Trabajo
Díaz anuncia un cambio legislativo para que la invalidez no sea causa de despido
La vicepresidenta segunda ha confirmado que se modificará "con carácter inmediato y de la mano del diálogo social" los supuestos existentes actualmente en la legislación y que permiten despedir de manera inmediata a un trabajador en esa condición.

Yolanda Díaz ha anunciado este viernes que el Gobierno emprenderá en los "próximos días" una reforma legislativa para que la invalidez permanente no sea motivo para el despido automático de un trabajador.

La vicepresidenta segunda ha confirmado que se modificará "con carácter inmediato y de la mano del diálogo social" los supuestos existentes actualmente en la legislación y que permiten despedir de manera inmediata a un trabajador cuando este contrae una invalidez de carácter permanente. 

Sánchez celebra la reforma constitucional y expone a Vox

Según ha señalado la también líder de Sumar, esta reforma se hace tras escuchar a las asociaciones de personas con discapacidad y en la línea de la reciente modificación  aprobada del artículo 49 de la Constitución Española para desterrar el término "disminuidos".

El anuncio está inspirado en el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que la incapacidad permanente total, la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez sobrevenidas implican la extinción del contrato de trabajo. 

La ley plantea que la parte laboral ya no puede desarrollar adecuadamente las funciones para las que fue contratada y es esa imposibilidad la que lleva a la extinción. En ese marco, Díaz ha señalado que el misterio de Trabajo va a "proponer la eliminación de la extinción automática" del contrato de trabajo en alguno de los supuestos citados, según ha pedido el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).

Unaí Sordo, secretario general de CCOO.

Esta modificación se hará "en los próximos días", antes que la reforma global del despido contemplada en el acuerdo entre Sumar y PSOE para dar "cumplimiento a la Carta Social Europea" y reforzando la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral. 

El anuncio está inspirado en el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que la incapacidad permanente total, la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez sobrevenidas implican la extinción del contrato de trabajo.

UGT aspira a que la resolución sea favorable y permita volver a una indemnización mínima por despido improcedente de seis meses, algo que ya estuvo recogido en una ley española de 1976. No obstante, el Gobierno no ha detallado en qué términos acometerá la reforma, ya que es un asunto que genera discrepancias en el propio Ejecutivo .

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró este jueves que la normativa española, que permite el despido de un empleado con discapacidad permanente de su empresa, es contraria a la directiva europea relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación suscrita en el año 2000.

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