La Corte le puso un límite a Cristina: Anuló la elección de consejeros
La Corte Suprema desafió las amenazas de la Presidenta y volteó el corazón de la reforma judicial. Anuló las elecciones para consejeros de la Magistratura y la elección y remoción por simple mayoría de los jueces. Además, cuestionó duramente al kirchnerismo por haber aprobado una elección a su medida. Dejó vigente las primarias.
La Corte Suprema de Justicia se puso los pantalones largos y en un fallo muy sólido –que contó con el único voto en disidencia del kirchnerista Raúl Zaffaroni- hizo una encendida defensa del sistema republicano de gObierno que plantea la Constitución Nacional, que el Gobierno intentó distorsionar a través de su reforma judicial.

En el acuerdo de este martes, que comenzó a trascender poco después de las 15, la Corte declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2º, 4º, 18 y 30 de la ley 26.855, que intentó supeditar al Poder Judicial al Poder Ejecutivo, planteando la elección popular de los integrantes del Consejo de la Magistratura y la remoción y designación de jueces por simple mayoría.

La Corte también anuló el decreto 577/13, que convocó a elecciones de consejeros, pero aclaró explícitamente que siguen vigentes las primarias para todas las categorías en juego en las elecciones nacionales de octubre.

El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda (voto mayoritario), Enrique Petracchi y Carmen Argibay (voto concurrente) y Raúl Zaffaroni (en disidencia), en la causa que inició el titular del Colegio de Abogados, Jorge Rizzo, que llegó a la Corte por la vía del per saltum, luego d eun duro pronunciamiento en el mismo sentido de la jueza federal con competencia electoral, María Servini de Cubría.

Se trata de una formidable derrota política de Cristina Kirchner a la que fue empujada por La Cámpora y sus “estrategas” judiciales, Mariano Recalde, Eduardo “Wado” de Pedro y Julián Alvarez, que creyeron encontrar en esta reforma un atajo milagroso para lograr en la justicia una influencia que no supieron construir.

Con el agravante que lograron enemistar a buena parte de los jueces con el Gobierno, como se puede observar en la sucesión de fallos contrarios a sus pretensiones de los últimos tiempos, en una escalada que acaso después de octubre se agudice.

Sin mencionar el daño que le causaron a la imagen de la Presidenta –una política que llegó donde llegó ganando elecciones libres- al llevarla a defender una iniciativa que claramente violaba la división de poderes y la esencia del sistema republicano que rige a la Argentina y la mayoría de las democracias avanzadas del planeta.

La propia Cristina ya tenía la información del fallo contrario, porque antes que se conociera lanzó una sucesión de tuits muy agresivos hacia la justicia, repitiendo la reacción que tuvo poco antes que se conociera el pronunciamiento de Servini de Cubría.

El Gobierno se metió solito en este callejón sin salida y replicando su incapacidad para negociar, intentó imponer a la Justicia y a la Corte Suprema su propio harakiri, con el resultado que esta a la vista.

De hecho, en la Casa Rosada los sectores más sensatos ya descontaban este final. El per saltum fue parte de esa resignación. Consultas previas con la Cámara nacional Electoral recibieron una respuesta tajante: “Vamos a ratificar en todo el fallo de Servini”. Se resolvió entonces abreviar los malos tragos y pasar directo a la Corte.

El fallo

El fallo además de declarar inconstitucional la parte de la reforma que disponía la integración del Consejo de la Magistratura mediante listas de candidatos que iban pegados a las boletas de las presidenciales –y por única vez en este caso a las de legisladores-, se cuidó de anular explícitamente la parte de la norma que disponía que los jueces podían nombrarse y destituirse por simple mayoría.

En rigor se trata de dos piezas que se encastran con el mismo objetivo: Lograr que aquel que gana las elecciones presidenciales tenga en un puño al poder judicial.

Por ello la Corte afirmó en su fallo: “Disponer que en los puntos regidos por las normas declaradas inconstitucionales e inaplicables, mantendrá su vigencia el régimen anterior”.

Y para evitar que se la acuse de propiciar un conflicto de poderes o inmiscuirse en el proceso electoral, se cuido de aclarar que “lo resuelto no implica afectación alguna del proceso electoral para los cargos de diputados y senadores nacionales establecido en el decreto 501/13”.

Como eras previsible los jueces reivindicaron en el fallo que el constrol de constitucionalidad está en su manos, según reza la Carta Magna, y recordaron en un mensaje al kirchnerismo que esa facultad “es lo que permitió que se declarara la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y de Punto Final que impedían juzgar las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar”.

Una manera de decirle al kirchnerismo “si ustedes celebraron que declaremos inconstitucional esas leyes, ahora deben aceptar que lo hagamos con esta”.

Las críticas

En su parte más dogmática, el fallo de la Corte fue muy duro con el kirchnerismo, caracterizando su iniciativa como un intento liso y llano de derivar la división de poderes y avanzar sobre los derechos de los ciudadanos.

Le recordaron a la Casa Rosada que “el reconocimiento de derechos ha sido posible porque nuestra Constitución busca equilibrar el poder para limitarlo”. 


De manera que “no es posible que bajo la invocación de la defensa de la voluntad popular, pueda propugnarse el desconocimiento del orden jurídico, puesto que nada contraría más los intereses del pueblo que la propia transgresión constitucional”.


La recurrencia al concepto de “límite” en el fallo parece además un mensaje directo a la Presidenta. “Los poderes son limitados; si se quiere cambiar eso, hay que modificar la Constitución”, señalaron los jueces y remarcaron que “dentro de la Constitución, ningún departamento del gobierno puede ejercer lícitamente otras facultades que las que le han sido acordadas expresamente”, lo que ubica a la iniciativa cercana a la traición a la patria, como oportunamente señaló la diputada Lilita Carrió, apoyándose en lo que reza la propia carta magna.

Para luego invocar la figura de abuso de poder y poner a los jueces como última garantía para evitarlo, un concepto casi tan viejo como la idea de República. “Los jueces deben actuar en todo momento en forma independiente e imparcial, como custodios de estos derechos y principios a fin de no dejar desprotegidos a todos los habitantes de la Nación frente a los abusos de los poderes públicos o fácticos”, le recordaron los integrantes de la Corte Suprema a Cristina.

El rechazo a la elección “popular”

La Corte se encargó también de explicitar porque la idea kirchnerista de una elección “popular” de los consejeros viola la Constitución. “Las personas que integran el Consejo lo hacen en nombre y por mandato de cada uno de los estamentos indicados, lo que supone inexorablemente su elección por los integrantes de esos sectores. En consecuencia, el precepto no contempla la posibilidad de que los consejeros puedan ser elegidos por el voto popular ya que, si así ocurriera, dejarían de ser representantes del sector para convertirse en representantes del cuerpo electoral”.


Y regresando a las lecciones más elementales de derecho constitucional, le recordaron al Gobierno que “El equilibrio significa “contrapeso, contrarresto, armonía entre cosas diversas”. Es decir que “la inserción del Consejo de la Magistratura como autoridad de la Nación ha tenido por finalidad principal despolitizar parcialmente el procedimiento” para elegir y remover jueces.

Buecando “un modelo intermedio en que los poderes democráticos retengan una importante injerencia en el proceso de designación de los jueces, pero en el que simultáneamente –por participación de los propios jueces en el gobierno de la magistratura y por participación de estamentos vinculados con la actividad forense u otras personas– el sistema judicial esté gobernado con pluralismo aunque sin transferir a quienes no tienen la representación popular la totalidad de los poderes propios distintos de los que le son específicamente propios del sistema judicial, que son los de dictar sentencias, esto es, resolver casos contenciosos”.

“No se registran antecedentes en los que el Poder Legislativo haya creado un cargo de autoridades de la Nación adicional a los que se establecen en el texto constitucional, sometiéndolo al sufragio universal”, señalaron los jueces y subrayaron: “El Poder Judicial tiene la legitimidad democrática que le da la Constitución Nacional, que no se deriva de la elección directa”.

Y en una enumeración lapidaria agregaron: “La ley resulta inconstitucional en cuanto: a) rompe el equilibrio al disponer que la totalidad de los miembros del Consejo resulte directa o indirectamente emergente del sistema político-partidario, b) desconoce el principio de representación de los estamentos técnicos al establecer la elección directa de jueces, abogados, académicos y científicos, c) compromete la independencia judicial al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria, y d) vulnera el ejercicio de los derechos de los ciudadanos al distorsionar el proceso electoral”. 


“Directa o indirectamente, la totalidad de los integrantes del Consejo tendría un origen político-partidario”, señalaron los magistrados, lo que lleva a desconocer “las garantías que aseguran la independencia del Poder Judicial frente a los intereses del Poder Ejecutivo, del Congreso o de otros factores de poder, en la medida en que obliga al juez que aspira a ser consejero a optar por un partido político”.

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  • 13
    Marcelo
    04/08/13
    12:43
    No existe retórica más convincente que intente justificar la invasión al poder judicial que, por más falencias que tenga, no debe ser usurpado por el poder político. Es la única manera de que perdure en el tiempo la garantía de un país equilibrado...
    Responder
  • 12
    ES JUSTICIA
    19/06/13
    12:22
    AHORA LA SRA. KRETINA TIENE KE ESTUDIAR LA CONSTITUCION NACIONAL, KOMO NO SE RECIBIO DE ABOGADA TIENE ASIGNATURA PENDIENTE POR FIN EN 10 AÑOS SE HIZO "JUSTICIA"
    Responder
  • 11
    Andres
    19/06/13
    11:42
    El pueblo pierde ante la justicia, como ante el poder

    He tomado el título de un ensayo de Dominique Lecourt ("La Crisis del Estado Capitalista"; Recopilación de Nikos Poulantzas; ed. Siglo XXI, Buenos Aires, 1982), donde el autor afirma que "…desde el mítico proceso de Edipo hasta nuestros días, el pueblo siempre ha perdido en sus enfrentamientos ante la justicia como ante el poder…"

    El fallo (de mayoría) de la Corte Suprema de Justicia ha hecho prevalecer los intereses de las corporaciones –particularmente la de los jueces–, por sobre la soberanía popular (art. 33, C.N.), sustento de todo derecho, explícito e implícito. Recordemos que la Nación Argentina adopta la forma representativa, republicana y federal de gobierno (art. 1, C.N.), por lo que todo poder emana del pueblo y si ese pueblo no puede gobernar por sí sino a través de sus representantes, por qué privarle de la posibilidad de elegir sus representantes en un órgano esencialmente político, como es el Consejo de la Magistratura, que no dicta pronunciamientos sobre causa alguna, toda vez que no integra el Poder Judicial.

    Paradojalmente, el voto de mayoría de la Corte Suprema, ve en el voto popular una extralimitación del Poder Legislativo que convoca a que ejerza el poder supremo de erigirse contra una ley de la Nación, disponiendo esa Corte Suprema que todo siga como está; esto es, estancado por diferencias políticas y sin cumplir cometido alguno que se corresponda con las incumbencias constitucionales que le asigna la Ley de Leyes al Consejo de la Magistratura (art. 114, C.N.).

    Peor aún, el voto de mayoría de la Corte Suprema se erige en intérprete de los debates de la Convención Constituyente (año 1994), haciendo caso omiso de la clara delegación que el art. 114 de la C.N. establece para que la ley del Congreso determine la forma de la representación de los estamentos y su integración equilibrada. El voto en disidencia del Dr. Raúl Zaffaroni, que participó activamente del debate en Comisión del proyecto de creación del Consejo de la Magistratura, deja señalado que la delegación efectuada por la Constitución a favor de la futura ley del Poder Legislativo, impide considerar inconstitucional que esa representación se ejerza por el voto popular, y hace propias las consideraciones del Dictamen de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, que se pronunció a favor del voto popular de las respectivas representaciones.

    El fallo deja señalado que el camino para establecer la representación popular pasa por una Reforma Constitucional, haciendo ver –lo que es así–, que no hay mecanismo institucional de revisión de su decisorio.

    Por ello, el pueblo de la Nación Argentina, en la futura convocatoria electoral de agosto y octubre de 2013, para renovar mandatos de senadores y diputados, deberá pensar en dotar al Congreso de la Nación de las mayorías necesarias para posibilitar una Reforma Constitucional que no sólo revise el deficiente funcionamiento de la administración de justicia, sino que dicte una Constitución que sea marco y soporte normativo/institucional de las transformaciones que viven los pueblos de Latinoamérica y el Caribe, y que se sintetizan en el enunciado ejercicio pleno del derecho de autodeterminación, con independencia económica.

    Eduardo Barcesat

    MIENTRAS UN GRUPO OPOSITORES SE ALEGRAN CON EL FALLO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, EL PUEBLO VIELVE A PERDER FRENTE A UNA CORTE CORRUPTA, QUE VIOLA LAS LEYES EMANADAS POR EL CONGRESO NACIONAL. ESPERO QUE EL PUEBLO TOME CONCIENCIA Y CON SU VOTO DERROTE ESTA CORRUPCION QUE SE APODERO DE LA CORTE Y DE LOS OPOSITORES, QUE NI QUIEREN QUE EL PUEBLO VOTE A LOS CONSEJEROS DE LA MAGISTRATURA, ES LA UNICA FORMA DE ELIMINAR LA CORRUPCION DE LA JUSTICIA. CON EL VOTO DE TODOS DERROTEMOS A ESTOS MAFIOSOS. Y SE HARA JUSTICIA EN UNA DEMOCRACIA ELEGIDA POR EL PUEBLO..
    Responder
  • 10
    Andres
    19/06/13
    11:40
    El pueblo pierde ante la justicia, como ante el poder

    He tomado el título de un ensayo de Dominique Lecourt ("La Crisis del Estado Capitalista"; Recopilación de Nikos Poulantzas; ed. Siglo XXI, Buenos Aires, 1982), donde el autor afirma que "…desde el mítico proceso de Edipo hasta nuestros días, el pueblo siempre ha perdido en sus enfrentamientos ante la justicia como ante el poder…"

    El fallo (de mayoría) de la Corte Suprema de Justicia ha hecho prevalecer los intereses de las corporaciones –particularmente la de los jueces–, por sobre la soberanía popular (art. 33, C.N.), sustento de todo derecho, explícito e implícito. Recordemos que la Nación Argentina adopta la forma representativa, republicana y federal de gobierno (art. 1, C.N.), por lo que todo poder emana del pueblo y si ese pueblo no puede gobernar por sí sino a través de sus representantes, por qué privarle de la posibilidad de elegir sus representantes en un órgano esencialmente político, como es el Consejo de la Magistratura, que no dicta pronunciamientos sobre causa alguna, toda vez que no integra el Poder Judicial.

    Paradojalmente, el voto de mayoría de la Corte Suprema, ve en el voto popular una extralimitación del Poder Legislativo que convoca a que ejerza el poder supremo de erigirse contra una ley de la Nación, disponiendo esa Corte Suprema que todo siga como está; esto es, estancado por diferencias políticas y sin cumplir cometido alguno que se corresponda con las incumbencias constitucionales que le asigna la Ley de Leyes al Consejo de la Magistratura (art. 114, C.N.).

    Peor aún, el voto de mayoría de la Corte Suprema se erige en intérprete de los debates de la Convención Constituyente (año 1994), haciendo caso omiso de la clara delegación que el art. 114 de la C.N. establece para que la ley del Congreso determine la forma de la representación de los estamentos y su integración equilibrada. El voto en disidencia del Dr. Raúl Zaffaroni, que participó activamente del debate en Comisión del proyecto de creación del Consejo de la Magistratura, deja señalado que la delegación efectuada por la Constitución a favor de la futura ley del Poder Legislativo, impide considerar inconstitucional que esa representación se ejerza por el voto popular, y hace propias las consideraciones del Dictamen de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, que se pronunció a favor del voto popular de las respectivas representaciones.

    El fallo deja señalado que el camino para establecer la representación popular pasa por una Reforma Constitucional, haciendo ver –lo que es así–, que no hay mecanismo institucional de revisión de su decisorio.

    Por ello, el pueblo de la Nación Argentina, en la futura convocatoria electoral de agosto y octubre de 2013, para renovar mandatos de senadores y diputados, deberá pensar en dotar al Congreso de la Nación de las mayorías necesarias para posibilitar una Reforma Constitucional que no sólo revise el deficiente funcionamiento de la administración de justicia, sino que dicte una Constitución que sea marco y soporte normativo/institucional de las transformaciones que viven los pueblos de Latinoamérica y el Caribe, y que se sintetizan en el enunciado ejercicio pleno del derecho de autodeterminación, con independencia económica.

    Eduardo Barcesat

    MIENTRAS UN GRUPO OPOSITORES SE ALEGRAN CON EL FALLO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, EL PUEBLO VIELVE A PERDER FRENTE A UNA CORTE CORRUPTA, QUE VIOLA LAS LEYES EMANADAS POR EL CONGRESO NACIONAL. ESPERO QUE EL PUEBLO TOME CONCIENCIA Y CON SU VOTO DERROTE ESTA CORRUPCION QUE SE APODERO DE LA CORTE Y DE LOS OPOSITORES, QUE NI QUIEREN QUE EL PUEBLO VOTE A LOS CONSEJEROS DE LA MAGISTRATURA, ES LA UNICA FORMA DE ELIMINAR LA CORRUPCION DE LA JUSTICIA. CON EL VOTO DE TODOS DERROTEMOS A ESTOS MAFIOSOS. Y SE HARA JUSTICIA EN UNA DEMOCRACIA ELEGIDA POR EL PUEBLO..
    Responder
  • 9
    Maritu
    19/06/13
    10:34
    Todavía queda pendiente una ley que es tan o más pelogrosa, y con mucho mayor impacto en el ciudadano común, que es la que limita las cautelares contra el gobierno, perdón, el Estado. Ojo con eso.
    Responder
  • 8
    Mamerto
    19/06/13
    07:32
    VAMOS ARGENTINA TODAVIA !!!! VIVA LA DEMOCRACIA!!!!!
    AHORA VEREMOS QUE ARTIMANAS UTILIZARAN PARA TRATAR DE OBTENER LA IMPUNIDAD !!!!
    KRETI DEBE ESTAR MAS QUE AL BORDE DE UN ATAQUE DE NERVIOS!!!! ESTA NERVIOSHAAAA Y SUPERMEDICADA !!!
    Responder
  • 7
    k-go
    18/06/13
    22:23
    KAGO LA KORPORACION KK
    Responder
  • 6
    Carlos
    18/06/13
    20:34
    SE LES CAYÓ LA ESTANTERÍA !!!!!! JA JA JA. SON UNOS INÚTILES !!!!!! LA TIENEN ADENTRO !!!!!!!!
    Responder
  • 5
    VICTORIA ARGENTINA
    18/06/13
    20:28
    El fallo de la Corte contra las pretendidas reformas al consejo de la Magistratura, significa una VICTORIA DE ARGENTINA a pocos días de celebrar la fecha de NUESTRA INDEPENDENCIA. Independencia que no solo se logra y mantiene cuando contamos con una autonomia como país por sobre el pretendido dominio de un extranjero, sino cuando podemos manifestarnos y resistir el pretendido DOMINIO INTERNO de quienes pretende sojuzgar a todo un pueblo, al igual que en los casos de muchos países americanos ( léase Venezuela, Ecuador, etc ). Si bien como pueblo no somos más que ellos, quiero creer que tampoco hemos llegado tan bajo, para que un grupo de mequetrefes nos impongan y condiciones nuestra ganada forma de vida.
    Responder
  • 4
    Lotto
    18/06/13
    20:21
    Me parece muy bien. Argentina ya paso la dictadura militar, no debemos dejar que entre la dictadura ni de K ni de ninguno.(o ninguna)
    Responder
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