Tres meses después de la tragedia de Once, el Gobierno le rescindió el contrato a TBA

La presidenta Cristina Kirchner decretó el cese de la concesión para con la empresa que explotaba los ramales Mitre y Sarmiento. El anuncio lo hizo el ministro Julio de Vido. El servicio será operado por una UGOFE conformada por el resto de los concesionarios de trenes (Ferrovías y Metrovías) más el Estado.
Tres meses después de la tragedia de Once, donde murieron 51 personas y hubo más de 700 heridos, el Gobierno nacional decidió rescindir la concesión de los ramales Mitre y Sarmiento a la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA) por “graves irregularidades” en el contrato con el Estado firmado en 1995.

Según anunció el ministro Julio de Vido, la presidenta Cristina Kirchner, firmó el decreto 793/12 que también determina que el servicio será operado por una UGOFE conformada por el resto de los concesionarios de trenes (Ferrovías y Metrovías) más el Estado. La UGOFE tomará posesión de los ramales cuando el decreto se publique el lunes en el Boletín Oficial.

Además, la medida prevé que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) realice un inventario sobre los bienes y el estado de situación de TBA, propiedad del Grupo Cirigliano.

Según se leyó antes de que De Vido tome la palabra la rescisión “es por exclusiva responsabilidad” de la empresa. El Gobierno había intervenido la empresa a la espera del resultado de las pericias judiciales por la tragedia del 22 de febrero pasado.

“La decisión se ha tomado en función de los hechos y los distintos estudios que fueron hechos. Este era el momento, sino hubiéramos tomado la decisión antes. Rescindimos el contrato por los incumplimientos del concesionario, sancionados por el Gobierno con 250 multas que serán descontadas de las acreencias que podría tener el concesionario”, sostuvo De Vido ante la pregunta de un periodista.

En una extensa exposición que se remontó hasta los orígenes del sistema ferroviario en 1880, el Ministro resaltó que “los incumplimientos del concesionario agravan el déficit histórico” y remarcó los trenes "sufrieron un gigantesco proceso de vaciamiento desde 1955, que significó la pérdida de casi 10 mil kilómetros de vías, de unos 30 mil puestos de trabajo, del cierre de estaciones".

“El estado de los ferrocarriles en 2003, cuando asumió Néstor Kirchner era lamentable”, recalcó.

Además, el funcionario anunció "un proceso de inversión más profundo y agudo, que lleve a la calidad y seguridad a quienes usen el servicio" aunque no señaló cuántos millones de pesos se invertirán.

También estuvo presente el secretario de Transporte, Alejandro Ramos, pero no formuló comentarios.

Decreto


Este es el texto completo del decreto 793, que dispone la intervención de TBA:


Artículo 1º: Rescíndese el contrato de concesión para la explotación de los servicios ferroviarios de pasajeros, aprobado mediante el Decreto nº 730 de fecha 23 de mayo de 1995, modificado por la adenda aprobada por el decreto nº104 de fecha 25 de enero de 2001, suscripto con la empresa Trenes de Buenos Aires S.A. correspondiente a los grupos de servicio nº 1 y 2, líneas General Mitre y Sarmiento, en ejercicio del derecho conferido por el contrato de concesión, artículos 19.2 inciso, sustituido por el artículo 12 de la respectiva adenda, y 19.2 inciso G por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y con fundamento en los informes técnicos de la intervención dispuesta por la Resolución Nº 199/12 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, y de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (Uniren), que se agregan como anexo al presente;

Artículo2º: Facultase a la Secretaría de Transporte a formalizar la toma de posesión respectiva, y a convocar a los demás concesionarios de servicios de transporte ferroviario urbano de pasajeros del área metropolitana de Buenos Aires, Metrovías S.A. y Ferrrovías S.A., para conformar una Unidad de Gestión Operativa, tendiente a gestionar la operación del servicio ferroviario correspondiente a los grupos de servicio 1 y 2, hasta tanto se determine la modalidad de prestación de servicio de conformidad del ordenamiento aplicable;

Artículo 3º: Instrúyese a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, para que en conjunto con la Administración de Infraestructura Ferroviarias Sociedad del Estado, y con la debida intervención del ex concesionario, realicen un inventario detallado de los bienes integrantes de la concesión y establezcan el estado de situación de los mismos;

Artículo 4º: Instrúyese a la Secretaría de Transporte y a la Comisión Nacional de Regulación de Transporte, para que con la intervención de la Sigen y de la Procuración del Tesoro de la Nación, una vez efectuada la correspondiente liquidación del contrato conforme al régimen contractual aplicable, determinen los eventuales daños y perjuicios que fueron ocasionados al Estado nacional y al público usuario en general durante la ejecución del contrato de concesión, a los efectos de iniciar las acciones administrativas y legales que correspondan;

Artículo 5º: Invítase a la Auditoría General de la Nación para intervenir en la determinación a que se refiere el artículo precedente en el marco de su competencia;

Artículo 6º: Instrúyese al Ministerio de Planificación Federal a dictar las normas complementarias que fueren necesarias para el cumplimiento del objeto del presente;

Artículo 7º: Comuníquese a la Uniren;

Artículo 8º: Comuníquese a la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones creada por el artículo 14 de la Ley nº 23696, y a la Comisión Bicameral de Seguimiento creada por el artículo 20 de la Ley nº 25.561;

Artículo 9º: El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial;

Artículo 10º: Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.