El Gobierno habilitará a los argentinos y residentes extranjeros a ingresar al paÃs presentando un examen de PCR negativo, dejando sin efecto la condición de cumplir cuarentena.
El Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), trabajan una resolución conjunta por la que el perÃodo de cuarentena obligatoria quedará establecido sólo como condición optativa para los pasos terrestres habilitados.
Tras la publicación del Decreto Presidencial 945/2020 que fijó nuevas normativas de ingreso en el marco de la pandemia de COVID, las carteras de Salud e Interior harán efectiva próximamente dicha resolución, que unificará los requisitos exigidos para el ingreso de extranjeros y de argentinos y residentes en las dos vÃas habilitadas para este fin: el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y la terminal marÃtima de Buquebús, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Exigirán PCR negativo y seguro de salud contra coronavirus a los turistas que vengan al paÃs
Las personas extranjeras que ingresen al territorio nacional deberán presentar además del PCR y la Declaración Jurada, que debe ser completada indefectiblemente dentro de las 48 horas previas al embarque, un seguro médico COVID, un requisito que no aplica en el caso de argentinos y residentes.
A su vez, los ciudadanos argentinos y residentes que ingresen al paÃs por los pasos terrestres que se encuentran habilitados, podrán optar por presentar el PCR, siempre de una vigencia de hasta 72 horas, o bien cumplir con la cuarentena de 14 dÃas.
En tanto, las compañÃas aéreas y la empresa de transporte fluvial que operan en el tránsito de argentinos, residentes y extranjeros, deberán exigir el cumplimiento de las medidas establecidas previo al embarque de las personas. De no hacerlo correctamente será plausible la aplicación de multas.
Las medidas de seguridad sanitaria obligatorias vigentes en todos los ingresos al paÃs, consistentes en distanciamiento social, toma de temperatura, utilización de barbijos, en otras, siguen en plena vigencia.De esta forma, el perÃodo de cuarentena obligatoria quedará establecido sólo como condición optativa para los pasos terrestres habilitados.
Tras la publicación del Decreto Presidencial 945/2020 que fijó nuevas normativas de ingreso en el marco de la pandemia de COVID, las carteras de Salud e Interior harán efectiva próximamente dicha resolución, que unificará los requisitos exigidos para el ingreso de extranjeros y de argentinos y residentes en las dos vÃas habilitadas para este fin: el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y la terminal marÃtima de Buquebús, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las personas extranjeras que ingresen al territorio nacional deberán presentar además del PCR y la Declaración Jurada, que debe ser completada indefectiblemente dentro de las 48 horas previas al embarque, un seguro médico COVID, un requisito que no aplica en el caso de argentinos y residentes.
A su vez, los ciudadanos argentinos y residentes que ingresen al paÃs por los pasos terrestres que se encuentran habilitados, podrán optar por presentar el PCR, siempre de una vigencia de hasta 72 horas, o bien cumplir con la cuarentena de 14 dÃas.
En tanto, las compañÃas aéreas y la empresa de transporte fluvial que operan en el tránsito de argentinos, residentes y extranjeros, deberán exigir el cumplimiento de las medidas establecidas previo al embarque de las personas. De no hacerlo correctamente será plausible la aplicación de multas.
Las medidas de seguridad sanitaria obligatorias vigentes en todos los ingresos al paÃs, consistentes en distanciamiento social, toma de temperatura, utilización de barbijos, en otras, siguen en plena vigencia.
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