El fallo de la Cámara confirma la embestida judicial contra el Gobierno
Lo firmaron Farah y Ballestero, dos hombres que solían responder a la Rosada. La pelea con el fuero federal.

El duro revés que sufrió el Gobierno con el fallo que determinó la inconstitucionalidad del pacto con Irán es otro síntoma de la embestida de la Justicia federal contra la Casa Rosada, incluso de jueces que hasta hace poco respondían al Poder Ejecutivo.

El fallo de la Sala I de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional Federal fue firmado por Eduardo Farah y Jorge Ballestero, dos hombres que siempre fueron señalados como favorables a los deseos de la Rosada, pero que ahora son una muestra clara de cómo el kirchnerismo perdió el control del fuero.

LPO reveló que el oficialismo está sufriendo un duro embate de los jueces federales de primera instancia (algo que comenzó a gestarse el año pasado), ámbito durante años estuvieron congeladas -o pasaron al olvido- las causas más sensibles para los funcionarios.

El ejemplo más claro es el grupo que formó Rodolfo Canicoba Corral junto a María Servini de Cubría y Ariel Lijo, y al que se acerca Claudio Bonadío. Se trata de un proceso de reciclamiento natural de los jueces, que huelen como nadie el final del ciclo kirchnerista. Como si fuera poco, el Papa Francisco recibió a Lijo y le pidió que luche contra la impunidad de los delitos de corrupción.

Ese nuevo clima de época se trasladó también a la Cámara. Farah y Ballestero (junto a Eduardo Freiler) son recordados por haber confirmado el procesamiento de Mauricio Macri en la causa por las escuchas ilegales, en el año 2010.

Además, fueron quienes desplazaron al juez Daniel Rafecas de la causa Ciccone, un pedido que hizo el vicepresidente Amado Boudou para sacarse de encima al magistrado que lo tenía contra las cuerdas. El año pasado también cuestionaron al fiscal Jorge Di Lello por su investigación. "Esa sala es la sala de Jaime y de Schoklender”, les respondió Di Lello.

Farah y Ballestero también favorecieron repetidas veces a Ricardo Jaime, a quien le permitieron zafar de ir a prisión aunque no de sus procesamientos. El año pasado, el juez Bonadío pidió su captura, pero los camaristas revocaron esa decisión y el ex secretario de Transporte evitó ser el primer funcionario kirchnerista tras las rejas. También en 2013 anularon todo lo actuado de la Fundación Madres de Plaza de Mayo y la volvieron a foja cero.

Pero todo parece haber cambiado. Hace poco Farah fue uno de los que firmó con una llamativa rapidez la reapertura de la causa contra el número dos de Zannini, Carlos Liuzzi, por supuesto enriquecimiento ilícito.

Hoy, el camarista se refirió en duros términos al acuerdo con Irán y el intento del Gobierno de avanzar sobre la causa del atentado a la AMIA. "El Gobierno se excedió en sus facultades. Yo respeto lo que dice el ministro Alak pero en el caso concreto de una causa judicial, un tratado no puede invadir una causa judicial; no se puede convenir con otro Estado cosas que van a influir en la decisión del juez", afirmó en una entrevista con radio Vorterix.

"En definitiva lo que se hizo fue crear una comisión que tiene facultades similares al juez, con lo que se le saca funciones y por ende no tendría intervención el fiscal ni los familiares de las víctimas", agregó Farah, que suele tener un perfil muy bajo.

El desbande de los jueces y camaristas federales no sólo responde al cambio de época sino también a los problemas que el Gobierno ha tenido con los operadores judiciales. 

Desde que La Cámpora comenzó a controlar el Ministerio de Justicia, Julián Álvarez dispuso que hombres de su confianza comenzaran a correr los pasillos de Tribunales, algo que en general era tarea de hombres con mucha más experiencia como Javier Fernández.

Franco Picardi, Juan Martín Mena y Ernesto Kreplak son ahora los encargados de llevar adelante esa tarea, aunque con pésimos resultados. El año pasado no lograron siquiera que los magistrados consideraran la "reforma judicial" y varias causas dormidas empezaron a reactivarse.

El fallo sobre el acuerdo con Irán también es muestra de eso. Mena, subsecretario de Política Criminal, estuvo ayer por la tarde tratando de revertir la decisión de Farah y Ballestero, pero no sólo no logró su cometido sino que los camaristas se encargaron de ningunearlo.

"No lo vi (a Mena) pero me parece bien que el Gobierno se interese del resultado de una causa de esta importancia, pero la decisión ya estaba tomada desde hace unos días", afirmó Farah, dejando en claro las carencias del Gobierno en este aspecto.

Publicar un comentario
Para enviar su comentario debe confirmar que ha leido y aceptado el reglamento de terminos y condiciones de LPO
Comentarios
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento de terminos y condiciones será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.
  • 1
    jorge33
    16/05/14
    14:40
    Y de esto nada? Palazo a Boudou y al fiscal camporista por parte de la Camara de Casacion Penal

    La Sala IV de la Cámara de Casación Penal rechazó un pedido de sobreseimiento presentado por el vicepresidente Amado Boudou, quien continuará siendo investigado como coautor del delito de negociaciones incompatibles con la función pública por la compra de la imprenta de papeles de seguridad Ciccone Calcográfica.

    Los camaristas Gustavo Hornos y Juan Carlos Germignani fueron quienes votaron en contra de las pretensiones de los abogados de Boudou. El segundo criticó con dureza la gestión del fiscal de Casación Javier De Luca, quien se había pronunciado con criterios similares a los utilizados por la defensa del vicepresidente. También le solicitó a los asistentes letrados del funcionario que no obstruyan la reconstrucción histórica de los hechos.

    Los párrafos más salientes del voto de Germignani:

    Si verdaderamente la defensa pretende evitar dilaciones indebidas deberá, en primer lugar, elegir procedimientos legalmente pertinentes para expresar la defensa de su pupilo, y además plantearlas de manera tempestiva, esto es, en los términos que la ley procesal le impone para ello. De otra manera, no podrá interpretarse su conducta sino como un proceder contrario a sus propias postulaciones, y lo que es peor, obstructivo a la verdadera reconstrucción histórica de los hechos (que son) objeto de juzgamiento.

    En similares yerros incurre el representante de la vindicta pública, al afirmar que la excepción de falta de acción es camino válido para reclamar al tribunal si el hecho "es o no delito", pero además haciendo caso omiso de su propia responsabilidad, reclama que se "despeje la situación de incertidumbre" sobre los hechos y el derecho, postulando -como si resultara una pretensión coherente con sus consideraciones-, que se revoque la resolución recurrida y se despeje la situación de incertidumbre en que se encuentra el proceso seguido a Amado Boudou, dejando entrever solapadamente, y como él mismo critica respecto de los jueces de la Cámara Federal, que no habría sólidos motivos para continuar con la investigación.

    En las sociedades organizadas según el principio de la libertad, esto es, en aquellas que dejan librado a cada quien la organización de su vida, sus bienes, etc; en las sociedades organizadas según el principio de la libertad, esto es, en aquellas que dejan librado a cada quien la organización de su vida, sus bienes etc; en orden a lo cual no pueden caber dudas sobre la Argentina; el correlato necesario a ello está constituido, entre otras prestaciones estatales, por el diligente proceder del Ministerio Público Fiscal, toda vez que él resulta recipiendiario, según el mandato constitucional de legalidad-seguridad del derecho humano de todos los argentinos a vivir en libertad según los modelos de la ley, con la garantía de que si esa libre organización personal fuera cercenada mediante la agresión de un conciudadano, definido como delito, el mismo habrá de ser pertinentemente sancionado.

    Quedan comprendidos en la protección de la garantía ciertamente también, los delitos que afectan no solamente los bienes personales, sino todos, dado que sobre ellos existe el consenso que está implícito en la circunstancia de su protección mediante pena legal.

    Un proceder licencioso de los responsables de la vindicta pública genera incertidumbre sobre la efectiva vigencia de la protección estatal y sobre la organización de la vida social según la definición de la ley, esto es, anomia, y entonces suele suceder, como puede advertirse en la sociedad argentina de un tiempo a esta parte, que los ciudadanos retoman legítimamente la defensa de sus derechos, con los nefastos resultados que ello necesariamente supone.

    Por cierto que, por lo demás, un tal proceder del Ministerio Público genera asimismo responsabilidad internacional del Estado Argentino en relación a los compromisos asumidos en ese ámbito.
    Responder
Noticias relacionadas
El vínculo del Papa Francisco con los jueces que acorralan al Gobierno

El vínculo del Papa Francisco con los jueces que acorralan al Gobierno

LPO
El Sumo Pontífice pidió a los jueces federales que no haya impunidad. Los lazos con el grupo de Canicoba.
Canicoba se postula para ir a la SIDE con Scioli y arde el fuero federal

Canicoba se postula para ir a la SIDE con Scioli y arde el fuero federal

LPO
El juez formó un grupo con Servini, Lijo y Casanello que quiere hacer “equilibrio” hasta que se vaya el kirchnerismo.

La Cámara Federal declaró inconstitucional el memorándum con Irán

Frenó así el entendimiento entre los gobiernos para avanzar en la causa por el atentado a la AMIA. El gobierno apela.