UNAM
Esquivel consigue un amparo para que la UNAM no pueda publicar más información sobre su plagio
La jueza Quinta de Distrito en Materia Administrativa dictaminó una suspensión temporal de la investigación interna en la UNAM. Esquivel consigue una mordaza.

La jueza Quinta de Distrito en Materia Administrativa, Sandra de Jesús Zúñiga, otorgó a Yasmín Esquivel una suspensión temporal a través del amparo que solicitó la ministra de la Suprema Corte para evitar la integración del comité que investigará su plagio en la tesis de licenciatura.

La suspensión se otorgó bajo los argumentos de supuestas irregularidades en los lineamientos para la Integración, Conformación y Registro de los Comités de Ética de la UNAM. El amparo protege a Esquivel de la resolución del Comité de Ética de la Universidad, pues no podrá emitir resolución hasta que el Poder Judicial aclaré la constitucionalidad de los lineamientos de integración.

"La medida cautelar que ahora se otorga, no suspende cualquier otro acto diverso que no sea materia de la demanda de amparo, y estará vigente, hasta en tanto se resuelva en definitiva la presente incidencia. Cabe destacar que no solo las autoridades responsables están obligadas a cumplir con este mandato judicial, sino también todas aquellas que en virtud de sus funciones tengan intervención, participación o injerencia en relación con el acto reclamado", dictaminó la sentencia de Zuñiga.

En el amparo que la ministra Yasmín Esquivel consiguió para detener de momento la deliberación del comité que evaluará la autenticidad de su tesis de licenciatura, también se establece que la UNAM no podrá emitir información o comunicación al respecto del caso.

La jueza Quinta de Distrito en Materia Administrativa, Sandra de Jesús Zúñiga establece en su sentencia: "La medida cautelar concedida también tiene por efecto que las autoridades responsables y todas aquellas que tengan intervención en el asunto, se abstengan de emitir comunicados o conferencias de prensa en los que divulguen información relativa al caso, pues como se relató, ello atenta contra el principio de presunción de inocencia en su vertiente extraprocesal; principio que de igual forma es aplicable al derecho administrativo sancionador y no sólo al derecho penal".

y aclara: "Sin que lo anterior pueda considerarse que afecta la libertad de expresión de las autoridades responsables, pues no debe olvidarse que las autoridades públicas deben tener en cuenta sus responsabilidades y obligaciones como servidores públicos y actuar con moderación cuando expresen sus opiniones y puntos de vista en cualquier circunstancia en que, a los ojos de un observador razonable, puedan comprometer objetivamente su cargo, su independencia o imparcialidad en los asuntos que conocen conforme a sus atribuciones y facultades legales".

Vale la pena recordar que el miércoles, el rector de la Máxima Casa de Estudios informó que la ministra ya había presentado la pruebas de su defensa sobre el caso de supuesto plagio: "Ayer sé que estuvo alguien por allá, en su representación. Ya fue alguien por parte de la maestra a presentar sus argumentos". La resolución para saber si la suspensión será definitiva se perfila para tomarse el próximo 31 de marzo.

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