Esta semana, Frank Elderson, miembro del Comité Ejecutivo y vicepresidente del Consejo de Supervisión del BCE, inauguró la Conferencia Jurídica de este organismo con un discurso centrado en el "riesgo" que, a su juicio, pondrá en jaque, en breve, al sector financiero: los litigios climáticos, un herramienta civil en auge ante la inacción de gobiernos y empresas en la reducción de emisiones y en la lucha contra el cambio climático.
En su introducción, el economista dijo que estar frente al micrófono en la inauguración de un nuevo ciclo lo trasladó a su niñez y a la sensación de " regreso a clases " después del verano.
Pero lamentó que "los veranos actuales son muy diferentes" a los que todos los presentes recordaban.
"Algunos europeos se enfrentaron al infierno este verano. Olas de calor sin precedentes azotaron el Mediterráneo. Los incendios forestales se cobraron vidas y destruyeron hogares en Grecia. Y los residentes del norte de Italia y Europa central se vieron afectados por inundaciones extremas. Mientras tanto, se han producido desastres similares en todo el mundo. Canadá está experimentando la peor temporada de incendios forestales jamás registrada. Los incendios forestales en Hawái mataron a más de 100 personas. Y se cree que las recientes inundaciones en China han desplazado a más de un millón de personas. Sin el cambio climático inducido por el hombre, estos eventos habrían sido prácticamente imposibles", describió.
Citando a Mark Carney, exgobernador del Banco de Inglaterra, quien en 2015 se refirió al cambio climático como "la tragedia del horizonte", Elderson lamentó que, ocho años después, la humanidad haya llegado a ese horizonte. "La tragedia está sobre nosotros y ha comenzado a desarrollarse", afirmó.
En aquel entonces, Carney ya había anticipado que el sector financiero -y la estabilidad financiera- se verían afectados por la crisis climática y por "el riesgo de responsabilidad", es decir los litigios relacionados con el clima y el medio ambiente, una herramienta que la ONU definió como "claves" para obligar tanto a los gobiernos como a los actores corporativos a perseguir objetivos más ambiciosos de mitigación y adaptación al cambio climático.
El directivo del BCE detalló que, hasta hace poco, los gobiernos eran los "objetivos predilectos" de estas demandas. Sin embargo, ahora son cada vez más los casos que se abren contra empresas. "Los bancos se están convirtiendo en el blanco directo de estos litigios", advirtió.
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Elderson expuso que, desde 2021, los litigios se "dispararon" a nivel mundial, con 560 nuevos casos.
"Se han iniciado litigios contra una amplia gama de empresas de diversos sectores de la economía. Las empresas de combustibles fósiles y energía han sido objetivos obvios, pero también los fabricantes de automóviles, las aerolíneas, las empresas alimentarias y los productores de hormigón y plástico. Se utiliza una amplia variedad de argumentos legales como base para tales afirmaciones. Estamos viendo reclamaciones por daños y perjuicios en virtud de la ley de daños, por incumplimiento de las leyes de debida diligencia corporativa y por lavado verde", enumeró.
Y citó los ejemplos de las petroleras Shell y Eni (ambas con litigios climáticos abiertos) para aclarar que los "bancos no sólo se verán afectados indirectamente: es posible que también sean demandados directamente".
"Los litigantes están dirigiendo su atención al sector financiero, con la idea de que si demandan a los bancos, podrán "cerrar los grifos" de financiación a los grandes emisores", explicó.
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Y agregó: "Ya estamos viendo los primeros ejemplos. Se han iniciado casos contra instituciones financieras por lavado verde, así como casos contra los administradores de fondos de pensiones. Incluso hemos visto el primer caso presentado directamente contra un banco bajo la legislación de diligencia debida corporativa en Francia por su papel en la financiación de la expansión de los combustibles fósiles".
Los argumentos de los litigantes -civiles con el respaldo de ONGs- son sólidos, según Elderson: los bancos también tienen el deber de diligencia según el derecho civil para proteger los derechos fundamentales y la obligación de contar con planes para reducir las emisiones en línea con el Acuerdo de París y la Ley Europea del Clima.
"Parte de la razón por la que debemos tomar en serio este riesgo es porque los litigantes -en estos casos los demandantes- han demostrado ser actores serios. La mayoría de los casos son presentados (o apoyados) por ONG. No estamos hablando de activistas que aparecen ante los tribunales con carteles de cartón. No, los litigantes en estos casos son sofisticados y utilizan sus redes transnacionales para sentar precedentes a través de fronteras. Están bien financiados, bien conectados y bien organizados", advirtió a su audiencia.
"Para abordar esta fuente de riesgo de litigio -se sinceró el funcionario-, el mejor consejo que puedo dar es que los bancos comiencen a implementar sus planes de transición alineados con el Acuerdo de París".
La "tendencia", agregó, es no sólo un aumento de más litigios climáticos, sino también la aparición de litigios relacionados con el medio ambiente en general, vinculados a la disminución de la naturaleza y la biodiversidad,
Ya hay casos -contó- de demandas contra supermercados o productores de alimentos por la deforestación en el Amazonas.
Su conclusión: el horizonte de la crisis climática ha abierto otro horizonte, el del riesgo de litigios relacionados con el clima y el medio ambiente.
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"Los abogados de hoy están tomando sus plumas para apoyar al mundo en un camino alineado con París. Sus plumas pusieron en movimiento las plumas de los jueces. Y las plumas de los jueces bien pueden inducir un cambio real. Los bancos deben gestionar todos sus riesgos materiales, incluidos los riesgos de litigios relacionados con el clima y el medio ambiente. Pase lo que pase", finalizó.
El caso "Urgenda"
Jaime Doreste Hernández, abogado español especializado en Derecho Ambiental, inscribe los litigios climáticos en la inacción de la comunidad internacional "para evitar un cambio climático catastrófico", según explica en su artículo "La litigación climática y la vinculación del cambio climático con los derechos fundamentales".
Al comprobarse que "las contribuciones nacionales de mitigación de los Estados son fundamentalmente inadecuadas para limitar la temperatura global", emerge esta "estrategia de la sociedad civil", que consiste en "la apelación a los poderes judiciales para la resolución de conflictos relativos al cambio climático, la cual, a pesar de sus particularidades y limitaciones, se reconoce como un elemento relevante y legítimo de la amplia estructura de gobernanza climática global".
Un caso pionero y emblemático tuvo sentencia a finales de 2019, cuando el Tribunal Supremo de Holanda falló a favor de la fundación demandante "Urgenda" y obligó al Gobierno holandés a reducir de forma urgente y significativa las emisiones que provocan el calentamiento del planeta.
"El caso Urgenda se convirtió así en el primero en el que un Tribunal estableció que la inacción climática de un Gobierno constituye una violación de los derechos humanos reconocidos internacionalmente, así como que el Gobierno es legalmente responsable de sus compromisos internacionales y de los objetivos nacionales fijados sobre reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero", explica el abogado.
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En el fallo, el Tribunal ordenó al Gobierno holandés que aumentara el objetivo de reducción de las emisiones de la nación, del veinte al veinticinco por ciento, en relación con los niveles de 1990.
"Desde entonces -señala Doreste Herández-, animados por este importantísimo precedente judicial, muchos colectivos ciudadanos y organizaciones ecologistas han interpuesto diferentes demandas y recursos ante sus Tribunales de Justicia para exigir a sus Gobiernos mayor ambición en la lucha contra el cambio climático y, particularmente, en sus políticas de mitigación".
La demanda contra el Gobierno español
En junio, el Tribunal Supremo (TS) falló a favor del Gobierno en el primer litigio climático de España.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS rechazó los recursos presentados por organizaciones ecologistas contra el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (Pniec), aprobado por el Gobierno el 16 de marzo de 2021.
Los jueces resolvieron que este plan estatal estña ajustado a derecho, no es arbitrario y supone integrarse en el compromiso asumido por la UE en esta materia.
La meta que tiene aprobada Moncloa es reducir un 23% las emisiones en 2030 respecto a los niveles de 1990. Las organizaciones denunciantes exigen reducirlas un 55% respecto al mismo punto de partida.
"El litigio climático entablado por las organizaciones recurrentes perseguía implicar al poder judicial en la lucha contra el cambio climático. Lamentamos profundamente que el Tribunal Supremo haya dado la espalda al mejor conocimiento científico y a las sentencias de otros tribunales europeos. Este fallo confirma, una vez más, que la Justicia española no está a la altura de la europea, y por eso seguiremos dando la batalla judicial hasta llegar a Estrasburgo, para que obligue al Estado a proteger los derechos humanos gravemente amenazados por el cambio climático", cuestionó en su día Lorena Ruiz-Huerta, abogada de las organizaciones demandantes.
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