Alberto Fernández sabe que la emergencia económica será aprobada en general esta madrugada pero antes Máximo Kirchner necesita garantizar que los aliados no recorten el texto original y para lograrlo debe trabajar ne nuevas modificaciones.
El presidente confirmó temprano que habrÃa una compensación a pequeños productores pero el interbloque Federal, referenciado en Roberto Lavagna y Juan Schiarerti, exige garantÃas. SolicitarÃan una comisión para determinar quienes son los beneficiados de los subsidios con participación de las entidades rurales.
Los aportes a los chacareros chicos surgirÃan del 3% de los obtenido con las retenciones, con el que se creará un Fondo solidario de competitividad agroindustrial "para estimular la actividad de pequeños productores y cooperativas a través de créditos para la producción, innovación, agregado de valor y costos logÃsticos" . ReducirÃan asà del 70 al 67% el porcentaje de estos recursos que irá a ANSES.
La bancada presidida por Eduardo "Bali" Bucca sumó su voto 11 con Jorge Sarghini, reemplazo de Felipe Sola, ayudaron con el quórum y están dispuestos a votar en general. Pero sus reclamos en el articulado están fuera del control del oficialismo.
Unidad Federal para el Desarrollo, el bloque del mendocino José Luis Ramón que tuvo 2 de sus 8 miembros ausentes al momento del quorum se suma al reclamo por los productores alejados de las zonas portuarias.
Ramón habÃa conseguido algunas modificaciones en el dictamen como derivar el 30% del impuesto sobre la compra de divisas para financiar obras de vivienda social, al fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana, creado por la ley 27.453 para la regularización de villas y al PAMI.
Alberto aceptó cambios en retenciones y jubilaciones para aprobar la emergencia
Otro planteo de los posibles aliados es una protección de los regÃmenes especiales de jubilaciones, para excluirlos de la suspensión de la actualización previsional del primer semestre de 2020. Se anotan en esa lista diplomáticos, empleados de la AFIP y judiciales, agentes y magistrados, donde se registran las jubilaciones más altas.
"Nuestro problema es que podrÃamos abrir un paso a la judicialización", explicó a LPO uno de los negociadores del oficialismo. Algunos diputados del PRO preparaban descargos para lo que podrÃa ser una salvataje a las onerosas jubilaciones de los magistrados.
Otra zona gris son las compras al exterior pagadas en moneda local, habitual en los pasajes a paÃses limÃtrofes. Buscan una redacción aclaratoria para que sólo sean gravadas las adquisición en moneda extranjera.
Una de las notas coloridas de la tarde la aportó Elisa Carrió, con renuncia aceptada desde el 1 de marzo. No habló en el recinto, pero dedicó un tiempo a brindar reportajes en el salón de pasos perdidos para denostar la emergencia compararla con los poderes concedidos a Carlos Menem hace 3 décadas.
"Quiero que se ponga en conocimiento del fiscal de turno para que se investigue la posible comisión del ilÃcito tipificado en el artÃculo 227 del Código Penal, que sanciona a quienes concedan al Poder Ejecutivo Nacional facultades extraordinarias por traición a la patria", solicitó.
"No ponen ningún lÃmite ni parámetro razonable a la delegación, lo que hace que las facultades otorgadas se conviertan en poderes de una discrecionalidad absoluta e incontrolable", denunció.
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"El C.C no negocia cualquiera sea la opinión de las fuerzas de Juntos por el Cambio o lo que negocien los gobernadores?.
"No queremos retenciones".
"Si sale la ley iremos a la OEA".
No hay más que decir, junto a Bulrich, Iglesias y Wolf, están gestando la ultraderecha como espacio político superador a Juntos por el cambio (desconociendo a la UCR - como cuando eran Gobierno- y las decisiones adoptadas en el seno interpartidario).
El golpe de Estado ya comenzó, a una semana de nuevo gobierno y la jeanine Yáñez argentina, ya se expresó ayer en el Congreso.
Estemos preparados la historia vuelve a repetirse, ya veremos si con el mismo final de siempre.
Capítulo I - Traición > ARTICULO 215
Será reprimido con reclusión o prisión perpetua, el que cometiere el delito previsto en el artículo precedente, en los casos siguientes:
1º Si ejecutare un hecho dirigido a someter total o parcialmente la Nación al dominio extranjero o a menoscabar su independencia o integridad;
2º Si indujere o decidiere a una potencia extranjera a hacer la guerra contra la República.
3° Si perteneciere a las fuerzas armadas. (Inciso incorporado por art. 5° del Anexo I de la Ley N° 26.394 B.O. 29/8/2008. Vigencia: comenzará a regir a los SEIS (6) meses de su promulgación. Durante dicho período se llevará a cabo en las áreas pertinentes un programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación)