Publicaron el formulario para la quita de subsidios del gas
El Enargas oficializó el envío a todos sus usuarios del formulario de "Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio", donde podrán especificar si lo necesitan o no. Habrá 30 días para responder. 
Así lo establece la resolución 1993/2011, publicada en el Boletín Oficial, que dispone que los interesados en mantener la subvención estatal tendrán 30 días a partir de la fecha de recepción de la declaración para completarla y enviarla a través de una sucursal del Correo Argentino, según señala el diario La Nación.

Un vez iniciado el trámite, una asistente social se acercará al domicilio del interesado a fin de verificar la información y completar el trámite de exención.

A su vez, "las empresas deberán tomar las medidas necesarias para facilitar la evaluación de las condiciones de aquellos y realizar el relevamiento de los datos necesarios y suficientes para su implementación", aclara la disposición.

La disposición oficializó además la aplicación del Decreto 2067/08, que permite facturar sin subsidio, a los usuarios que residen en las zonas de Puerto Madero, Barrio Parque y countries y barrios a partir del 1° de enero de 2011.

Finalmente, la disposición obliga a las licenciatarias de distribución a facturar a todos los usuarios residenciales el cargo y el subsidio correspondiente en forma anualizada en cada período de facturación con la posterior consolidación correspondiente al volumen real consumido.

Los usuarios que deseen mantener los subsidios a los consumos de gas recibirán el formulario de "Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio" que deberán, una vez completada, acercar a la sucursal del Correo Argentino para iniciar el trámite.
En el formulario el usuario deberá indicar si:
-Acredita una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.
-Percibe como único ingreso previsional una jubilación y/o pensión equivalente a un haber mínimo.
-Es beneficiario de algún plan o programa social (Asignación Universal por Hijo o subsidio por desempleo).
-Tiene su domicilio afectado por actividades de índole social (institutos o comedores comunitarios).
-Conviven en su vivienda múltiples hogares.
-Cuenta con certificado de discapacidad.
-Sus ingresos familiares son insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
-Se encuentra exento del pago de ABL.
-Su vivienda posee características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo de otro servicio.
-Su vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio).
 
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