Transición

Lacunza le pide otros $11.500 millones a la Anses para financiar la transición

Se trata de dos Letras a 178 días suscriptas por el FGS: una por $4.000 millones y la otra por USD 120 millones.

El Gobierno volvió a apelar a la Anses para financiar el rojo hasta el 10 de diciembre y así reducir la enorme brecha fiscal que tanto preocupa al mercado por el riesgo de emisión monetaria.

En esta oportunidad, Lacunza contará con dos letras suscriptas a la par a 178 días por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) por un total de $11.500 millones.

Según se estableció en la resolución conjunta 72/2019 de la secretaría de Finanzas y la secretaría de Hacienda, la primera Letra del Tesoro de $4.000 millones devengará intereses a la tasa Badlar para bancos públicos más 500 puntos básicos.

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En tanto, la segunda será suscripta por 120.525.741 dólares, a razón de 962,45 dólares por cada valor nominal original de 1.000 dólares, también con vencimiento al 30 de abril del año próximo.

En ambos casos, los intereses serán pagados trimestralmente y las mismas serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores. En el caso de que el suscriptor quiera anticipar su cancelación, "podrá disponer de las Letras del Tesoro en forma total o parcial, dando aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Público de la Subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda con una anticipación no menor a 15 días corridos".

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Como explicó LPO, el Gobierno necesitará entre $250.000 y $350.000 millones para finalizar su mandato y ante la falta de capacidad de financiamiento en los mercados está apelando a organismos públicos para no tener que monetizar todo el déficit y espiralizar aún más la inflación.

Es por eso que el pasado 30 de septiembre emitió el DNU 668 que obliga a organismos y empresas públicas a comprar Letras del Tesoro que fueron reperfiladas.

La norma dispone que sólo podrán invertir sus excedentes transitorios de liquidez mediante la suscripción de Letras precancelables emitidas a un plazo que no exceda los 180 días por el Tesoro Nacional.