El decreto ley N° 1224/58 estableció este impuesto con la intención de financiar el Fondo mediante los derechos de autor de obras caÃdas en dominio público. No obstante, este mecanismo se convirtió de forma gradual en una carga que va en contra de la esencia misma del dominio público, un espacio destinado al libre uso y disfrute de la humanidad. |
Cuando se creó el Fondo Nacional de las Artes (FNA), su noble objetivo era fomentar las actividades artÃsticas y literarias en el paÃs. Sin embargo, a lo largo de los años, hemos visto cómo su función original se desvirtuó, particularmente con la introducción del llamado "Dominio Público Pagante".
El decreto ley N° 1224/58 estableció este impuesto con la intención de financiar el Fondo mediante los derechos de autor de obras caÃdas en dominio público. No obstante, este mecanismo se convirtió de forma gradual en una carga que va en contra de la esencia misma del dominio público, un espacio destinado al libre uso y disfrute de la humanidad.
El concepto de "Dominio Público Pagante" contradice el propósito fundamental del dominio público. Este deberÃa ser un espacio liberado de monopolios, donde la sociedad puede beneficiarse libremente de obras culturales sin restricciones ni costos. Sin embargo, mediante este impuesto, se establece un tributo sobre el uso y reproducción de lo que deberÃa ser patrimonio de todos. El destinatario de dicho gravamen es el Fondo Nacional de las Artes que lo percibe a través de diferentes entidades recaudadoras como Argentores, SADAIC y otras.
Es decir, hoy, el FNA establece impuestos al desarrollo de la cultura.
El FNA, como entidad recaudadora de este impuesto, afecta los recursos asignados por presupuesto para la cultura en la Ciudad de Buenos Aires y las provincias. Teatros como el Colón y el Complejo Teatral Buenos Aires, que deberÃan ser motores culturales, se convierten en sujetos pasivos de un tributo que limita sus capacidades.
La Resolución N° 15.850/77 del FNA estableció las alÃcuotas de este impuesto, introduciendo disposiciones que son intromisiones del reglamentador en las facultades reservadas al legislador. Esta injerencia crea un escenario donde las decisiones sobre el destino de estos recursos son tomadas de manera arbitraria.
El impacto se extiende aún más al gravar entidades públicas, lo cual resulta paradójico. Organismos como el Teatro Colón o el Complejo Teatral Buenos Aires, que deberÃan recibir apoyo, son objeto de un tributo que afecta sus presupuestos.
En consecuencia, el sistema actual no solo impone un tributo a lo que es de dominio público, sino que también sustrae recursos que pertenecen a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esto va en contra de la legalidad y autonomÃa local, afectando principios constitucionales fundamentales.
Adicionalmente, cabe destacar la comisión percibida por los organismos recaudadores al cobrarle a gobiernos provinciales o locales, descontando fondos asignados para la cultura local. Este proceso de tercerización del cobro crea un cÃrculo vicioso que perjudica a las regiones.
Es imperativo reconocer la ilegalidad de este sistema y abogar por su derogación inmediata. Liberemos a la cultura de un impuesto que no solo va en contra de su esencia, sino que también perjudica su desarrollo genuino. Trabajemos por una Cultura sin impuestos, con libertad de expresión y que no limite la creatividad de nuestros artistas.
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