Juego Clandestino
El procurador Casal pidió anular el fallo de la Corte de Santa Fe que favoreció a Traferri
Consideró que el fallo que defendió los fueros del senador peronista involucrado en el juego clandestino debe anularse.

 El senador peronista, Armando Traferri, acusado de ser parte de una red que administraba el juego clandestino en Santa Fe, podría perder los fueros y enfrentar las consecuencias del proceso penal que se le sigue, si prospera el pedido del procurador General de la Nación, Eduardo Casal.

Casal recomendó a la Corte Suprema que de curso favorable al recurso de queja que presentaron los fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery que lo investigaron pero nunca lo pudieron imputar por los fueros absolutos de los que gozan los legisladores santafesinos.

 [Exclusivo: La Corte Suprema comienza a tratar el desafuero del senador santafesino Armando Traferri]

El procurador sugirió a la Corte dejar sin efecto el fallo del máximo tribunal de Santa Fe que había confirmado el carácter absoluto de los fueros que protegen a los senadores santafesinos, que no pueden ser indagados ni siquiera aunque cometan un delito común, como es el juego clandestino.

Es por esto que los fiscales Schiappa Pietra y Edery, a pesar de las pruebas contundentes que aseguran tener, nunca pudieron avanzar en la investigación contra Traferri. Ante la decisión del máximo tribunal santafesino, apelaron en queja ante la Corte Suprema de la Nación. No es un secreto que Traferri con largos años en el Senado provincial anudó excelentes relaciones al máximo nivel de la justicia de su provincia.

El procurador sugirió a la Corte dejar sin efecto el fallo del máximo tribunal de Santa Fe que había confirmado el carácter absoluto de los fueros que protegen a los senadores santafesinos, que no pueden ser indagados ni siquiera aunque cometan un delito común, como es el juego clandestino.

Es que como contó LPO, la causa del Juego Clandestino dejó al descubieron una oscura trama de connivencia política, judicial y policial con reconocidos actores del crimen organizado cobrándose la carrera del ex jefe de fiscales de Rosario, Patricio Serjal y del ex fiscal subalterno, Gustavo Ponce Asahad. Además, fue sancionada la fiscal de San Lorenzo, Melisa Serena. San Lorenzo es la ciudad de Traferri, de la que supo ser intendente.

Además, fue detenido el ex diputado Darío Scataglini y luego pudo salir en libertad tras pagar una fianza de 41 millones de pesos. Su participación en la red quedó comprobada cuando se peritó el teléfono de Leonardo Peiti, el zar de los casinos ilegales. Los fiscales sostienen que Peiti pretendía que estos legisladores lo ayudaran a conseguir habilitaciones para sus salas. Este empresario logró una pena reducida tras declarar como arrepentido.

El procurador Eduardo Casal junto al gobernador Omar Perotti

Traferri no es un senador más. Es el líder de un grupo de senadores que alcanzó un poder territorial determinante, al punto que impusieron al gobernador Omar Perotti a la ex jueza Alejandra Rodenas como compañera de fórmula. Una vez que Perotti asumió no quiso ceder a los pedidos de espacios de poder de ese grupo y estalló un conflicto político que le consumió buena parte de su mandato.

Traferri logró no sólo que el Senado provincial se negara a votar su desafuero, con el apoyo de peronistas y radicales, sino que además la Corte Suprema de Santa Fe fallara en contra de la Cámara de Apelaciones que había dicho que los fiscales podían imputarlo, al considerar que los fueros absolutos contemplados en la Constitución provincial exceden la legislación federal.  

Ahora, Casal emitió una resolución que puede terminar complicando la situación de Traferri al "hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada", según sostiene el texto de su resolución (ver documento adjunto).

Traferri no es un senador más. Es el líder de un grupo de senadores que alcanzó un poder territorial determinante, al punto que impusieron al gobernador Omar Perotti a la ex jueza Alejandra Rodenas como compañera de fórmula. 

En su dictamen el procurador interino no aborda la cuestión de fondo, que será competencia de la Corte, sino que hace eje en una cuestión procesal que puso en jaque el fallo de los magistrados santafesinos. Casal encuentra que en el mismo, "no se puede asegurar que exista una clara y explícita mayoría de fundamentos concordantes", porque encuentra que en los cinco de los seis votos que benefician al senador (Daniel Erbetta defendió la posibilidad de que Traferri sea imputado) se sostienen sobre tres fundamentaciones que hacen del fallo al menos confuso: 

 "Dos jueces del tribunal superior se pronunciaron sin más por la validez del régimen de inmunidades tal como se encuentra previsto en el orden local (Gutiérrez y Spuler)", sostiene Casal y aclara que otros dos jueces (Falistocco y Netri) sostienen que "la inmunidad de proceso relativa que rige en la provincia no impedía citar al legislador a la audiencia imputativa, sino que era la inmunidad de arresto la que en todo caso podía impedir la celebración de esa audiencia en el caso de que el legislador se negare a concurrir voluntariamente".

Los fiscales que investigaron a Traferri: Matías Edery y Luis Schiappa Pietra

La tercera posición a favor de Traferri la plasmó María Angélica Gastaldi, al sostener que "el órgano acusador no sólo citó al legislador para formularle cargos, sino que el acto se cumplió", relata el procurador y recuerda que los fiscales Edery y Schiappa Pietra consideraron nulo ese voto "por invocar elementos probatorios que no estaban incorporados al expediente y que se desconoce cómo llegaron a la vista del tribunal".

En efecto, como publicó en exclusiva LPO, los fiscales se refirieron a la versión taquigráfica de la presentación de los fiscales ante el Senado provincial en la que solicitaron el desafuero y a la que nunca pudieron acceder, por decisión de la presidenta del cuerpo, la mencionada vicegobernadora Alejandra Rodenas. Su inquietud es como hizo Gastaldi para acceder a la misma.

Exclusivo: El fallo de la jueza Gastaldi que favoreció a Traferri expone la relación de la Corte de Santa Fe con el senador

En definitiva, lo que argumenta Casal es que la Corte de Santa Fe emitió un fallo que "no exhibe una coincidencia mayoritaria sustancial sobre los fundamentos que dan apoyo a la decisión que el tribunal adopta, por lo que opino que corresponde descalificarla y ordenar el dictado de una nueva en el sentido dispuesto". 

 Casal argumentó que la Corte de Santa Fe emitió una sentencia que no exhibe una coincidencia mayoritaria sustancial sobre la vigencia de los fueros absolutos de Traferri, por lo que corresponde descalificarla y ordenar el dictado de una nueva.

En otras palabras, Casal sostiene que los cinco votos de los magistrados santafesinos que dicen avalar le constitucionalidad de los fueros absolutos que impiden que Traferri sea imputado, cuando se leen sus fundamentos se desprende otra conclusión y aclara que "los tribunales colegiados no pueden concebirse como una colección o sumatoria de opiniones individuales y aisladas" sino que la validez depende de que también "ostente una sustancial coincidencia en sus fundamentos".

En consecuencia recomienda a la Corte Suprema, hacer lugar a la queja interpuesta por los fiscales Edery y Schiappa Pietra y dejar sin efecto la sentencia de los jueces santafesinos.

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  • 1
    kristianconk
    17/03/23
    12:38
    EL TURRO CASAL, PUESTO A DEDO X EL CONTRABANDISTA (Y AVALADO X EL OKUPA) PRETENDE PASARSE X EL ORTO LA CONSTITUCION PROVINCIAL, AL MISMO TIEMPO Q LABURA FULL TIME PARA GARANTIZARLE IMPUNIDAD AL MACRISMO

    C.P. Santa Fe

    ARTICULO 51. Ningún miembro de ambas Cámaras puede ser acusado, perseguido o molestado por las opiniones o los votos que emita en el ejercicio de
    sus funciones.
    Sin autorización de la Cámara a que pertenece, acordada por dos tercios de los votos de los presentes, no puede ser sometido a proceso penal.
    Sin la misma autorización tampoco puede ser detenido, o de alguna
    manera restringido en su libertad personal, salvo si es sorprendido en el acto
    de cometer un delito que no fuere excarcelable, en cuyo caso se comunicará
    a la Cámara respectiva, con sumaria información del hecho, a fin que resuelva
    sobre la inmunidad del detenido.
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