Coronavirus
Ganó Larreta: La Corte ratificó la autonomía de la Ciudad para definir las clases presenciales
Una mayoría de los jueces Maqueda y Rosatti, Ronsenkrantz y Lorenzetti sostuvieron que el DNU de Alberto violaba la autonomía de la Capital. Crítica a Zannini por la ausencia de fundamentos jurídicos en su presentación.

 La Corte Suprema le otorgó a Larreta un triunfo político rotundo en la pulseada que mantuvo con la Casa Rosada por las clases presenciales, con un falló histórico que excede largamente el motivo de la disputa al equiparar a la Ciudad con las provincias y ratificar de manera plena su autonomía.

Con una mayoría casi absoluta construida con el voto positivo de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte además cuestionó al procurador del Tesoro, Carlos Zannini, por la falta de rigor jurídico de su presentación en defensa del DNU de Alberto Fernández.

"El Ejecutivo Nacional no ha brindado fundamentos idóneos y suficientes para sostener una potestad sanitaria federal que le permita legislar en lo que refriere a la modalidad educativa en el ámbito de CABA", sostiene el fallo de los magistrados que deja además una lectura política densa.

Las críticas esbozadas en el fallo no apuntaron solo al jefe de los abogados del Estado, sino también al ejecutivo. "La particular incidencia relativa de la educación presencial en la propagación del COVID-19, no alcanza para justificar el ejercicio de una competencia sanitaria federal que incide de manera tan drástica en la modalidad de la enseñanza, en lo que aquí interesa, porteña", puede leerse en el fallo. "La falta de justificación suficiente (...) deja al descubierto que, en este caso, el Estado Federal en lugar de ejercer una atribución propia invadió una que le resulta ajena", critican Rosatti y Maqueda.

Larreta traza una línea roja a Patricia: "No vamos a soportar un ataque más"

El fallo en soledad de la jueza Elena Highton de Nolasco, que ni siquiera votó a favor de la Rosada sino que se abstuvo, pone en blanco sobre negro la casi nula incidencia del Gobierno en el máximo tribunal. Highton de Nolasco ingresó al máximo tribunal recomendada por Alberto Fernández durante el gobierno de Cristina Kirchner y se sostiene en el cargo en base a un dudoso amparo, ya que superó el límite legal de 75 años para permanecer en el máximo tribunal.

La Corte entendió que se trataba de un fallo de "máxima relevancia institucional" porque estaba en discusión "el modelo de federalismo argentino". Su pronunciamiento otorgó un triunfo nítido a Larreta y envía un mensaje a la política: "Cuando los temas llegan a la Corte hay ganadores y perdedores".

En el plano político el fallo es un doble triunfo para Larreta. Por un lado fortalece su posición en la discusión que viene con Nación por el recorte a la Coparticipación de la Ciudad y hacia adentro de Juntos por el Cambio, le permite exhibir frente al sector que lideran Mauricio Macri y Patricia Bullrich un abordaje institucional del conflicto con el oficialismo, mucho más efectivo que los escraches en la Quinta de Olivos o las declaraciones mediáticas efectistas.

Ganó Larreta: La Corte ratificó la autonomía de la Ciudad para definir las clases presenciales

En pocos días comenzará a discutirse el reclamo de la Ciudad por el recorte a la coparticipación que impulsó Alberto. La Corte busca que Nación y el distrito capitalino consigan a un acuerdo político en lugar de expedirse sobre el tema. Con el fallo de este martes Larreta llega al debate fortalecido cuando en Casa Rosada empezaban a desempolvar la Ley Cafiero para abrirle la puerta a los recortes.

Alberto había expresado semanas atrás que la Corte "no es tribunal originario en cuestiones de la Ciudad porque la Ciudad es autónoma, no tiene rango provincial, y la competencia originaria habla de conflictos entre provincias y Nación". Con la decisión sobre las clases presenciales el máximo tribunal desbarata los argumentos del oficialismo.

"Dado que circunstancias como las examinadas en la causa pueden prorrogarse o repetirse en el futuro, el Tribunal entiende que su pronunciamiento no sólo no se ha vuelto inoficioso sino que debe orientar, desde lo jurídico -no desde lo sanitario-decisiones futuras", explican en el considerando 28 los jueces Rosatti y Maqueda.

El fallo se construyó en base al nudo argumental del escrito que trabajaron de manera conjunta Maqueda y Rosatti, que como anticipó LPO fueron coherentes con su pasado de convencionales constituyentes y ratificaron en todo el espíritu de la reforma del 94, que otorgó a la Capital Federal el estatus de Ciudad Autónoma, con rango y competencias equivalentes a las provincias.

La Corte definió internamente que se enfrentaba en esta cuestión, más allá de la discusión por las clases, a una fallo de "máxima relevancia institucional" que ponía en discusión "el federalismo argentino".

Los jueces enviaron además un mensaje a la política: "Cuando los temas llegan a la Corte hay ganadores y perdedores, mejor que la política resuelva sus diferencias políticas sin llegar a los tribunales". El máximo tribunal falló la semana pasada sobre más de 300 causas cuando antes de la pandemia con los tribunales funcionando a pleno, el promedio estaba por encima de las 200 causas. Esto es leído en la Corte como un desborde de la judicialización de la política.

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  • 65
    05/05/21
    23:44
    inutiles troll ks

    el p.e.n no esta por arriba de la constitucion y no le da ningun poder especial por arriba de las autonomias mientras se cumplan las leyes nacionales

    entiendalo brutos: amba no existe!!!!


    brutos legales
    Responder
  • 64
    05/05/21
    12:09
    56 régimen municipal de la constitución nacional!
    Responder
  • 63
    05/05/21
    12:06
    De dónde sale que para estar en contra hay que ser k?? El blanco y negro les anula el pensamiento!
    Responder
  • 62
    05/05/21
    12:04
    52 lee vos la constitución sobre el régimen municipal su artículo 5!!
    Responder
  • 61
    blacrock
    05/05/21
    11:37
    A ver si más calmados podemos ver qué:

    ... El fallo de la CSJN le quita competencia al P.E.N para fallar por apelación de la ciudad de bsas en un contexto sanitario extraordinario como es la pandemia C19.

    La corte descontitucionalizo un DNU presidencial que tiene naturaleza de ley e inválido uno de los tres poderes que es el ejecutivo nacional.

    O sea que: Maqueda y Rosatti, Ronsenkrantz y Lorenzett están por sobre la Constitución y sus fallos ( desde el clima de época que vivimos hoy )
    Se expiden en un " fallo que es político " cuya soberania impera en:

    La patria judicial
    Responder
  • 60
    johnniiy guemes
    05/05/21
    11:33
    Galligna1....muy acertada la expresión. .....son trolls k violados. y se expresan como tales.. con una bronca histérica atroz....el que mas placer me da es el llorón "sobbie" soberano ......es un burro imperdible!!
    Responder
  • 59
    jolis
    05/05/21
    10:47
    Título idiota, no ganó nadie no se trata de ganar o perder, Larrata va a tener q cerrar forzadamente cuando los casos se le vayan a la mierda y ambos Larrata y los 5 jinetes del Apocalipsis van a quedar más desprestigiada de lo q están ahora
    Responder
  • 58
    05/05/21
    01:55
    cuanta calentura K por un fallo ejemplar
    parece que muchos que discuten la autonomia de caba no saben leer

    inutiles lean la constitucion ... es la ley de leyes .. sin ella esto es un anarquia y los primeros que la van sufrir son uds los ks
    Responder
  • 57
    05/05/21
    01:10
    Juro que no tiene precio ver todos los trolls k violados que comentan llorando en este foro.. placer
    Responder
  • 56
    05/05/21
    01:08
    Al troll k soberano que en su posteo #43 se la da de constitucionalista ("Constitución" y "Kirchnerismo" son antónimos) le solicito por favor mencionar el artículo e inciso que menciona la aberración que el dice. Otro que sabe más que los jueces de la convención constituyente .. jajajaja que tiernis que son los trolls k
    Responder
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