Elecciones 2023
Casal dice que la Corte no debe intervenir en la causa por la re-reelección de los intendentes
El Procurador dictaminó que corresponde a la Justicia bonaerense resolver la Constitucionalidad de las reelecciones.

El procurador Eduardo Casal opinó que la Corte Suprema no debe intervenir en la causa sobre la constitucionalidad de la re-reelección de los intendentes bonaerenses.

El representante del Ministerio Público Fiscal emitió un dictamen en el que sostiene que se deben respetar las autonomías provinciales, por lo que el caso tiene que ser resuelto por la Justicia de Buenos Aires.

Casal opinó en la controversia planteada por el presidente del Partido Política Abierta para la Integridad Social (PAIS), Oscar Alva, que finales de mayo le pidió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que suspenda la reelección de cerca de un centenar de intendentes bonaerenses.

Piden que la Corte declare inconstitucional el tercer mandato de los intendentes

En su pedido de cautelar, el dirigente del partido PAIS-patrocinado por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez- cuestionó la constitucionalidad del artículo 4° de la ley provincial 15.315, que fija los mandatos de los intendentes municipales.

El artículo 4 de la ley provincial 15.315, aprobada por el Senado bonaerense en diciembre de 2021, modifica el artículo 7° de la ley 14.836, de agosto de 2016, y determina que "los mandatos de intendentes, concejales, consejeros escolares, diputados y senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente ley".

"En el caso de los mandatos que se hubieran iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computará como primer periodo sólo en el caso de que no haya ejercido un mandato inmediato anterior", añade el texto del artículo 4°.

Luego de citar los argumentos jurídicos del pedido, Casal concluyó que "no resulta suficiente para suscitar la competencia originaria de la Corte" y que de ese modo el máximo tribunal disponga que se suspendan las elecciones, como pretende el amparo.

El Procurador recordó que "en los juicios en que una provincia es parte, resulta necesario examinar la materia sobre la que éste versa, es decir, que se trate de una causa de manifiesto contenido federal o de naturaleza civil".

Con la opinión del Procurador planteada, la Corte ya está en condiciones de fallar y otorgar, o no, el amparo al partido PAÍS.

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