Impuestos
 Convenios de Doble Imposición con Japón y Luxemburgo: un retroceso en materia de política tributaria
Por Guillermo Michel
Ambos Convenios implican un retroceso en materia de política tributaria y resignación de potestades por parte de nuestro país.

El Gobierno convoco a sesiones extraordinarias del Congreso desde el 26 de diciembre hasta el 31 de enero de 2024 para tratar varios proyectos tributarios, entre ellos distintos Convenios de Doble Imposición Fiscal, entre los cuales se resaltan:

i) Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y Japón para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y la Prevención de la Evasión y la Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Osaka, Japón, el 27 de junio de 2019 (Msje. 230/19).

ii) Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y el Gran Ducado de Luxemburgo para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Washington, Estados Unidos de América, el 13 de abril de 2019 (Msje. 120/19).

Ambos Convenios implican un retroceso en materia de política tributaria y resignación de potestades por parte de nuestro país.

En primer lugar, el Convenio entre Japón y la República Argentina para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal fue suscripto el pasado 27 de junio de 2019.

Si bien, como todo Convenio de Doble Imposición, el objetivo es ayudar a la promoción de nuevas inversiones e intercambios económicos entre los dos países -al eliminar la doble tributación y prevenir la evasión y elusión fiscal internacional-, el presente instrumento internacional tiene una particularidad negativa para la política tributaria de nuestro país que debe ser analizada.

En efecto, el Convenio excluyó de la definición de regalías prevista en su artículo 12 al concepto de "asistencia técnica", por lo cual ese tipo de rentas no quedarán sujetas a imposición en el país fuente, salvo que exista un establecimiento permanente.

El resultado concreto será que la Argentina no podrá gravar, ni siquiera con un diez por ciento (10%), las regalías por asistencia técnica que se paguen a empresas de Japón.

Esta situación implica un costo fiscal para Argentina sustancial, ello porque la no imposición de las regalías por asistencia técnica en el convenio con Japón gatilla la denominada "cláusula de la nación más favorecida", extendiendo el tratamiento especial concedido a Japón a muchos otros países que tienen suscriptos Convenios con nuestro país, como ser Reino Unido, Bélgica, Holanda, Italia, Francia y Canadá, entre otros.

Ese costo fiscal será aún mayor, toda vez que al no gravarse los pagos por asistencia técnica y permitirse la deducción como gasto en la declaración impositiva del sujeto pagador argentino, con seguridad se multiplicarán los contratos hoy existentes y se produciría la erosión de la base imponible del impuesto a las ganancias (planificación fiscal abusiva o "Tax planning").

La misma situación se plantea en el caso del Convenio con el Gran Ducado de Luxemburgo, pero para el caso de los intereses.

En efecto, en abril de 2019, los gobiernos de Argentina y Luxemburgo suscribieron un nuevo convenio para evitar la doble imposición que contiene el Test de Propósito Principal como disposición general anti-abuso.

Asimismo, el Convenio introduce el beneficio sobre las retenciones de impuestos en el país de residencia en pagos de intereses, regalías y servicios de asistencia técnica y dividendos, entre otros. Esto beneficia de manera sustancial a cualquier empresa que le pague intereses o dividendos a su vinculada en Argentina.

Argentina tiene una mirada de avanzada en materia de transparencia fiscal internacional y en potenciar las herramientas para combatir la planificación fiscal abusiva con el objeto de defender la potestad tributaria local.

En este sentido, a partir del año 2009, Argentina llevo adelante las siguientes acciones:

1. Desde la adhesión de la República Argentina a la Convención Multilateral de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (OCDE-CE) el 3 de noviembre de 2011, nuestro país cuenta con una amplia red de intercambio de información fiscal: la CONVENCIÓN MULTILATERAL DE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA CON FINES FISCALES de la OCDE, con 144 jurisdicciones (signatarias, no "in force"), el ACUERDO DE INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN FINANCIERA, con 115 jurisdicciones (Common Reporting Standard - CRS-) ; la Acción 13 del Plan de Acción BEPS, por la cual todas las grandes empresas multinacionales (EMN) deben preparar un informe país por país (CbC); CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICION, con 21 países, y; ACUERDOS BILATERALES DE INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA, con 26 países.

2. Renegoció el Convenio con España, que generaba efectos impositivos desfavorables para Argentina por la utilización de las ETVEs (entidades de tenencia de valores extranjeros) desde España.

3. En el Convenio negociado con Suiza, se detectaron maniobras de planificación fiscal mediante la utilización de sus cláusulas, que preveían la exención de la tributación en la fuente para el caso de regalías.

En el caso de la renegociación del Convenio con Chile, se detectó la imposibilidad de gravar inversiones y tenencias de presuntos residentes en Chile en empresas radicadas en Argentina y otros elementos del patrimonio, así como la sanción del régimen preferencial Sociedades Plataforma de Negocios hacían de la aplicación del instrumento una situación perjudicial para Argentina. Este criterio respecto del efecto fiscal nocivo para nuestro país de las Sociedades Plataforma Chilenas fue avalado de manera categórica por la Corte Suprema el pasado 2 de setiembre de 2021 en la causa "Molinos".

4. Por último, en 2022, Argentina negocio y suscribió con Estados Unidos un Acuerdo Intergubernamental (también conocidos como IGA) para facilitar la implementación de la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (Fatca, por sus siglas en inglés), mediante informes domésticos e intercambio automático de información.

Claramente, ceder la potestad tributaria en materia de "asistencia técnica" o de "intereses" sin contemplar de manera responsable el efecto de la "cláusula gatillo" de nación más favorecida no fortalece la posición tributaria de nuestro país.

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  • 6
    10/01/24
    07:58
    Michel mira ya que te gusta y fuiste uno de los mejores funcionarios que tuvo Massa el Pte. nombrado Pte. en la casa de la moneda pertenece a una tabacalera y esta la casa de la moneda imprime las estampillas del impuesto a los cigarrillos otro lobo cuidando a las gallinas... mira a estos no le tiembla el pulso para ......
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  • 5
    tempus
    25/12/23
    18:58
    Lamentablemente estos cipayos declaman libertad, pero radican el "domicilio fiscal" de sus empresas en paraísos fiscales (como Mercado Libre en Delaware), sólo para eludir el pago de impuestos... estos son liberales de boquita...
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  • 4
    defaulto
    25/12/23
    13:02
    Queremos seguir saqueando con mi amigo Tongolini!! Los peronchos no saben crear renta, son muy inutiles, por eso no van "por la propiedad", tendrían que laburar ellos y no saben!!! Lo que si van es por la RENTA! labura vos y yo te la saco!
    Responder
  • 3
    argentine-tax-payer
    24/12/23
    12:45
    Habría que explicarle a los distinguidos lectores del periódico de Nachito que gracias a que peronia es una jurisdicción de "avanzada" en materia de transparencia fiscal (según el autor de la nota) persiguiendo rentas y patrimonios hasta debajo de las piedras es que estamos como estamos (sin entrar en el gran tema seguridad jurídica).
    Adicionalmente el Tax Planning o el Aggressive Tax Planning son herramientas perfectamente legales que empresas e individuos deben realizar para evitar que fiscos insaciables saqueen rentas y patrimonios privados para hacer populismo fiscal global.
    Con un surtidito de mamushkas societarias convenientemente distribuidas "urbi et orbi" se solucionan los ímpetus recaudatorios y saqueadores de todos estos pibes.
    Hay que prestar especial atención a la inefable OECD, el grupo Egmont y los acuerdos IGA (FATCA) sumado a la pléyade de acuerditos bilaterales entre jurisdicciones como las importantes usinas normativas para perseguir la renta y la formación de capital a nivel global.
    De cualquier modo las terminales empresarias que deben dar la cara impositiva en cada jurisdicción y se avienen a toda esta parafernalia normativa e impositiva, cargan dicho costo en la venta de sus productos/servicios a los sufridos contribuyentes/consumidores locales de cada jurisdicción, no lo detraen de sus rentas, situación que los zurdos burócratas globales (en especial europeos) te lo intenten hacer creer.


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    • 4
      freddy85
      24/12/23
      18:10
      ¿Populismo fiscal global? ¿Con qué te drogás?
      La realidad es que los trabajadores van a volver a pagar ganancias. Cerrá el 0rt0, gorila inmundo.
      Responder
      • 5
        argentine-tax-payer
        24/12/23
        20:12
        Burrito ignorante, entrá a la paginita de la OECD y te vas a desasnar un poquitito respecto al metafórico populismo fiscal global, el problema es que está en inglés y ya con eso te cerraron tu orto peroncho...jajajaja...
        Responde a @freddy85
        Responder
        • 6
          johnniiy guemes
          24/12/23
          22:08
          Tratar de desasnar a un groncho peroncho es como tratar de ensenarle a cantar a un chancho. perdes tu tiempo y fastidias al chancho.....Ademas. si lees en ingles. so un gorila so
          Responder
          • 7
            tempus
            25/12/23
            18:55
            Qué te metés, salame, si lo más cerca que pasaste por una Universidad es por la vereda...
            Responde a @johnniiy guemes
            Responder
            • 8
              johnniiy guemes
              25/12/23
              20:03
              El groncho peroncho ,y por lo tanto analfabeto ,sos vos. no yo .....y lo sabes no dejes que el dolor de la urna incrustada en el orto te lleve a la catarsis berreta
              Responde a @tempus
              Responder
  • 2
    mirkobulje
    24/12/23
    00:04
    Beneficios para los ricos, planes para pobres, coimas para políticos casta, y impuestos para trabajadores.
    Responder
  • 1
    johnniiy guemes
    23/12/23
    20:00
    no Fortalece la posición. tributaria .....jajajajas. francamente .. mejor asi
    Responder
    • 2
      tempus
      25/12/23
      18:56
      Claro, porque los hospitales, al ejército, a la educación y al mismo estado de Milei lo mantienen "las fuerzas del Cielo...". Más ignorante no se consigue.
      Responder
      • 3
        johnniiy guemes
        25/12/23
        20:04
        y y lo planes de negro que cobras tambien. no te olvides. mas burro pobre no se consigue
        Responde a @tempus
        Responder