguno de sus artÃculos el perdón judicial vinculado a casos de "lawfare", tal como figura en el documento firmado la semana pasada por el PSOE y Junts.
Aunque no incluye nombres propios, la medida de gracia se aplicará tanto a los lÃderes de ERC y Junts, Junqueras y Puigdemont, como a cientos de dirigentes y civiles enjuiciados.
El artÃculo 1 dice: "Quedan amnistiados los siguientes actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable, ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieren sido realizados entre los dÃas 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023, asà como las siguientes acciones cometidas entre estas fechas, aunque no se encuentren directamente relacionadas con estas consultas o incluso hayan sido realizadas con posterioridad a su respectiva celebración".
Se contempla, por tanto, todos "los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, asà como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos".
Por ejemplo: la amnistÃa alcanzará a imputados en en "actos de desobediencia" -cualquiera que sea su naturaleza-, "desórdenes públicos, atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos o resistencia que hubieran sido ejecutados con el propósito de permitir la celebración de las consultas populares".
Quedarán excluidos los actos dolosos y los delitos de terrorismo con sentencia firme, un asterisco que no afecta a los casos de CDR y Tsunami Democrà ctic.
El PSOE rechaza en el texto de la Ley la acusación de "desigualdad" entre los españoles que denuncia el PP en cada una de sus intervenciones públicas. "Esta ley orgánica respeta, por tanto, el principio de igualdad en la medida en que el ámbito de aplicación se identifica de forma objetiva y justificada, de acuerdo a valores constitucionales, y sin que arbitrariamente se excluyan de la misma supuestos con una identidad sustancial", reza el preámbulo.
El beneficiario de la aplicación de la amnistÃa, por tanto, serÃa el conjunto de la sociedad por su contribución a la convivencia, a la que evoca el texto. "Se persigue la consecución de un interés general, como puede ser la necesidad de superar y encauzar conflictos polÃticos y sociales arraigados, en la búsqueda de la mejora de la convivencia y la cohesión social, asà como de una integración de las diversas sensibilidades polÃticas".
El texto presentado en el Congreso justifica que "la amnistÃa ha sido utilizada en numerosas ocasiones en nuestra tradición jurÃdica", por lo que no se trata de "una vÃa novedosa", cuenta "con numerosos precedentes en España, el más importante, pero no el único, es la Ley de AmnistÃa de 1977 (Ley 46/1977, de 15 de octubre)".
Otra justificación es que la amnistÃa se reconoce "en el orden constitucional de buena parte de los paÃses del entorno geográfico e influencia jurÃdica".
"Está prevista expresamente en los textos constitucionales de Italia, Francia o Portugal, que han aplicado esta medida en diversas ocasiones".
Tras quedar registrada, el ministro de presidencia en funciones, Félix Bolaños, ha comparecido en el Congreso. Ha dicho que la ley es "impecable desde el punto de vista constitucional" y que es un "paso de gigante para la convivencia en Cataluña" y para "cerrar heridas y resolver el conflicto polÃtico existente en Cataluña".
"La ley de amnistÃa tiene plena cabida en los estados democráticos y de derecho y que es absolutamente conforme con nuestra Constitución y nuestro marco legal. De hecho el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en alguna ocasión estableciendo que no existe ninguna restricción para las leyes de amnistÃa", ha resumido.
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