Pensiones
Norma Piña quiere apurar la sentencia sobre el fondo de pensiones antes del retiro de Aguilar
Podría apelar a criterios de propiedad privada para tumbar la reforma previsional de la 4T.

 Aunque el fondo para las pensiones del bienestar ya fue aprobado en el Congreso, persiste la amenaza de que la oposición presente un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte. De ser el caso, existen chances de ser revertido, según diversas lecturas jurídicas.

Un factor clave son los tiempos ya que la titular de la Corte, Norma Piña, muy enfrentada a la 4T, analiza apurar la resolución antes de que el Ejecutivo proponga al reemplazo del ministro Luis María Aguilar, quien se jubila en diciembre. Así lo dijeron desde la Corte a LPO.

Días antes, Andrés Manuel López Obrador minimizó la amenaza del bloque opositor respecto a presentar este recurso ante la Corte: "No existen fundamentos", dijo. Pero en diálogo con LPO, el experto Rodrigo Zacarías Garduño, argumenta que  existen elementos para considerar su inconstitucionalidad.

El investigador y académico de la Facultad de Derecho de la UNAM explicó que algunos artículos como el 14 y 16 de la Constitución, que versan sobre la propiedad privada, podrían ser revisados.

El Congreso aprobó el fondo para las pensiones y AMLO plantea que pueda operar en julio

Esta iniciativa plantea la creación de un fondo para tener recursos que permitan la compensación comprometida a la jubilación de las y los trabajadores del IMSS e ISSSTE. Las fuentes de recursos serán las utilidades de las obras públicas administradas por Sedena y de los recursos de cuentas inactivas de la Afore. Éste último, el caso sobre la polémica. 

En ese sentido, el experto señala que los argumentos de inconstitucionalidad estarán centradas en que "de facto sea una confiscación del gobierno" sobre dichos recursos, es decir, con esta medida se vulneraría un derecho particular.

No obstante, también explicó que hay elementos para debatir en contra. Uno, es discutir que el gobierno no tomaría estos recursos para gasto corriente, obras sociales o de infraestructura. Por el contrario, se trata de un bien social.

Desde esa perspectiva, se trataría de un acalorado debate en torno a un conflicto de derechos: el de una mayoría de trabajadores por una política pública o el de una minoría sobre sus recursos privados."¿qué pesa más, el interés público o la afectación específica a personas con nombre y apellido?", reflexiona Zacarías Garduño. Una discusión que rebasa lo jurídico.

De acuerdo con las autoridades, esta ley también contempla una bolsa en la que puedan permanecer recursos en caso de que alguna persona reclame el dinero de su cuentas inactivas. Para el experto aún esto es debatible. "¿Por qué tengo que ir a litigar ante el gobierno para pelear el retorno de mis recursos, cuando debe ser expedito?".

En Banxico dudan sobre la reforma al sistema de pensiones: temen por informalidad y frente judicial

Se trata de una encrucijada que enfrentaría la Corte, una discusión que será histórica anticipa el experto. Aunque, señala, de no trascender el proyecto, aún la iniciativa no está libre de riesgos, pues privados aún pueden acudir a jueces para solicitar un amparo. 

Sobre este otro escenario, el académico de la UNAM señala que de otorgarse cinco amparos, sería suficiente para que desde el Poder Judicial se haga una declaratoria general de inconstitucionalidad. 

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