Coronavirus
Confirmado: Alberto prohibió los despidos y suspensiones por 60 días
Fue anticipo de LPO. Los empresarios no podrán usar la "fuerza mayor" como argumento para despedir o suspender sin pagar salarios.

El Gobierno nacional confirmó que se prohíben, por un plazo de 60 días, los despidos y suspensiones sin goce de sueldo a raíz de "fuerza mayor", el argumento legal que las empresas tenían para flexibilizar esas medidas en medio de la crisis por el coronavirus.

La medida, que era reclamada por la CGT, había sido adelantada por Alberto Fernández a los intendentes bonaerenses, como reveló LPO.

A última hora del martes, la Casa Rosada publicó un decreto de necesidad y urgencia en el que establece la prohibición por dos meses de los despidos y suspensiones sin pago de sueldos "por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor".

El Gobierno analiza prohíbir despidos por decreto por 60 días

"Resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales", asevera la norma en sus fundamentos. En este sentido, señala que decisiones de ese tipo no serían "más que una forma de agravar en mayor medida los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar".

Para calmar a los empresarios, el Gobierno hizo trascender que va a implementar un paquete de medidas para auxiliar a las empresas y a las pymes, que incluye el pago de una parte de los salarios a firmas con hasta 100 empleados y reducción de las cargas patronales. Se trataría de un paquete de 380 mil millones de pesos.   

 Tras los dichos de Alberto, afirman que son legales las suspensiones y despidos por fuerza mayor 

Como explicó LPO, en situaciones de "fuerza mayor" como la actual en donde la cuarentena obligatoria frenó casi por completo la actividad económica, el artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo permite a los empleadores realizar despidos pagando la mitad de la indemnización y el 221 habilita a suspensiones de hasta 75 días por año sin goce de sueldo. En ambos casos, sólo tiene que justificar la "falta o disminución del trabajo" por razones no imputables a él (en este caso la pandemia) y su única obligación es comenzar los despidos o suspensiones con el empleado de menor antigüedad o menos carga de familia si el ingreso fue en el mismo semestre.

No obstante, el DNU deja claro que la prohibición no abarca a las suspensiones previstas en el artículo 223 bis de la Ley. Se trata de suspensiones donde el empleador paga una suma no remunerativa (es decir sin pagar los aportes patronales, excepto obra social) al empleado como compensación por la suspensión a causa de fuerza mayor.

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  • 10
    lagarde lito
    01/04/20
    16:44
    Alberto dale para adelante que aca estamos todos apoyandote en las decisiones.-
    Responder
  • 9
    01/04/20
    16:33
    Segui tapando el sol con la Mano alberludo
    Responder
  • 8
    euskadi
    01/04/20
    15:45
    Desde que ELLA llegó del paraíso comunista, este hombre no para de hacer y decir ridiculeces
    Responder
  • 7
    blacrock
    01/04/20
    14:43
    # a puro dnu ajajaja
    Responder
  • 6
    Jose Colella
    01/04/20
    12:40
    Que declare ilegal el coronavirus ahora.
    Responder
  • 5
    01/04/20
    12:31
    Beto si el PYME o comerciante no tiene plata no tiene plata

    Auqnue vos te canses junto a tus inutiles bu"rr"ocratas que nunca dieron laburo ni invirtieron un mango, de escribir papelitos
    Responder
  • 4
    01/04/20
    12:25
    Betito, burocrata alejado de la realidad, si el comerciante o empresario P¨YME no tiene dinero, no puede pagar sueldo ni cargas sociales

    O vos te crees que todos son bu"rr"ocratas vividores del estado como los politicos
    Responder
  • 3
    01/04/20
    12:21
    Este burocrata de ocasion, con almita estalinista, ademas de sacarnos libertad ahora quieren fundir al empresario PYME y comerciante que con su inversion y pago de impuestos le paga el sueldo

    Betito, pone un negocio, da laburo y luego opina

    Por ahora sos un fiasco, obligando a pagar a quien no tiene ingresos
    Mientras tanto, vos vivis del contribuyente, ayer, hoy y siempre
    Responder
  • 2
    01/04/20
    12:18
    Este abogadito lobista con casa prestada y que nunca dio laburo a nadie ni tampoco invirtió ni arriesgó su capital pagará los sueldos de las PYMES y comercios que no tienen ingresos.

    Que facil es ser un burocrata que no arriesga su capital, n invierte un mango

    Que facil, betito

    Pero te será dificil salir de este circo, pues lo unico que podes hacer es tener a la gente guardada

    Cuando salga y no pueda morfar por la miseria, ni caminar por la inseguridad, tu popularidad del 2 de abril, se convertirá en el 14 de junio
    Responder
  • 1
    blacrock
    01/04/20
    09:47
    Y Fidanza prohíbe los comentarios hacia su último editorial....
    Responder
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