La resolución que habilita a las provincias a incautar los ATN

La decisión de gobernador Hermes Binner de interceptar los fondos que la Casa Rosada envía a municipios "amigos" para distribuirlo con equidad con aquellos no alineados al kirchnerismo tiene sustento legal y podría desatar una oleada entre los mandatarios no kirchneristas.
La decisión del gobernador de Santa Fe, Hermes Binner, de poner un obstáculo al clientelismo kirchnerista interceptando los fondos que envía en forma directa a los municipios “amigos” discriminando a los no alineados podría erigirse como una modalidad entre los mandatarios no kirchneristas. Es que la existencia de una resolución hasta aquí desconocida daría sustento legal a una medida que ya dio lugar a críticas y elogios.

La noticia fue dada por La Política Online el martes. Binner, mediante un decreto que hoy fue publicado en el Boletín Oficial santafecino, determinó que los Aportes del Tesoro Nacional (ATN) iban a ser administrados por el gobierno provincial y no enviados directamente a los municipios como ordena la Casa Rosada.

Según explican en la provincia, el gobierno K utiliza esa modalidad para favorecer con fondos a intendencias que apoyan la gestión oficialista y castigar a otros no alineados. En el caso de Santa Fe, son muchas las localidades gobernadas por el frente socialista que encabeza el gobernador. Vale recordar que Cristina Kirchner perdió las elecciones 2007 en Rosario y tuvo una votación ajustadísima a nivel nacional.

Por esto, desde la gobernación explicaron que la distribución que emite el Ministerio del Interior sobre los ATN enviados no es más que una “sugerencia” y que ellos respetarán la mitad de ese reparto sugerido mientras que el resto lo enviarán a municipios no beneficiados por la simpatía y la chequera de los Kirchner. Entre ellos, claro está, hay muchas localidades agrarias que se levantaron contra la resolución 125 que pasaron a la lista negra del matrimonio presidencial.

Lo importante, es que la decisión de Binner no forma parte de una cuestión personal y política, sino que en sus bases cuenta con sustento legal.

Una resolución de la Comisión Federal de Impuestos (CFI), entidad que arbitra en materia de distribución impositiva a nivel nacional, incluidos hasta los fondos coparticipables, establece que los ATN tienen “por único destinatario a las provincias”. Así, el circuito directo que el gobierno nacional mantenía con los municipios quedaría sin efecto.

El documento

Fechado el 23 de mayo de 2002 con número 27, la resolución determina las características, la administración, los destinos y las autoridades competentes que deben intervenir en el manejo de los ATN.

Allí indica que al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincia “tiene por único destinatario a las Provincias”; “la finalidad es la de atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales”; “debe preverse presupuestaria mente en jurisdicción del Ministerio del Interior”; y que “el Ministerio del Interior es la única autoridad nacional facultada para su asignación”.

Según explica el texto, este fondo se integra financieramente con el uno por ciento (1%) de la masa coparticipable prevista por la Ley Convenio 23.548, sus complementarias y modificatorias, con un dos por ciento (2%) del producido de la Ley de Impuesto a las Ganancias, con la suma fija de 20 millones de pesos -después se subió a 80 millones- en estos dos últimos conceptos conforme el texto del artículo 104 de la ley del Impuesto a las Ganancias como un "refuerzo de la Cuenta Especial 550 Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias”–, y con el uno por ciento (1%) del noventa por ciento (90%) del producido del Impuesto a los Bienes Personales”.

Para limitar los alcances clientelistas de estos millones, la misma resolución explica que “el Gobierno Federal no podrá girar suma alguna que supere el monto resultante de la aplicación de los recursos de dicho Fondo (…) salvo que resulte de asignaciones específicas de recursos coparticipables o créditos del Tesoro Nacional como los descriptos, destinados a incrementar la integración del mismo”.

Además, determina que las legislaturas provinciales son la única entidad capaz de otorgar otro destino a los fondos más allá de los expresados por la ley convenio 23.548, que no es otra que la famosa Ley de Coparticipación Federal.