Tarifas
El fallo de la Corte no detiene la ola de amparos y podrían frenar el tarifazo de luz y agua
Pymes y comercios, excluidos por la Corte, se preparan para presentar amparos y que les suspendan los aumentos.

El fallo de la Corte Suprema que suspendió el tarifazo de gas para usuarios residenciales no es el último capítulo de la pelea judicial por el aumento de los servicios públicos. Por el contrario, los jueces abrieron la puerta a una previsible ola de amparos de comercios y pymes, que quedaron excluidos, y también dejaron el terreno preparado para frenar los incrementos en la luz y posiblemente también el agua.

La decisión de la Corte de circunscribir la suspensión del tarifazo a los usuarios residenciales fue la única buena noticia para el Gobierno. Los residenciales constituyen el 26 por ciento del consumo de gas del país, mientras que el resto corresponde a comercios, industrias, automóviles a GNC y usinas generadoras de electricidad. Esos sectores seguirán pagando con aumento, con el tope de 500%. Al menos por ahora, ya que el texto deja todo dado para que comercios e industrias se amparen en la exigencia de audiencias públicas para que también se suspenda el incremento para ellos.

El texto del fallo deja todo dado para que industrias, pymes y comercios presenten amparos reclamando que se dejen sin efecto los aumentos hasta que se realicen las audiencias públicas.

Los jueces entendieron que aunque el fallo de la Cámara Federal de La Plata no hacía distinciones, el recurso no corresponde para todos los sectores. “El recaudo de estar comprometido seriamente el ‘acceso a la justicia’ -cuyo cumplimiento, según se expresó en ‘Halabi’, resulta ineludible para la viabilidad de una acción colectiva que tenga por objeto la defensa de intereses individuales homogéneos- no se encuentra cumplido respecto de todos los miembros del colectivo cuya representación se pretende asumir”, dice el fallo.

Al respecto dice que sólo de los residenciales se encuentra “comprometido el acceso a la justicia”. Esto es así, según la Corte, porque sólo esos usuarios “una posición de mayor vulnerabilidad” frente al incumplimiento de la garantía constitucional. En cambio, para el resto no quedó comprobado que no puedan accionar individualmente.

El juez de la Corte Suprema, Horacio Rosatti

Abogados consultados por LPO indicaron que en su visión la Corte se inclinó por no incluir en el fallo a comercios e industrias por tratarse de usuarios con actividades con fines de lucro, por lo que podrían trasladar los costos a clientes. Pero, explicaron, esto no quita de ninguna forma que puedan ir a la Justicia y pedir que también se suspenda el tarifazo para ellos.

“El fallo deja la puerta abierta para que pymes y comercios vayan a la Justicia y si demuestran que representan adecuadamente a un colectivo, pidan la suspensión total del tarifazo”, opinó Pedro Sisti, el abogado del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cespi) que presentó el amparo contra la suba del gas.

Abogados consultados por LPO advirtieron que el fallo anula las resoluciones que dispusieron los aumentos, de manera que es extraño que siga vigente para los usuarios no residenciales.

Agrega, además, que el fallo de la Corte anuló las resoluciones que dispusieron el aumento, por lo que es extraño que siga vigente para los usuarios no residenciales. Sobre esto mismo, el ex secretario de Energía Alberto Devoto calificó como “inentendible” el fallo. "No puedo entender cómo se anula algo solo para los residenciales cuando el cuadro tarifario es uno solo", señaló.

Sisti explicó a LPO que ya lo contactaron desde algunos de los sectores afectados para hacer presentaciones judiciales en breve, lo que anticipa que se viene una ola de amparos. 

El abogado del Cespi indicó también que ya hay un antecedente reciente a favor de usuarios no residenciales. Se trata de la cautelar que dictó la jueza federal Martina Forns y que suspendió el aumento de luz a una clínica de la localidad bonaerense de San Martín. También hay un amparo colectivo presentado por la Asociación Hotelera y Gastronómica de San Martín de los Andes por el aumento del gas y hay varios de empresas recuperadas. Los abogados podrían insistir en esos recursos o ampliarlos.

Sisti también opinó que la Corte Suprema va a seguir "un criterio similar" con la tarifa de electricidad, cuyo aumento también fue frenado por la Justicia y se encuentra en manos de ese tribunal. El letrado precisó que en ese caso "generación, transporte y distribución son todos servicios públicos" por lo que según el criterio del máximo tribunal hay que hacer audiencias públicas para aumentar. 

El letrado considera que lo mismo corre para la suba en el agua, el único aumento que todavía no fue suspendido judicialmente. Otro servicio público que el gobierno subió sin audiencia pública es la telefonía fija. 

De hecho, la Corte recibió este jueves un expediente sobre el aumento de la luz a partir de un fallo de la Cámara Federal de La Plata, la misma que suspendió el de gas. El expediente fue girado a la Procuración General de la Nación para que se pronuncie, aunque en el caso del gas los cortesanos tuvieron en cuenta muy parcialmente el dictamen de Alejandra Gils Carbó.

En definitiva, si las industrias y comercios logran que la Justicia disponga también la suspensión para ellos del aumento del gas, y si la Corte mantiene el criterio respecto a la suba del gas, el gobierno habrá sufrido una verdadera catástrofe en términos fiscales. Habrán pasado alrededor de once meses de gestión sin poder aplicar los incrementos.

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