Editorial
Una propuesta para una nueva Constitución
Por Pedro Romero y José Romero
Una democracia que no escucha, simula participación que se refleja en la alta inasistencia a las urnas y mala imagen de las instituciones.

 a.- El escenario.

La creciente desconfianza ciudadana hacia las instituciones, la baja participación electoral, el predominio de candidaturas "de imagen", la fragmentación de las identidades políticas conforme las conveniencias electorales o la multiplicación de formas paralelas de representación son solo algunas de las dificultades que afronta la representación democrática. En algunos casos, los síntomas aparecen con tanta fortaleza que algunas visiones apocalípticas llegan a sostener que nos enfrentamos al colapso mismo de la democracia. Sin desconocer el profundo debate teórico que la propia Ciencia Política ha dado en las últimas dos décadas sobre "las crisis y salidas" de la vida democrática; partimos de la idea de reconocer una transformación profunda que afecta sus formas de legitimidad, mediación y participación. La crisis de representación democrática no es solo institucional; es afectiva, simbólica y cultural. No hablamos de colapso democrático pero si de transformación. Ante ello, el desafío de reconstruir vínculos entre ciudadanía e instituciones resulta prioritario. Si no pensamos en una nueva institucionalidad que garantice y consagre el derecho a ser escuchado, difícilmente logremos construir una democracia robusta con nuevas formas de mediación, inclusión y sentido colectivo

b.- La justificación:

Nuestra propuesta de institucionalizar la escucha no es trasladar el poder a la calle ni entregar el gobierno a la opinión instantánea. Es crear condiciones estructurales para que la palabra de la sociedad tenga incidencia real, con criterios, tiempos, devoluciones y límites. Es fortalecer la autoridad política sin autoritarismo, y permitir que el Estado represente sin silenciar. Establecer la escucha con rango constitucional es, en última instancia, un gesto de renovación institucional, de sensibilidad republicana y de madurez democrática.

La reforma de la Constitución está obligada por esencia a promover y renovar la democracia que la sustenta, en tanto que:

1- Una democracia que no escucha, simula participación: en una época de saturación discursiva, redes sociales y polarización, escuchar se vuelve un acto político radical. La escucha no es pasividad: es reconocimiento del otro, condición de toda legitimidad institucional. Constitucionalizar la escucha implica exigir al Estado una ética de la recepción y procesos reales de participación ciudadana.

2- La escucha es una competencia transformadora: no se trata de una técnica comunicacional sino una pedagogía del vínculo, una forma de alojar subjetividades y acompañar procesos. Un sistema diseñado para hablar sin escuchar produce ciudadanos incapaces de convivir.

3- La escucha como garantía de derechos: El derecho a ser escuchado está presente en tratados internacionales (Convención sobre los Derechos del Niño, art. 12), pero rara vez es efectivo si no hay una cultura institucional que lo sostenga. Escuchar es condición de acceso a la justicia, de prevención de violencias, de reparación de desigualdades y de construcción de políticas públicas legítimas.

4- Elevar a rango constitucional la competencia de escuchar implica cambiar el modo de hacer Estado: Ya no alcanza con consultar o recibir opiniones. Las instituciones deben formarse en la escucha como parte de su deber de representación. La escucha activa implica reconocer las múltiples voces, especialmente aquellas que han sido históricamente o coyunturalmente silenciadas

c.- Artículo propuesto

Título sugerido: Del derecho a ser escuchado y de la competencia de la escucha activa como fundamento de la vida democrática

Artículo:

Toda persona tiene derecho a ser escuchada por las instituciones del Estado provincial en todos sus poderes y estamentos. La Provincia reconoce a la escucha activa, empática y responsable como una competencia pública esencial para el ejercicio de la ciudadanía, la construcción democrática y la garantía de derechos.

Los poderes del Estado Provincial estarán obligados a desarrollar dispositivos y entornos institucionales que favorezcan la escucha respetuosa, la participación plural y el reconocimiento de la palabra del otro como condición de justicia y dignidad.

d.- Cuatro claves interpretativas

1.- La escucha no es lo mismo que la decisión directa

Escuchar es abrir procesos, no delegar el gobierno. Implica dar lugar al otro, no ceder la responsabilidad del Estado.

2. La escucha se valida en sí misma y no por la adhesión

Un proceso de escucha es legítimo no si confirma lo que el poder quería oír, sino si abre conflicto, revisa diagnósticos y permite nuevas decisiones.

3. Escuchar no es prometer ni complacer, es reconocer

No toda demanda debe ser satisfecha, pero toda palabra debe ser considerada. La escucha institucional requiere criterios de priorización, devolución y transparencia.

4. La escucha sin devolución se vuelve cínica

Escuchar debe implicar un acto de retorno: informar lo escuchado, explicar lo decidido, justificar lo que no se pudo hacer.

e.- Prospectiva programática para la escucha democrática.

1. Mesas de escucha ciudadana por región o sector

· Formatos periódicos, abiertos y temáticamente focalizados (ej. salud, educación, hábitat).

· Con moderación profesional y síntesis pública publicada en tiempo real.

2.- Audiencias públicas con compromiso deliberativo

  • Obligatorias para ciertos temas sensibles (justicia, seguridad,ambientales, urbanísticos, educativos).
  • La administración debe expresar por escrito cómo incorporó -o por qué descartó- los aportes recibidos.

3. Sistemas de mediación y escucha en las escuelas y hospitales

  • Equipos de "escucha activa institucional" para estudiantes, docentes, pacientes y profesionales.
  • Estos equipos pueden elevar informes de clima social al ministerio correspondiente.

4. Presupuestos participativos deliberativos

  • Instancias donde comunidades debaten prioridades de inversión.
  • No votación abierta sin discusión, sino procesos guiados por facilitadores deliberativos.

5. Informe anual de Escucha Pública

  • Publicado por la Defensoría del Pueblo o una nueva Agencia de Escucha Democrática, con el resumen de voces, reclamos, sugerencias y respuestas institucionales.
  • Contenido enviado a la Legislatura y obligatorio de ser leído en sesión pública.

6. Protocolo de devolución pública

  • Todo funcionario que abra un espacio de consulta ciudadana debe cumplir un protocolo de respuesta: ¿Qué se escuchó? ¿Qué se decidió? ¿Qué no se pudo hacer y por qué?

7. Formación obligatoria en escucha para funcionarios públicos

  • En todos los niveles de la administración: cursos, talleres y formación en ética de la escucha, diálogo plural, atención a la alteridad y gestión de la palabra pública.
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