Senado
La Corte rechazó el pedido de Cristina para que "garantice" la constitucionalidad de sesiones online
Cuatro votos sostuvieron que era improcedente definir su constitucionalidad y Rosenkrantz se opuso in limile a la presentación de Graciana Peñafort. Se podrá votar por videoconferencia, pero con riesgo de judicialización.

La Corte suprema rechazó la presentación de Cristina Kirchner para que otorgue un pronunciamiento de certeza sobre la constitucionalidad de votar en el Congreso por teleconferencia. Consideró por mayoría que es "improcedente" pronunciarse sobre el tema y es el Senado quien debe definir su propio reglamento. 

Así señalaron cuatro de sus cinco miembros, mientras que el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, optó por rechazar "in limine" el planteo presentado hace diez días por la directora de Asuntos Jurídicos del Senado, Graciana Peñafort, quien lo había responsabilizado de congelar el expediente.  

En rigor, ante la presentación de Peñafort, el presidente de la Corte Suprema le giró el pedido al procurador Eduardo Casal, quien recomendó no hacer lugar a la solicitud por considerar que sería una interferencia de la Justicia en otro poder del Estado. El giro de las presentaciones ante el Procurador para que dictamine previo al pronunciamiento del máximo tribunal es el trámite habitual de las causas que se presentan ante la Corte Suprema.

El procurador recomendó a la Corte rechazar el pedido de Cristina

Considerando ese dictamen, la Corte resolvió por unanimidad que "el Senado tiene todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar, sin recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación; por lo cual se rechaza la acción incoada", cerraron los magistrados.

El Senado tiene todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar, sin recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación; por lo cual se rechaza la acción incoada.

Cristina Kirchner supo con el dictamen de Casal que la Corte le daría la espalda y decidió avanzar igual con las sesiones remotas en acuerdo con la oposición. "Cuando la Corte Suprema tiene la voluntad de ‘proteger y garantizar derechos'... hay caso. Claro que siempre es bueno analizar qué derechos son los que quieren proteger y garantizar", tuiteó Peñafort el martes. Aludía al proyecto para gravar altas fortunas que prepara Máximo Kirchner e intentaba una ayuda de la Corte para preservar.  

La Corte rechazó el pedido de Cristina para que "garantice" la constitucionalidad de sesiones online

Los jueces Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti argumentaron en un voto conjunto que el Senado está facultado para resolver su reglamento, como indica el artículo 66 de la Constitución, y por lo tanto no debe intervenir la justicia previamente. 

Cristina descuenta un fallo adverso y activa la pelea con la Corte

La intención de Cristina era tener una certeza de la constitucionalidad de votar en forma remota antes de hacerlo con el actual reglamento o con uno nuevo.  En su fundamentación concurrente, Horacio Rosatti aclaró que puede avanzar en cualquiera de esas decisiones. "Lo resuelto por este alto tribunal no implica avalar ni invalidar apriorísticamente ninguna norma futura que se sancione, presencial o no presencialmente", señaló. 

El primer capítulo para iniciar sesiones remotas será el martes, cuando la bicameral de trámite parlamentario debata 20 decretos de Alberto Fernández. Ese día la Cámara de Diputados aprobará en la Comisión de Modernización un protocolo para debatir y votar leyes en el recinto, con el objetivo de intentarlo la semana siguiente. 

En el Senado buscarán repicarlos acuerdos, pero la vicepresidente quería garantías de que si llegara a aprobarse una ley ningún Tribunal inferior la declarará inconstitucional. De hecho, este jueves, un comunicado de las autoridades legislativas de Cambiemos advirtió que si se modificaba el reglamento por resolución presidencial y no en el recinto habría riesgo de litigio. 

La Corte consideró que no le corresponde evitarlo con una pronunciar previa a cualquier planteo individual. Si así lo hiciera "también tendría el poder de no autorizar otras cuestiones internas del propio Senado, invadiendo así la competencia constitucional de otro Poder del Estado", aclaran en el fallo.

"La cuestión sobre el carácter presencial o remoto de las sesiones del Senado aparece, así, , como un asunto que la Constitución defirió de forma privativa y exclusiva a su prudencia política. Bajo estas consideraciones, corresponde al mandato constitucional del Senado de la Nación el arbitrar los mecanismos necesarios para facilitar la realización de su más alta razón de ser: la representación del pueblo de la Nación en la deliberación de sus asuntos que lo atraviesan como tal", sostienen. 

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  • 14
    amigazo
    25/04/20
    19:19
    Che, cipa......, ¿ te duele algo ? .... ¿ estás indigesto ? .... de esta pérdida de tiempo, motorizada para la gilada, no opino .... inútil ....
    Responder
  • 13
    ojota deportiva
    25/04/20
    16:37
    Que les pasa a LPO ... estan titulando una cosa y en la noticia se observa lo contrario...pónganse las pilas, si nos quieren tener entre sus lectores...La objetividad es un VALOR procuren tenerla
    Responder
  • 12
    informado
    25/04/20
    15:43
    #7 Cipayo, a usted no le alcanza el impuesto? Ah, perdon.
    Responder
  • 11
    soberano
    25/04/20
    15:38
    8 aflojale a la falopa ni se entienden las burradas que escribis. Ya te pareces, si es que no te reciclaron a una cebertrucha amarilla que usaba tu mismo lenguaje, podran tratar de ocultarse, pero se les ve el orillo
    Responder
  • 10
    pedrito rico
    25/04/20
    15:32
    A esta corte, en algún momento, va a haber que hacerle "una oferta imposible de rechazar". Hay antecedentes de que han dado declaraciones de certeza sin que existiera ningún caso. Legalmente tienen razón, políticamente han hecho otra cosa en el pasado. Son unos sinvergüenzas.
    Se necesitaba esta declaración de certeza (pedida con justa razón por la señora) debido a que cualquier abogado de "Clarín" (o alguno de esos patrióticos acreedores de deuda que supimos conseguir y se forraron con plata mal habida) iba a conseguir un juez venal para tirar el impuesto a los súper ricos a la basura.
    Pero además hay una terrible contradicción lógica en los planteos del partido de la muerte (el pro y sus aliados radicales), que más concretamente resulta en una paradoja:
    Dicen que están de acuerdo con las sesiones virtuales... pero exigen que para eso se modifique el reglamento con una sesión presencial.
    Para postre, tanto para Negri como para los negros jetones (también radicales) de Cornejo y Suárez Lastra (¿o Lastre?), el quórum lo pueden lograr con los legisladores que estén más cerca de Buenos Aires. O sea, que el voto de un chubutense o de un formoseño no sirve para nada, así que se pueden quedar en sus casas, lo mismo que los viejos achacosos como Menem. Díganme si eso es "democracia", como pregonan siempre estos hijos de puta.
    Responder
  • 9
    nos falta mucho
    25/04/20
    13:32
    Papi ya lo dijo el fallo....el senado puede determinar la forma en que sesiona....listo pone la carne que comemos
    Responder
  • 8
    karlomarx
    25/04/20
    11:11
    gran jugada estrategica de la lider suprema. siempre dos pasos adelante de los cipayos gorilas. Exacerbar el odio y resentimiento hacia el que tiene es la mejor forma de unir al publo. Yo como vago fracasado que no termino el secundario y aspira a un puesto municipal, me siento identificado. Ya me veo en una oficina estatal tecleando con los indices el dni de un planero. El paraiso bolivariano esta llegando.
    Responder
  • 7
    cipayo
    25/04/20
    10:12
    Fijate la obviedad del direccionamiento del informado, alias Johnny Guemes alias amigazo. Nunca tienen opinión propia esos álter egos del negeo que maneja la multicuenta villera ciberplanero , es puro relato bajado de sus jefes porque es lo que lo obligan a hacer para cobrar el ciberplan.

    No querer sesionar es una estrategia del pro para no tocar la fortuna de evasión y estafa de sus jefes
    Responder
  • 6
    guilfran
    25/04/20
    08:25
    La Corte dice que el Poder Judicial no debe decidir, quien lo debe hacer es el Senado. ¿Quién expresa la voluntad del Senado? La mayoría de los senadores. Con que la mayoría de los senadores esté dispuesto a que el Senado funcione, suficiente. Por ahora lo dirán en una sesión virtual, y luego lo ratificarán en la primera sesión presencial que haya. Mientras tanto, si hay planteos judiciales, la Corte los tiene que rechazar para ser coherente consigo misma. Se sancionarán las leyes, serán aplicadas por el Poder Ejecutivo, y ningún juez debería declararlas inconstitucional por algo que la Corte dijo que no era de su competencia. Y algo importante: la Presidente del Senado no puede modificar el reglamento, pero sí puede interpretarlo, y lo que plantea es una interpretación, no una modificación. Algunos dirán que la interpretación (que esta situación, que impide el normal funcionamiento de las instituciones, no es de gravedad institucional) no es lógica. Pero quien interpreta no es el Poder Judicial, es el Senado. Así que no se puede declarar inconstitucional una ley por ser aprobada bajo esta modalidad.
    Responder
  • 5
    informado
    24/04/20
    23:45
    Como corresponde conforme a derecho. La vieja no sabe que hacer para figurar y hace perder el tiempo a todo el mundo.
    Responder
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