Vaca Muerta

La Justicia le ordenó a YPF que en cinco días muestre el acuerdo con Chevron

La Cámara rechazó un planteo de YPF para no cumplir la sentencia. Si no entrega la documentación, será secuestrada.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó a YPF entregar en el plazo de cinco días toda la documentación vinculada con el acuerdo firmado con Chevron para la explotación en Vaca Muerta.

La Sala I del tribunal confirmó el rechazo ante planteos de YPF contra la intimación a cumplir con la sentencia. Además, el Tribunal instó a que en caso de no ser entregado se proceda al secuestro de la documentación y se investigue la comisión del delito de "desobediencia".

La presentación que dio origen al pleito judicial fue del ex senador Rubén Giustiniani y en primera instancia en marzo pasado la jueza María Cristina Carrión de Lorenzo había instado a YPF a entregar el acuerdo con Chevron.

A ello le precedió un fallo de la Corte Suprema de Justicia que había fijado la obligación al Gobierno anterior de entregar el convenio así como sus anexos, algunos de los cuales tanto el kirchnerismo como ahora la gestión de Macri se justifica en su aspecto secreto para no darlo a conocer.

"Desde esa perspectiva, teniendo en cuenta que el pronunciamiento por el que la Corte Suprema hizo lugar a la demanda fue dictado el 10 de noviembre de 2015 —es decir, que han transcurrido más de ocho meses -y la confirmación de la decisión aquí se decide, YPF S.A. deberá cumplir con la entrega de la totalidad de la documentación requerida en el plazo establecido por la señora jueza de primera instancia", sostuvo el Tribunal, con la firma de los camaristas Carlos Grecco, Clara Do Pico y Rodolfo Facio.

YPF, cuando era conducida por Miguel Galuccio, sólo entregó una copia del contrato al Juzgado Contencioso Administrativo Federal 7 pero solicito la reserva sobre algunos puntos por entenderque la difusión podía "comprometer secretos industriales, técnicos y científicos".

"Una recta inteligencia del pronunciamiento de la Corte Suprema no puede llevar sino a la conclusión de que al hacer lugar a la demanda acogió, indudablemente, la pretensión del demandante. Y esa pretensión consistió en el reconocimiento de su derecho a que YPF SA le entregue una copia íntegra del contrato involucrado", añadieron los jueces.

"Debe recordarse que, de acuerdo con un principio cardinal elaborado por la Corte Suprema, la observancia de las decisiones judiciales ha de ser fiel y estricta, de modo que se concrete su leal acatamiento por parte de todas las personas alcanzadas por ellas", sostuvo el Tribunal.