Desde la muerte del fiscal Alberto Nisman, Cristina repitió que en Argentina no puede practicarse el juicio en ausencia a los iraníes acusados de volar la Amia y por lo tanto la única salida fue y sigue siendo el acuerdo firmado para indagarlos en ese país.
Sin embargo, en todos los casos ignoró que en el fallo que declaró la inconstitucionalidad del Acuerdo con Irán en mayo último, el juez Pablo Farah le recomendó juzgar a los iraníes con el banquillo vacío con un simple cambio de ley.
En su primera cadena nacional tras la muerte de Nisman, Crsitina explicó que el Memorándum de Entendimiento con Irán era la única salida para juzgar a los acusados, porque “no hay posibilidad en nuestro país, por nuestro orden constitucional, de que alguien sea juzgado y condenado si no es, además, interrogado e indagado, no puede haber juicios en ausencia”.
En su fallo, Farah le había explicado que no había traba constitucional alguna. “Entiendo que es jurídicamente posible, en el estado de rebeldía voluntaria en que se encuentran los imputados en la causa, su juzgamiento en ausencia.
“Nuestras leyes de procedimiento no lo han regulado, pero nuestra Constitución Nacional no lo prohíbe, es más, entiendo que lo exige en el caso de un delito de lesa humanidad a tenor de los instrumentos internacionales incorporados con igual jerarquía al art. 75, inc. 22, frente a la contumacia de los imputados”, agregó el magistrado.
Se trata ni más ni menos que de una modalidad implementada en muchos países del mundo como Francia e Italia, que la aplicaron para condenar a Alfredo Astiz por delitos de lesa humanidad.
Como explicó LPO, tras ese fallo de la Cámara firmado también por Jorge Ballesteros (Eduardo Freiler se excusó), la oposición planteó el debate para cambiar el Código de Procedimiento Penal y habilitar el juicio en ausencia. Pero el kirchnerismo nunca dio quórum y frustró un dictamen en la comisión de Legislación Penal.
Curioso fue que en la reciente carta que envió al Congreso de Estados Unidos, la embajadora argentina en ese país, Cecilia Nahón, ya no habló de trabas constitucionales sino legales.
“La legislación argentina no permite que una persona sea juzgada 'in absentia', en 2013 Argentina firmó un Memorándum de Entendimiento (MOU) con Irán con el objetivo último de posibilitar que el juez argentino interrogue a los acusados en Teherán”, escribió Nahón. ¿Acaso un gobierno que ostenta mayoría parlamentaria cuando lo desea puede poner hablar de obstáculos legales?
Como adelantó LPO, las entidades judías pidieron una audiencia con Cristina Kirchner para explicar la simple variable legal haber el juicio a los acusados de volar la AMIA.
Aceptarla, significaría para la presidenta aceptar que el memorándum con Irán fue un error desde un comienzo. Y no parece estar dispuesta, bajo ninguna circunstancia.
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