Provincia
Vidal apeló el fallo que suspende el tarifazo y el juez Arias pide que no se paguen las boletas
Salvador aseguró que “no era necesario una audiencia pública” como planteó el Juez.

El Gobierno bonaerense apeló el fallo que suspende los aumentos en las tarifas de luz, pero desde la Justicia aseguraron que la medida seguirá firme hasta tanto se expida la Cámara de Apelaciones.

El vicegobernador, Daniel Salvador, confirmó que el gobierno provincial apeló el fallo del juez en lo Contencioso Administrativo, Luis Arias, que suspendió el incremento de las tarifas de la energía eléctrica.

Salvador dijo que “no era necesario realizar una audiencia pública”, como planteó el magistrado platense al dejar sin efecto el aumento de las tarifas eléctricas en toda la Provincia.

Más tarde, el titular del Juzgado Contencioso Administrativo de La Plata, Luis Arias, confirmó a que tanto el Ejecutivo provincial como la empresa Edelap –prestadora en la Región Capital- presentaron el expediente de apelación ante su juzgado, pero aclaró que hasta tanto no se expida el tribunal de alzada el fallo suspensivo seguirá firme.

Arias advirtió que los usuarios de energía eléctrica no deben pagar las facturas con aumentos y aclaró que ese beneficio no incluye a los partidos del área metropolitana, que tienen el servicio de Edenor y Edesur.

“Las personas que tienen su factura y se vence, lo que tienen que hacer es no pagar y esperar la nueva facturación”, manifestó Arias, en referencia a sus dos medidas cautelares, dictadas el martes y el jueves pasado.

El fallo, recordó, abarca a “todas las empresas prestadoras y distribuidoras y cooperativas”, sostuvo, “a excepción de la zona concesionada para Edenor y Edesur, que son servicios federales”.

Las nuevas facturas, destacó el magistrado deben llegar “conforme a lo que (las empresas) venían cobrando antes” del incremento de las tarifas autorizados por el Gobierno.

En su fallo, Arias solicitó que las empresas de energía eléctrica se abstengan “de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas facturas o, para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, que la empresa admita el pago del servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido, sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio”. 

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  • 2
    dotcom
    07/06/16
    13:00
    Monica, comentario #1, seguís escribiendo estupideces, informate sobre los amparos durante el gobierno de la luminaria de tolosa...además, si no estás de acuerdo con los amparos pagá la factura de los servicios con los aumentos y listo !!!!!
    Responder
  • 1
    monica brogno
    07/06/16
    06:59
    Apareció otro "patriotero" preocupado por las tarifas?? Por que no demostraron la misma preocupación cuando el pueblo era victima de una banda de saqueadores??
    Responder
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