05 de mayo, 2024
La Cámara ratificó procesamiento a Macri y la Legisaltura impulsa comisión investigadora
Aunque en el macrismo estipulaban que la Cámara se expediría recién después de las vacaciones de invierno, un día antes del comienzo de la feria judicial confirmó el procesamiento del jefe de Gobierno que dictó el juez Norberto Oyarbide en la causa de las escuchas telefónicas. Macri está en Santo Domingo y en la Legislatura la oposición impulsa la comisión investigadora. El fallo completo, en el que se procesó a Macri como partícipe y no partícipe necesario.
Aunque en el macrismo se especulaba con un cambio de carátula, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó por unanimidad y por los mismos cargos el procesamiento del jefe de Gobierno, Mauricio Macri, en el marco de la causa de espionaje. Además, el Tribunal revocó el procesamiento de Mariano Narodowski, ex ministro de Educación porteño, que había sido acusado por encubrimiento. Ratificó también el procesamiento de los jueces misioneros José Luis Rey y Horacio Gallardo.
Ahora en la Legislatura porteña, la oposición prepara llevar al recinto el proyecto para crear la Comisión investigadora que antes frenara la Coalición Cívica. El diputado Diego Kravetz, presidente del bloque Peronista, impulsaría el tratamiento en el recinto esta tarde, además de pedir que el jefe de Gobierno tome licencia en su cargo hasta que se resuelva el caso. Por Twitter, su par de Nuevo Encuentra, Gabriela Cerruti confirmó que acompañarán la iniciativa. (Ver nota relacionada).
El secretario general de Gobierno, Marcos peña, afirmó por la red social Twitter que “la causa no tienen NINGUN elemento real para involucrar a Macri, tan solo la decisión política de hacerlo” y en distintos tweets agrega que “el fallo de la Cámara es un mamaracho. Otra ficción escrita por los K y sus amigos para tratar de perjudicar a Macri. 17.30 ampliaremos”, “Estamos muy tranquilos. Esta Cámara ha ratificado siempre lo de Oyarbide” y “El correcto desprocesamiento de Mariano Narodowski, sumado al de Montenegro, confirman que lo único que quieren es ir por Macri”.
La Cámara rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de Macri y ratificó el procesamiento dispuesto por el juez federal Norberto Oyarbide, el 14 de mayo, por los delitos de violación de secretos, abuso de autoridad y falsificación de documentos públicos en concurso con el de asociación ilícita (en carácter de miembro).
"No se postula que M. Macri montó una empresa de pinchaduras telefónicas para escuchar a su cuñado y a Burstein, sino que conoció y prestó su consentimiento para instalar en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un aparato de inteligencia prohibido, del que se habría servido", dice el fallo de la Cámara en su página 25, con lo que procesa a Macri no ya como partícipe necesario (delito no excarcelable), sino sólo como partícipe (delito excarcelable). Precesar a Macri como coautor no indica que su participación en la asociación ílita era indispensable para la formación de la misma, sino que de una u otra forma estaba al tanto de su existencia. El delito de párticipe como el de párticipe necesario están configurados en el Código por los mismo artículos.
Así, en el fallo firmado por los tres camaristas esta tarde, se establece ratidficar el procesamiento de Macri como “coautor penalmente responsable de los delitos previstos en los Arts. 153 (redacción Ley 23.077), 248 y 293, en una oportunidad, en concurso real con el delito previsto en los Arts. 153 incisos 2° y 4° y 293 del código de fondo, en una oportunidad. Asimismo, ambos concurren materialmente con el delito de asociación ilícita en calidad de miembro, figura prevista en el Art. 210 del Código Penal de la Nación”.
En su fallo, el juez de primera instancia, Norberto Oyarbide había definido: “DICTAR EL PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN PREVENTIVA de MAURICIO MACRI, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo “prima facie” coautor penalmente responsable de los delitos previstos en los Arts. 153 (redacción Ley 23.077), 248 y 293, en una oportunidad, en concurso real con el delito previsto en los Arts. 153 incisos 2° y 4° y 293 del código de fondo, en una oportunidad. Asimismo, ambos concurren materialmente con el delito de asociación ilícita en calidad de miembro, figura prevista en el Art. 210 del Código Penal de la Nación. (Arts. 306, 310 y ccdtes. del C.P.P.N. y Arts. 45, 54 y 55 del Código Penal)”.
Ahora en la Legislatura porteña, la oposición prepara llevar al recinto el proyecto para crear la Comisión investigadora que antes frenara la Coalición Cívica. El diputado Diego Kravetz, presidente del bloque Peronista, impulsaría el tratamiento en el recinto esta tarde, además de pedir que el jefe de Gobierno tome licencia en su cargo hasta que se resuelva el caso. Por Twitter, su par de Nuevo Encuentra, Gabriela Cerruti confirmó que acompañarán la iniciativa. (Ver nota relacionada).
El secretario general de Gobierno, Marcos peña, afirmó por la red social Twitter que “la causa no tienen NINGUN elemento real para involucrar a Macri, tan solo la decisión política de hacerlo” y en distintos tweets agrega que “el fallo de la Cámara es un mamaracho. Otra ficción escrita por los K y sus amigos para tratar de perjudicar a Macri. 17.30 ampliaremos”, “Estamos muy tranquilos. Esta Cámara ha ratificado siempre lo de Oyarbide” y “El correcto desprocesamiento de Mariano Narodowski, sumado al de Montenegro, confirman que lo único que quieren es ir por Macri”.
La Cámara rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de Macri y ratificó el procesamiento dispuesto por el juez federal Norberto Oyarbide, el 14 de mayo, por los delitos de violación de secretos, abuso de autoridad y falsificación de documentos públicos en concurso con el de asociación ilícita (en carácter de miembro).
"No se postula que M. Macri montó una empresa de pinchaduras telefónicas para escuchar a su cuñado y a Burstein, sino que conoció y prestó su consentimiento para instalar en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un aparato de inteligencia prohibido, del que se habría servido", dice el fallo de la Cámara en su página 25, con lo que procesa a Macri no ya como partícipe necesario (delito no excarcelable), sino sólo como partícipe (delito excarcelable). Precesar a Macri como coautor no indica que su participación en la asociación ílita era indispensable para la formación de la misma, sino que de una u otra forma estaba al tanto de su existencia. El delito de párticipe como el de párticipe necesario están configurados en el Código por los mismo artículos.
Así, en el fallo firmado por los tres camaristas esta tarde, se establece ratidficar el procesamiento de Macri como “coautor penalmente responsable de los delitos previstos en los Arts. 153 (redacción Ley 23.077), 248 y 293, en una oportunidad, en concurso real con el delito previsto en los Arts. 153 incisos 2° y 4° y 293 del código de fondo, en una oportunidad. Asimismo, ambos concurren materialmente con el delito de asociación ilícita en calidad de miembro, figura prevista en el Art. 210 del Código Penal de la Nación”.
En su fallo, el juez de primera instancia, Norberto Oyarbide había definido: “DICTAR EL PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN PREVENTIVA de MAURICIO MACRI, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo “prima facie” coautor penalmente responsable de los delitos previstos en los Arts. 153 (redacción Ley 23.077), 248 y 293, en una oportunidad, en concurso real con el delito previsto en los Arts. 153 incisos 2° y 4° y 293 del código de fondo, en una oportunidad. Asimismo, ambos concurren materialmente con el delito de asociación ilícita en calidad de miembro, figura prevista en el Art. 210 del Código Penal de la Nación. (Arts. 306, 310 y ccdtes. del C.P.P.N. y Arts. 45, 54 y 55 del Código Penal)”.
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que se haga cargo de algo alguna vez.
y los que lo votaron no lo hicieron para que haga esto. que se dedique a tapar pozos que hay mas que con dominguez e ibarra juntos
Jorge Enriquez
pd. nunca dejaría mi numero de documento ni mi correo electronico