Cristina Kirchner anunció por cadena nacional la presentación en el Congreso del proyecto del nuevo Código Procesal Penal y rechazó que puedan prescribir las causas por corrupción, porque garantizó que si no son resueltas en el año que habrá de plazo los jueces y fiscales serán sancionados.
LPO anticipó que el artículo 105 del borrador del Código señala que la investigación preparatoria deberá concluir “dentro del término de tres meses a partir de la intimación del hecho al imputad. Si ese término resultare insuficiente, el fiscal deberá solicitar prórroga al fiscal de Cámara, quien podrá acordarla hasta por dos meses más, según las causas de la demora y la naturaleza de la investigación”.
Agrega que sólo para los casos de “suma gravedad y de muy difícil investigación”, el fiscal podrá solicitar una prórroga al juez, “que no podrá exceder de un año a partir de la intimación de los hechos”.
El artículo 106 es el abre el camino a las prescripción. Establece que dentro del quinto día de vencidos los plazos, “el fiscal deberá solicitar la remisión a juicio, disponer la clausura provisional o el archivo de las actuaciones”.
Cristina confirmó que "la investigación en la etapa de instrucción se hará en tan solo un año, y el juicio oral se realizará" en un plazo de "5 a 30 días de terminada la instrucción”.
Con respecto a la polémica por la posible prescripción de las causas una vez transcurrido ese año, la presidenta aseguró que si los fiscales y los jueces no cumplen con los plazos de cada caso puntual, recibirán "sanciones graves".
“Si un ciudadano se siente desprotegido por el mal desempeño de un juez o un fiscal, tendrá con este nuevo Código elementos para recusarlos”, señaló la jefa de Estado.
Claro que en caso de funcionarios, deberían haber una parte afectada que ataque a los magistrados.
Para aminorar las sospechas, aclaró que las causas por corrupción vigentes seguirán con el viejo código procesal.
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Lo que demuestran es mala leche, que revela la desesperación por la que transitan.
Lo que la presidenta ha dicho que ante las versiones que hablaban de que estaba redactado de manera tal que las causas prescribirían al año de no ser instadas o impulsadas, es falso de toda falsedad.
Las causas abiertas se regiran por el codigo vigente, solo las nuevas luego de la sanción, se regirían por el nuevo luego de su promulgación y el tiempo que indique la ley para su entrada en vigencia.
Por otro lado no modifica las penas de fondo, ni los periodos de prescripción, solo le pone limites a la duraciónd e los proceso.
INFORMEN BIEN CRETINOS.