Justicia
Corte ordena a Mancera sanear canales de Mixquic
Otorgó un amparo al pueblo originario en materia de medio ambiente para restaurar el equilibrio ecológico.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó conceder la protección de la justicia federal a diversos habitantes del pueblo de San Andrés Mixquic, contra la omisión de autoridades de la Ciudad de México de "adoptar todas las medidas a su alcance para restaurar y sanear ecológicamente" los canales de Mixquic, "concretamente los canales del Barrio de San Miguel, por el daño generado por agentes contaminantes".

"Se demostró el alto grado de contaminación que presentan los canales del Barrio San Miguel; lo cual se traduce en un quebrantamiento del orden constitucional, convencional y legal de los mandatos que constriñen a preservar y restaurar el equilibrio ecológico de las aguas", señala el comunicado de la Corte.

Al respecto, la Sala sostuvo que el Jefe de Gobierno (Miguel Ángel Mancera), y el Sistema de Aguas y la Secretaría del Medio Ambiente capitalinas, en el ámbito de sus competencias, contaban con la obligación legal de tomar las medidas necesarias para garantizar el derecho de los habitantes al "acceso suficiente, seguro e higiénico de agua disponible para su uso personal y doméstico".

"Debían asegurar el aprovechamiento sustentable, la prevención y control de la contaminación de las aguas pertenecientes al territorio de la Ciudad de México, tal y como lo son los canales del al Barrio de San Miguel, Delegación Tláhuac", se lee en el boletín.

De este modo, la Sala concluyó que las autoridades responsables violaron el derecho humano a un medio ambiente sano. Igualmente, se sostuvo que "el Estado mexicano no puede adoptar una postura de pasividad cuando los particulares se encuentren realizando actos que afecten negativamente al medio ambiente y a los derechos humanos que se deriven de la pérdida de la sustentabilidad y salvaguarda de los ecosistemas".

Finalmente, la Segunda Sala otorgó el amparo solicitado para el efecto de que las autoridades de la Ciudad de México realicen las acciones necesarias en materia de protección ambiental, con el propósito de recuperar y restablecer el sano equilibrio ecológico de los canales del Pueblo de San Andrés Mixquic.

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