La AFIP otorgó una moratoria excepcional a la ex Ciccone
La moratoria que obtuvo la ex Ciccone Calcográfico incluyó una quita excepcional sobre la deuda, y un plan de pago con más cuotas y una menor tasa de interés. Cuando estalló el escándalo, se inició un proceso rectificatorio de esos benebicios. El jefe de asesores de Echegaray fue apartado.
La moratoria en condiciones excepcionales que le otorgó la AFIP a la ex Ciccone Calcográfica incluyó una quita multimillonaria sobre los intereses acumulados durante años de incumplimientos impositivos, lo que disparó una controversia sin precedente sobre su legalidad dentro del ente recaudador. Así lo reconstruyó el diario La Nación.

La polémica concluyó de un modo también singular. A más de un año de otorgarle esta inédita moratoria a la empresa que preside Alejandro Vandenbroele, estalló el escándalo público y sólo entonces se inició una actuación "rectificativa" para volver a incluir esos intereses, cuya quita intentó desmentir el jefe del organismo, Ricardo Echegaray, en su conferencia de prensa del 9 de este mes.

Pero la decisión de condonar esos intereses acumulados, sin embargo, fue refrendada tres veces dentro de la AFIP, según consta en diferentes documentos del organismo. La primera venia la rubricó la Dirección de Asesoría Legal e Impositiva. El tercer punto de su dictamen fue tan decisivo como polémico: "Los intereses y multas", indicó, no tenían privilegios en un concurso o quiebra, "por lo cual no habría obstáculo para conceder quitas respecto de tales conceptos".

La segunda venia al pedido ocurrió de inmediato, cuando la Subdirección General de Asuntos Jurídicos dio su conformidad a esta resolución. Y la tercera luz verde llegó de la mano nada menos que del jefe de Gabinete de Asesores de Echegaray, Rafael Resnick Brenner, según consta en la copia de su dictamen.

Resnick Brenner, por entonces de máxima confianza de Echegaray, se apoyó en razones de "mérito, oportunidad y conveniencia" y luego explicitó su posición. "Resulta razonable en función de las competencias de esa instancia, el otorgamiento del plan en las condiciones solicitadas por el contribuyente", sostuvo.

Según los cálculos de la propia AFIP, el monto en cuestión abarcó más de $59 millones por la determinación fiscal de la evasión, más otros $27,7 millones que correspondían al rubro "incidentes". Las condiciones excepcionales implicaron 148 cuotas en vez de 120 o 96 -Echegaray indicó públicamente que se le entregaron "ciento y pico" - y los intereses a aplicar sobre el plan se cifraron en 0,5% de interés mensual en vez del 3 por ciento habitual.

El jefe de Gabinete de Asesores de Echegaray, Rafael Resnick Brenner, quien aprobó la quita bajo estas condiciones y, al mismo tiempo, le aconsejó que debía pedirle al entonces ministro de Economía, Amado Boudou, que dejara constancia escrita de que tenía interés en beneficiar a la empresa de Vandenbroele, fue apartado de su cargo.

"Me salvaste la vida, pero te tengo que sacar de la línea de fuego", le habría dicho el titular de la AFIP, según reconstruyeron a Clarín fuentes al tanto de ese diálogo.

La recomendación de Resnick Brenner fue por la prohibición taxativa dispuesta por la ley 25.678, que impone que el Ejecutivo "no podrá establecer regímenes de regularización de deudas tributarias que impliquen la eximición total o parcial del capital, intereses, multas y cualquier otra sanción por infracciones relacionadas con los gravámenes cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la AFIP".

Ahora la nota firmada por el ahora vice es una de las principales pruebas que constan en el expediente judicial en el que se investiga a Boudou por tráfico de influencias.
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  • 1
    lucía
    28/03/12
    18:55
    ni la afip ni el ministerio de economía tienen facultades para condonar interes y multas, más aún ,tampoco las tiene el poder ejecutivo salvo que establezca un régimen de presentación espontanea en el marco del artículo 113 de la ley 11683 que debe ser con carácter regional o sectorial. El último párrafo de ese artículo faculta al pen a hacer arreglos para asegurar la cancelación de deudas pendientes y a su respecto el artículo 61 aclara que los arreglos que se efectúen no pueden afectar la integridad e indisponibilidad del crédito lo cual implica que la imposibilidad de reducirlo en cualesquiera de los conceptos que lo componen. Lo curioso en todo esto es que en el caso no intervino la secretaría de hacienda y la subsecretaría de ingresos públicos a traves de la dirección nacional de impuestos que son por dto 357/02 los órganos del misnisterio con competencia para entender en materia de la ley indicada.
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