Javier Milei y Federico Sturzenegger lanzaron un inédito desafÃo a los gremios y avanzaron fuerte para limitar el derecho a huelga de prácticamente todas las actividades.
A través de un DNU que en apariencia tiene como objetivo principal la desregulación de la marina mercante, el gobierno escondió una reforma laboral más agresiva aún que la que contenÃa el DNU 70 y que fue frenada por el fuero laboral.
El artÃculo número 3 del DNU 340 modifica el artÃculo 24 de la Ley N° 25.877, que refiere a los conflictos colectivos, y amplÃa las actividades consideradas esenciales, es decir las que deben garantizar una prestación mÃnima en caso de huelga.
"Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantÃas de prestación de servicios mÃnimos", establece la nueva norma. Los servicios esenciales deben garantizar una prestación mÃnima del 75% y las actividades o servicios de importancia trascendental un 50%.
Luego, detalla los servicios considerados esenciales, ampliando la lista que regÃa hasta hoy. Los incluidos son "los servicios sanitarios y hospitalarios, asà como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos"; "la producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energÃa eléctrica"; "los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales"; "la aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios"; "los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior"; "el cuidado de menores y educación de niveles guarderÃa, preescolar, primario y secundario, asà como la educación especial"; y "el transporte marÃtimo y fluvial de personas y/o mercaderÃas y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera".
En las actividades de importancia trascendental el abanico es muy amplio e incluye prácticamente a todas las actividades. En caso de quedar afuera, el gobierno se reserva la posibilidad de ampliar el listado.
Las mencionadas en el decreto son "la producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios"; "el transporte terrestre y subterráneo de personas y/o mercaderÃas"; "los servicios de radio y televisión"; "las actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, actividad quÃmica y la actividad cementera"; "la industria alimenticia en toda su cadena de valor"; "la producción y distribución de materiales de la construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logÃsticos, actividad minera, actividad frigorÃfica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor"; "los servicios bancarios, financieros, servicios hoteleros y gastronómicos y el comercio electrónico; y "la producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación".
Como si fuera poco ese abanico, habrá una comisión que podrá calificar como servicio esencial o servicio de importancia trascendental una actividad no incluida cuando, por ejemplo, pueda "afectar metas de recaudación asociadas a las polÃticas de equilibrio fiscal".
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La gente muestra su apoyo con el voto.
Luego Peluca va cumpliendo todo lo que prometió.
Al que no le guste la Argentina Mileista, que se tome el palo. La puerta está abierta.
Qué país lleno de forros que hemos terminado siendo!
Después no te quejes si te pagan dos mangos con 50.
En Egipto el salario mínimo son u$s30.
Vamos a terminar siendo eso.
Se creen muy intocables. Como esto diga así llegará el día que se den cuenta que no lo son.
Qué hay que hacer? no comprarles.
EN LA CONST. DEL 49 NO ESTABA EL DERECHO A HUELGA, ESO ES UN INVENTO DE LA SINARQUÍA INTERNACIONAL