Protesta social

Cristina licúa el poder de la policía en la ley antipiquetes

El kirchnerismo presentará un nuevo proyecto, pero sólo avanzará si la oposición acepta.

Cristina Kirchner le quitó poder a la policía en el proyecto para reprimir piquetes que anunció durante la apertura de sesiones ordinarias, pero sólo lo llevará al recinto si tiene acuerdo del resto de los bloques.

Aquel anuncio fue aplaudido por el PRO, que ahora deberá definir si acepta una regulación sin poder total de la fuerza pública o prefiere seguir como hasta hoy, cuando sin marco regulatorio alguno la suerte de los manifestantes quedó librada al azar.

“Vamos a dejar el borrador en la Comisión para que lo estudien. Si no hay apoyo de otras fuerzas pasamos al tema siguiente, que es acceso de información pública”, contó Diana Conti a LPO.

El texto reformado por el kirchnerismo, al que accedió LPO, toma la base de los proyectos de su bloque (Juan Pedrini y Diana Conti), pero también los de opositores.

El principal es la amnistía de los delitos cometidos “en el marco de protestas, movilizaciones y reivindicaciones sociales, gremiales y políticas hasta la sanción de la presente ley”, tal como reza el artículo 13.

El artículo 2 señala que “la protesta o manifestación social pacífica” respetará “el funcionamiento de servicios públicos, especialmente los relativos a la educación, la seguridad y la salud pública”.

Y también “la circulación de personas y vehículos en una dirección determinada, garantizando la libre circulación en la mitad de los carriles por mano de circulación de las rutas nacionales, autopistas, semiautopistas, avenidas, y calles para su utilización por el sistema de transporte público o privado de pasajeros y particulares”.

La libre circulación pide garantizarla “en todos los casos” cuando se trate de “grupos especialmente vulnerables, como niños, adultos mayores, discapacitados y enfermos, entre otros”.

Y se exige “la no comisión de delitos, ni acciones de sabotaje o aquellas que generen desabastecimiento en materia de salud, alimentos o insumos vitales”.

Pero aclara que si no existe una denuncia comprobada de alguna de las conductas mencionadas, la manifestación no será cuestionada. “El mero corte pacífico de una calle, ruta o espacio público no constituye delito en la medida que no exista una intimación judicial fehaciente”, dice el artículo 13.

El gobierno estaría obligado a difundir las manifestaciones a través de la secretaría de Medios y una comisión mediadora intervendrá para dirimir conflictos entre partes.

Pero el aspecto más polémico sobre todo para los sectores opositores que avalaron esta ley es el protocolo de actuación de la policía, que toman los “Criterios mínimos sobre la actuación de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad en manifestaciones públicas” elaborados en la primera reunión plenaria 2011 del Consejo de Seguridad Interior.

La policía que actúe en las manifestaciones tendrá prohibición total de “la portación de armas de fuego”, si están "en contacto directo con los manifestantes". Poco precisa, aclara que quienes las porten "deberán guardar una distancia prudente de los mismos".

Una restricción similar a la impuesta por La Cámpora durante el debate de la ley de policías municipales en la provincia, que llevó al massismo a definir esa fuerza como un grupo de “boy scouts”.

Para las manifestaciones va más lejos: plantea, además, que “ningún arma, letal o no, puede ser disparada directamente hacia los manifestantes”. 

"Las armas que no sean de fuego podrán ser utilizadas para la defensa de los funcionarios ante peligro inminente, pero nunca como medio para dispersar una manifestación", agrega. 

De esta manera, el uso de la fuerza queda restringido a “un principio de último recurso”, que obliga a priorizar “las instancias previas al uso de la fuerza” para “evitar daños a la integridad física de las personas involucradas y no involucradas en la manifestación”. Ninguna de esas limitantes tiene hoy la policía si exige reprimir una protesta que corte la vía pública. Sólo que no siempre lo hace.