Justicia
La Corte destraba al INAI y ahora podrá sesionar con cuatro comisionados
El instituto informó que con esta sentencia, se podrán desahogar más de 8 mil recursos de revisión acumulados. "El fallo da muestra de la importancia de los equilibrios de poder en el país".

 Tras cinco meses en los cuáles el Instituto Nacional de Transparencia no pudo funcionar, debido a la falta de un comisionado para poder tener quórum suficiente, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentenció que el instituto podrá sesionar con únicamente cuatro consejeros.

Por la reactivación del INAI votaron los ministros Javier Láynez, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán, en contra votó la ministra Yasmín Esquivel, mientras que Loretta Ortiz prefirió abstenerse.

La decisión de la Corte otorga al instituto una excepción de cumplir con el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cuál manda que se deben tener cinco comisionados para sesionar.

El 27 de marzo de este año, el INAI interpuso ante la SCJN la controversia constitucional, en la que demandó la omisión del Senado de la República para nombrar a tres comisionados y solicitó la suspensión de la aplicabilidad del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia, para que el Pleno pudiera sesionar con su integración actual.

"Tras valorar los argumentos expuestos por el Instituto en el recurso de reclamación, este miércoles, la Segunda Sala de la SCJN, por mayoría de votos, le otorgó tal suspensión", reclamó el instituto.

Blanca Lilia teme una parálisis del INAI luego de quedar expuestos los contratos con Xóchitl

Vale la pena recordar que la designación de los consejeros pendientes ha sido uno de los temas más atorados entre el poder Legislativo y el Ejecutivo. Mientras que el senado ya había elegido una terna de nombres, el presidente decidió bloquear las propuestas.

Una vez de regreso al recinto de Paseo de Reforma, otras discusiones y sobre todo el correr del calendario orillaron a los legisladores a pasar de ese periodo legislativo sin hacer otra selección de candidatos.

La SCJN mandató a la Comisión Permanente a invocar un periodo extraordinario de sesiones para la selección de los nombres faltantes, pero los integrantes de la comisión hicieron caso omiso.

"Resulta inviable paralizar el funcionamiento del organismo constitucional autónomo garante de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, máxime que, como se ha reiterado, la propia Constitución y la LFTAIP previeron todo un procedimiento tendente a garantizar y blindar el funcionamiento regular de ese organismo", se puede leer en la sentencia de la Corte.

Al quedar conformado el pleno del INAI con cuatro integrantes, queda espacio para empates en las resoluciones, por lo que la SCJN, dotó a Blanca Ibarra, presidenta del Instituto, con un voto de calidad, para destrabar las votaciones.

"El fallo da muestra de la importancia de los equilibrios de poder en el país, así como de la vigencia de un Estado de Derecho, en el que prevalezca el respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los Derechos Humanos", remató el instituto.

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