Corte Suprema
El fallo de la Corte sugiere que terminarán impugnando la candidatura de Uñac
En su pronunciamiento el máximo tribunal desplegó argumentos que abonan la percepción que la suerte de Uñac está definida. Con Manzur no fue tan explícito.

 El fallo de la Corte Suprema que ordenó suspender las elecciones de Tucumán y San Juan de este domingo no se pronunció sobre las impugnaciones contra las candidaturas de los gobernadores Juan Manzur y Sergio Uñac que intentaban competir por un cuarto mandato, en el caso del tucumano ahora como vicegobernador.

La Corte emitió dos fallos distintos pero en ambos coincidió en resolver que las elecciones quedan suspendidas hasta que defina la cuestión de fondo, esto es la impugnación de las candidaturas de Manzur y Uñac.

Se suspenden las elecciones en Tucumán y San Juan por una polémica decisión de la Corte Suprema

Los fallos son similares, pero en el pronunciamiento sobre el caso Uñac, la Corte desplegó un considerando número seis que prácticamente anticipa en sus argumentos que la decisión de fondo será impedir al gobernador de San Juan que compita por un cuatro mandato consecutivo, por entender que viola la Constitución provincial.

El máximo tribunal recuerda en ese considerando su ya célebre fallo contra el gobernador de Santiago del Estero, Gerardo Zamora, que impedido de buscar una nueva reelección colocó a su mujer Claudia Ledesma como candidata a sucederlo. 

De hecho, el antecedente de ese fallo que sacó de la cancha a un gobernador tan poderoso como Zamora, debería haber llamado a la reflexión a Manzur y Uñac.

Como sea, en su considerando número seis, sobre la caso de Uñac, la Corte señala que "a fin de evaluar el recaudo de verosimilitud del derecho, el Tribunal debe considerar, en primer lugar, lo decidido en la causa "Unión Cívica Radical de la Provincia de CSJ 561/2023 ORIGINARIO Evolución Liberal y otro c/ San Juan, Provincia de s/ acción declarativa de certeza. Corte Suprema de Justicia de la Nación - 5 - Santiago del Estero" (Fallos: 336:1756, 336:2148), lo cual no solo implica respetar sus propios precedentes sino que, además, otorga previsibilidad jurídica a las partes y despeja suspicacias propias de la materia electoral". 

La historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que con menor o mayor envergadura y éxito intentaron forzar -en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución. Ese pasado debería desalentar ensayos que (...) persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de las máximas magistraturas de la provincia a quien ya lleva doce años ininterrumpidos en esos cargos, desconociendo el texto constitucional.

"Cabe recordar que en dicho precedente -en el que se invalidó la segunda reelección del gobernador de la Provincia de Santiago del Estero en virtud de lo establecido en el artículo 152 de la Constitución de esa provincia- se expresó que "la historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que con menor o mayor envergadura y éxito intentaron forzar -en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución. Ese pasado debería desalentar ensayos que (...) persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de las máximas magistraturas de la provincia a quien ya lleva doce años ininterrumpidos en esos cargos, desconociendo el texto constitucional", agrega la Corte casi anticipando su fallo de fondo. 

Y por si hubiera dudas, agrega: "Asimismo, no puede dejar de considerarse, por su pertinencia para la cuestión debatida en autos, lo manifestado por la mayoría de este Tribunal en el considerando 26 de la causa "Frente para la Victoria - Distrito Río Negro y otros" (Fallos: 342:287). Allí se hizo referencia a "la virtud republicana de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos" y se afirmó que "la vigencia del sistema republicano consagrado en los artículos 1° y 5° de la Constitución Nacional - 6 - presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades". Citó así el máximo tribunal el otro antecedente de peso contra las reelecciones de Uñac y Manzur, el caso del rionegrino Alberto Weretilneck, que también fue forzado a "descansar" un período antes de regresar al poder.

Pero es el final del citado considerando el que contiene la frase más dura para las aspiraciones de Uñac: "En virtud de las consideraciones expuestas -y aun en el ámbito restringido de una medida cautelar-, si el artículo 175 de la Constitución sanjuanina permitiese una nueva candidatura del gobernador Uñac podría resultar de problemática consonancia con la pauta republicana señalada".

Fallo Corte San Juan by LPO

Temas de la nota:
Publicar un comentario
Para enviar su comentario debe confirmar que ha leido y aceptado el reglamento de terminos y condiciones de LPO
Comentarios
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento de terminos y condiciones será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.
  • 3
    malebranche
    10/05/23
    00:41
    "La Corte falla a conforme a Derecho e impugna la candidatura ilegal de Uñac"

    Ahí lo corregí.
    Responder
  • 2
    blacrock
    09/05/23
    18:11
    He aquí un presidenciable con sobrada capacidad de gestion...
    Responder
  • 1
    mirkobulje
    09/05/23
    17:08
    Cómo no pueden por los votos, lo imponen por poder, la dictadura de rosatti y la.embaja
    Responder
    • 2
      blacrock
      09/05/23
      18:14
      ...Uñac sabía que en esta elección se la jugaba. Y los propios del pj de San Juan se lo habían advertido.
      Mira Mirko. Si sucede conviene, que juegue a favor. Es un excelente candidato que bien podría ser una candidato del Pj a la presidencia.
      Responder
    • 3
      karlomarx
      09/05/23
      18:09
      se pasa la constitucion provincial por los huevos y se presenta 4 mandatos consecutivos, pero la corte es la dictadura dice el oficial de la stasi. todos criminales de guerra los comunistas asesinos tirabomba secuestradores.
      Responder
Noticias Relacionadas
El fallo contra Uñac anticipa un escenario adverso para Insfrán

El fallo contra Uñac anticipa un escenario adverso para Insfrán

LPO
La Corte Suprema hizo un duro alegato contra los intentos reeleccionistas de los gobernadores y recordó sus fallos contra Weretilneck, Zamora y Manzur.

Uñac criticó a la Corte por mantener en suspenso las elecciones y pidió que resuelva la cuestión de fondo

LPO
Luego del revés en la Procuración, el gobernador le pidió al máximo tribunal que se exprese con "celeridad".

La Corte rechazó la recusación de los jueces que pidió San Juan por la suspensión de las elecciones

LPO
El Máximo Tribunal rechazó el pedido del gobierno de Uñac y le pidió a la Procuración que resuelva la cuestión de fondo.
La Corte rechazó el recurso que presentó Manzur para realizar las elecciones

La Corte rechazó el recurso que presentó Manzur para realizar las elecciones

LPO
El máximo tribunal ratificó así su decisión de suspender las elecciones en Tucumán. Además decidió que sí proceden las elecciones de legisladores e intendentes en San Juan.
El fallo de la Corte sorprendió a Manzur y Uñac, que quedaron en shock

El fallo de la Corte sorprendió a Manzur y Uñac, que quedaron en shock

LPO
En la justicia sospechan que los gobernadores habrían hablado con Lorenzetti y entendieron que el fallo no salía.
El kirchnerista Gioja atacó a Uñac por no acompañar la embestida contra la Corte

El kirchnerista Gioja atacó a Uñac por no acompañar la embestida contra la Corte

LPO
"Se dio vuelta como una media", dijo el ex gobernador, que busca destronar a su sucesor en San Juan.