Blanqueo

El blanqueo no excluye a jueces y legisladores, como pretendía Carrió

Tampoco a contratistas del Estado, otra exigencia. Los funcionarios excluidos son los que estuvieron desde 2010.

Mauricio Macri cumplió a medias con el pedido de Elisa Carrió. Si bien el Gobierno finalmente excluyó la posibilidad de que los funcionarios puedan ingresar al blanqueo de capitales -algo que también reclamó la UCR y sugirió el peronismo-, el proyecto que ingresó anoche al Congreso no prohíbe que jueces, legisladores y contratistas del Estado puedan acogerse a ese beneficio, como también exigía Lilita.

El texto -adelantado anocheen exclusiva por LPO- incluye una variada gama de normas: el blanqueo, el pago de las sentencias a los jubilados, la pensión para adultos mayores que no tienen aportes, el acuerdo por la coparticipación con las provincias, el fin del cepo a la venta de acciones de Anses, nuevas disposiciones sobre el FGS, una moratoria impositiva, beneficios para los que estén al día con la AFIP, modificaciones en Bienes Personales y Ganancias, la derogación del impuesto a la Ganancia mínima presunta y la creación de una Comisión Bicameral para la reforma impositiva, entre otras.

Uno de los datos más saliente es que la exigencia de Carrió fue cumplida sólo en parte. La líder de la Coalición Cívica ha sido una férrea opositora a los blanqueos del kirchnerismo y el lunes lanzó una dura advertencia contra la idea del Gobierno, asegurando que sería "un escándalo moral" que se incluya a funcionarios de los tres poderes. Esa posición, indicó, es "innegociable".

La CC reclamó en un comunicado que "los funcionarios de los tres poderes del Estado y de todos los niveles de administración, así como los contratistas y concesionarios del Estado y las personas imputadas en delitos contra la administración pública, deben quedar excluidas del beneficio de la Ley de Blanqueo propuesta por el Poder Ejecutivo Nacional ya que constituiría un acuerdo de impunidad".

Pero el texto definitivo que ingresó a la Cámara de Diputados no excluye a los integrantes del Poder Legislativo y el Poder Judicial, este último que mantiene una dura batalla con Carrió que presentó un pedido a la Corte Suprema para que muestre las declaraciones juradas de todos los integrantes del fuero federal. Además, Lilita coló un artículo en la Ley de Acceso a la Información Pública en el que obliga a los jueces publicar su información patrimonial, algo que generó un duro rechazo de los magistrados.

El diputado de la CC Fernando Sánchez defendió hoy el proyecto del oficialismo, pero resaltó que "debería excluirse de la posibilidad de blanqueo también a funcionarios de los otros dos poderes". El dirigente adelantó en radio Continental que también discutirán el plazo que el Gobierno puso para los funcionarios excluidos: aquellos que estuvieron en la función pública desde el 1º de enero de 2010 a la actualidad. Es decir que, por ejemplo, un ministro del gobierno de Néstor Kirchner podría ingresar al blanqueo.

En el caso de los contratistas del Estado también era una exigencia de la CC, pero en el radicalismo y el peronismo -claves para que la ley sea aprobada- consideran que esa exclusión reduciría casi por completo el universo de posibles aportantes al blanqueo.

Los excluidos del blanqueo

El artículo 81 del proyecto (ver adjunto) establece que "quedan excluidos" del blanqueo quienes "entre el 1º de enero de 2010 y la presencia de la vigente ley" hayan ocupado cargos en la administración nacional, desde presidente y vice, jefe de gabinete, ministros, secretarios y subsecretarios.

También excluye a quienes se desempeñaron como interventores federales (y sus colaboradores directos), Síndico General de la Nación, síndico adjunto, autoridad de entes reguladores y demás organismos de control. También el personal de esos organismos, aquellos con categoría director o superior.

Tampoco podrán ingresar embajadores, cónsules o funcionarios destacados en misiones oficiales; altos mandos de las Fuerzas Armadas, las fuerzas federales y el Servicio Penitenciario Federal; rectores, decanos o secretarios de universidades nacionales; y todo el personal de los organismos de inteligencia.

Asimismo, se excluyen a personal con categoría director o superior de toda la administración pública nacional, entidades autárquicas, bancos oficiales, obras sociales del Estado, empresas estatales o designados por el gobierno en empresas con participación estatal. También a aquellos que tuvieron o tienen responsabilidad en el otorgamiento o control de habilitaciones, y en el proceso de adjudicación de licitaciones o compras del PEN.

En el artículo 82, se excluye a las personas declaradas en estado de quiebra, a los condenados con sentencia firme por delitos previstos en la Ley Penal Tributaria y en el Régimen Penal Tributario, y condenados por otros delitos vinculados al incumplimiento de obligaciones tributarias. También a personas jurídicas cuyos integrantes hayan sido condenados por alguno de esos delitos.

Finalmente, se excluye a los procesados por delitos contra el orden económico y financiero, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, estafa, usura, quebrados, falsificación de moneda, falsificación de marcas, encubrimiento por recibir u ocultar dinero o bienes provenientes de delitos, y procesados por homicidio por precio o promesa remuneratoria, explotación sexual o secuestro extorsivo.