07 de mayo, 2024
Un proyecto de avanzada en la protección del periodismo y los medios
El decreto que firmó Mauricio Macri para proteger la libertad de prensa en la Ciudad de Buenos Aires, amplía de manera notable la protección de los periodistas. Además prohíbe la intervención o expropiación de medios. Qué dicen los artículos más importantes.
El decreto de necesidad y urgencia número dos que firmaron hoy Mauricio Macri y todos sus ministros y que próximamente la Legislatura podría convertir en ley, contiene una normativa de avanzada en la protección de los periodistas, los medios y el ejercicio de la libertad de prensa.
Para respaldar esta norma, Macri se basó en los artículos de la Constitución Nacional que protegen la libertad de prensa y expresión y en aquellos que garantizan la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
También se apoyó en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica –que desde la reforma de 1994 tiene rango constitucional- y en la propia Constitución porteña, sobre todo en el art. 47 que emplaza al Gobierno de la Ciudad a velar por la libertad de expresión y el libre ejercicio de la prensa.
“No hay democracia sin libertad de expresión, ni libertad de expresión sin libertad de prensa”, dice el decreto en una de las frases más logradas de los considerandos, en los que no se soslaya la situación amenazante que vive el periodismo.
“Las amenazas y hostigamientos a que han sido sometidos periodistas y medios de comunicación, evidencian una situación de peligro inminente para una de las más importantes libertades que garantizan el Estado de Derecho”, agrega el texto que entiende que ante esta situación “resulta imperioso que en forma urgente se dicte un régimen legal de defensa y resguardo de la libertad de expresión”.
Bautizado como Régimen de Defensa de la Libertad de Expresión, la norma propuesta contiene 26 artículos, es de fácil lectura y muy clara y concisa en sus formulaciones, que entroncan con la más saludable doctrina de defensa de la libertad de expresión que viene de la Primer Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, luego receptada por nuestra carta magna.
Defensa de ciudadanos y periodistas
Los primeros artículos –del 1 al 6- consagran de manera general el derecho de todos los ciudadanos de informarse y expresarse libremente, subrayando que sólo en base a un juicio previo y con criterio restrictivo, se podrá censurar una expresión y a posteriori de su emisión.
Luego del artículo 7 al 10, la norma propuesta por Macri realiza una muy extensa y profunda protección de la tarea de los periodistas, garantizando no sólo la protección de sus fuentes, sino también prohibiendo que se les exija entregar sus apuntes o archivos personales (art. 9).
Además, se establece que no se les podrá exigir a los periodistas colegiatura obligatoria, ni título ni habilitación profesional, herramientas esgrimidas en el pasado –y en el presente- para limitar su actuación (art. 10).
Prohíbe también requerir a los medios y periodistas que informen cual es su línea editorial, noticias por difundir, grillas de contenidos, informaciones en su poder y cualquier otra acción que restrinja la liberta de prensa (art. 8).
Subraya además que no se podrán invocar razones de protección del honor, la intimidad o la propia imagen para impedir o restringir la práctica periodista, y más aún si se trata de funcionarios o figuras de actuación pública.
Protección de los medios
En su segunda parte la norma propuesta por Macri se centra en garantizar el libre funcionamiento de los medios, proponiendo incluso explícitamente remedios para las amenazas más visibles que se ciernes sobre los medios, como la intervención de Clarín o la expropiación de Papel Prensa.
Es esta parte del articulado el que anticipa el conflicto de jurisdicciones con Nación y que posiblemente derive en juicios entre ambas administraciones.
En primer lugar la norma propuesta señala que las leyes de defensa de la competencia que dicte la Nación se aplicarán a los medios, siempre que no sean un vehículo para restringir la libertad de prensa (art.12).
Esta intención es reforzada explícitamente en el art. 13 que reza que los periodistas o medios que se desenvuelvan en la Ciudad no podrán ser afectados por “leyes u actos administrativos de otra jurisdicción” que directa o indirectamente atente contra las libertades de imprenta, prensa y expresión.
Prohibiendo incluso que se cercene ese derecho por vías indirectas como la imposición de aranceles, impuestos, regulaciones o cargas extraordinarias para la importación de papel, controles abusivos y cualquier otra práctica que dificulte la libertad de prensa (art. 14).
También se rechaza la imposición de sanciones administrativas a los medios por la difusión de noticias (art. 15) y en el art. 16 se prohíben explícitamente las expropiaciones como la que intenta realizar el kirchnerismo con Papel Prensa. Prohibiendo además que el fisco se cobre deudas realizando activos imprescindibles para la actividad periodística.
En los art. 17 y 18 se prohíbe textualmente la posibilidad de intervenir un medio, como se comenta que intenta hacer la Comisión Nacional de Valores con el Grupo Clarín o Papel Prensa.
En tanto que en el art. 21 radica el corazón del futuro conflicto de competencias con la Nación. Allí la Ciudad reivindica su competencia sobre todos los medios de comunicación domiciliados o radicados físicamente en el distrito, cualquiera sea su formato.
Reconoce ese artículo que la regulación del espacio radioeléctrico es de la Nación, pero le pone un límite muy preciso: Sus regulaciones son deben coartar, restringir o limitar la libertad de prensa (art. 22).
Luego en su art. 24 la norma amplia de manera muy generosa a los beneficiarios de esta ley, dando definiciones muy abarcativas de periodista, medio de comunicación y que puede ser considerado una información, opinión o idea.
Por último en su art. 25 el decreto propone la creación de un fuero especial para que atienda las controversias vinculadas al Régimen propuesto.
Para respaldar esta norma, Macri se basó en los artículos de la Constitución Nacional que protegen la libertad de prensa y expresión y en aquellos que garantizan la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
También se apoyó en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica –que desde la reforma de 1994 tiene rango constitucional- y en la propia Constitución porteña, sobre todo en el art. 47 que emplaza al Gobierno de la Ciudad a velar por la libertad de expresión y el libre ejercicio de la prensa.
“No hay democracia sin libertad de expresión, ni libertad de expresión sin libertad de prensa”, dice el decreto en una de las frases más logradas de los considerandos, en los que no se soslaya la situación amenazante que vive el periodismo.
“Las amenazas y hostigamientos a que han sido sometidos periodistas y medios de comunicación, evidencian una situación de peligro inminente para una de las más importantes libertades que garantizan el Estado de Derecho”, agrega el texto que entiende que ante esta situación “resulta imperioso que en forma urgente se dicte un régimen legal de defensa y resguardo de la libertad de expresión”.
Bautizado como Régimen de Defensa de la Libertad de Expresión, la norma propuesta contiene 26 artículos, es de fácil lectura y muy clara y concisa en sus formulaciones, que entroncan con la más saludable doctrina de defensa de la libertad de expresión que viene de la Primer Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, luego receptada por nuestra carta magna.
Defensa de ciudadanos y periodistas
Los primeros artículos –del 1 al 6- consagran de manera general el derecho de todos los ciudadanos de informarse y expresarse libremente, subrayando que sólo en base a un juicio previo y con criterio restrictivo, se podrá censurar una expresión y a posteriori de su emisión.
Luego del artículo 7 al 10, la norma propuesta por Macri realiza una muy extensa y profunda protección de la tarea de los periodistas, garantizando no sólo la protección de sus fuentes, sino también prohibiendo que se les exija entregar sus apuntes o archivos personales (art. 9).
Además, se establece que no se les podrá exigir a los periodistas colegiatura obligatoria, ni título ni habilitación profesional, herramientas esgrimidas en el pasado –y en el presente- para limitar su actuación (art. 10).
Prohíbe también requerir a los medios y periodistas que informen cual es su línea editorial, noticias por difundir, grillas de contenidos, informaciones en su poder y cualquier otra acción que restrinja la liberta de prensa (art. 8).
Subraya además que no se podrán invocar razones de protección del honor, la intimidad o la propia imagen para impedir o restringir la práctica periodista, y más aún si se trata de funcionarios o figuras de actuación pública.
Protección de los medios
En su segunda parte la norma propuesta por Macri se centra en garantizar el libre funcionamiento de los medios, proponiendo incluso explícitamente remedios para las amenazas más visibles que se ciernes sobre los medios, como la intervención de Clarín o la expropiación de Papel Prensa.
Es esta parte del articulado el que anticipa el conflicto de jurisdicciones con Nación y que posiblemente derive en juicios entre ambas administraciones.
En primer lugar la norma propuesta señala que las leyes de defensa de la competencia que dicte la Nación se aplicarán a los medios, siempre que no sean un vehículo para restringir la libertad de prensa (art.12).
Esta intención es reforzada explícitamente en el art. 13 que reza que los periodistas o medios que se desenvuelvan en la Ciudad no podrán ser afectados por “leyes u actos administrativos de otra jurisdicción” que directa o indirectamente atente contra las libertades de imprenta, prensa y expresión.
Prohibiendo incluso que se cercene ese derecho por vías indirectas como la imposición de aranceles, impuestos, regulaciones o cargas extraordinarias para la importación de papel, controles abusivos y cualquier otra práctica que dificulte la libertad de prensa (art. 14).
También se rechaza la imposición de sanciones administrativas a los medios por la difusión de noticias (art. 15) y en el art. 16 se prohíben explícitamente las expropiaciones como la que intenta realizar el kirchnerismo con Papel Prensa. Prohibiendo además que el fisco se cobre deudas realizando activos imprescindibles para la actividad periodística.
En los art. 17 y 18 se prohíbe textualmente la posibilidad de intervenir un medio, como se comenta que intenta hacer la Comisión Nacional de Valores con el Grupo Clarín o Papel Prensa.
En tanto que en el art. 21 radica el corazón del futuro conflicto de competencias con la Nación. Allí la Ciudad reivindica su competencia sobre todos los medios de comunicación domiciliados o radicados físicamente en el distrito, cualquiera sea su formato.
Reconoce ese artículo que la regulación del espacio radioeléctrico es de la Nación, pero le pone un límite muy preciso: Sus regulaciones son deben coartar, restringir o limitar la libertad de prensa (art. 22).
Luego en su art. 24 la norma amplia de manera muy generosa a los beneficiarios de esta ley, dando definiciones muy abarcativas de periodista, medio de comunicación y que puede ser considerado una información, opinión o idea.
Por último en su art. 25 el decreto propone la creación de un fuero especial para que atienda las controversias vinculadas al Régimen propuesto.
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Primicia: Macri lanza una ley en defensa de la libertad de prensa
Ante la posible intervención del Gobierno al Grupo Clarín, el jefe de gobierno anunció en una conferencia de prensa la firma de un DNU que luego irá a la Legislatura para reivindicar la autoridad de la Ciudad para los medios locales, entre ellos, el Grupo Clarín.
De Narváez le pide a Scioli que imite a Macri y proteja Papel Prensa
El diputado nacional dijo que propondrá en Provincia una norma similar a la que anunció ayer Mauricio Macri. Aseguró que al gobernador le corresponde ponerle un freno a la expropiación de la planta que produce el papel de diarios.
Cómo se gestó el decreto de Macri sobre la libertad de prensa
Federico Pinedo fue la figura clave para la concreción de la medida, tras un encuentro con integrantes del Grupo Clarín. El macrismo habría hecho consultas con opositores y jueces. Por qué se descartó la idea de un AFSCA porteño.
Quizás si se modificaran ciertos aspectos del proyecto de ley cuyo antecedente es este DNU podría ser beneficioso sin dificultar,por ejemplo, el derecho de huelga. Pero me parece q la idea es buena.Esa es mi opinión.
¿Vieron el ART. 11? Se los copio: No podrá ser suspendida, interrumpida, demorada ni dificultada la actividad profesional de los periodistas, productores y editores que se domicilien en la Ciudad o ejerzan su actividad en la misma, ni la de los medios de comunicación que en ella tengan su domicilio o instalaciones, cualquiera sea el soporte o modalidad que utilicen para la difusión de información, opinión o ideas.
Si bien sería interesante recordarle al Ingeniero que sus gente respaldó la actuación de la Metropolitana en el Borda (cosa que violaría este ART. que ahora firma), resulta interesante un aspecto que no se si se analizó. Avanza sobre el derecho a huelga de los trabajadores.
Creo que, aunque quiera usar la bandera de la protección de la libertad (algo similar al mensaje que USA usaba para justificar sus invasiones) este DNU surge claramente del oportunismo. De hecho, resultan interesantes las declaraciones de Carrió que menciona la existencia de este DNU desde diciembre, y que se estaba a la espera de la situación para sacarlo. Por otro lado, tomando eso como base, que suerte que la oportunidad fue posterior a lo ocurrido en el Borda.
Una aclaración, no soy K. No los voté. Pero tampoco me guío sólo por lo que se publica. Tengo el pdf del DNU, el cual he leído y, sinceramente, no me cierra
"Utilizar el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad -que contempla la facultad de firma de un DNU- para reglamentar un derecho constitucional, no convoca ninguna necesidad ni ninguna urgencia", dijo Boico acerca de los argumentos esgrimidos ayer por Macri durante la conferencia de prensa en la que anunció la medida.
Igual de drástico fue su colega Félix Loñ, a quien nadie podría acusar de hablar con letra del gobierno: "el Grupo Clarín, por la ley de Medios, tuvo que litigar ante fuero Federal en lo civil y comercial, porque la Nación es parte. Esto no se lo pude cambia por un decreto de necesidad y urgencia porque es una norma inferior".
"Además está el artículo 31 de la Constitución que consagra la supremacía del ordenamiento jurídico federal por encima, inclusive, de las disposiciones locales, es decir, provinciales, en este caso", agregó el constitucionalista. "Cuando la Nación es parte, las demandas son contra la Nación", fundamentó el constitucionalista, quien aclaró: "La Comisión Nacional de Valores (CNV), es un organismo nacional, por lo tanto, es Federal porque la Nación es parte. Eso dice el artículo 116 de la Constitución nacional". Esto tiene un tufillo a oportunismo politico que ni te cuento..HACE UNA SEMANA, MIENTRAS CAGABAN A PALOS Y DISPARABAN CONTRA PERIODISTAS EN EL BORDA, A MAURICIO NO LE PREOCUPABA EL "LIBRE EJERCICIO DE LA PROFESION NI LA LIBERTAD DE EXPRESION" FUE META Y BALA PARA TODO JEJEJEJEJE, igual, todo bien, es bueno poder intercambiar opiniones con respeto. Saludos!
Las constituciones provinciales pueden (re)garantizar y ampliar derechos reconocidos en la CNacional.Lo que no pueden hacer es restringirlos o achicarlos,cosa q la ley de Macri no hace,evidentemente.De hecho amplía la protección a la prensa y a la libertad de expresión.Me parece bien,es correcta y está en consonancia con los artículos de los tratados internacionales incorporados por nuestra CN desde 1994 que consagran a la libertad de expresión como un derecho humano.
Otro aspecto altamente positivo (q,si no fuese por el clima de periodismo militante que impregna a parte de la prensa nacional,debería ser celebrado por todos los periodistas)es que es una de las pocas normas argentinas(sino la única)que consagra la protección de los materiales con los q trabajan los periodistas:no solo las fuentes,aspecto protegido por la CN,sino los archivos personales. Además,se pronuncia en contra de la colegiatura,lo que también tiene que ser celebrado por todos los trabajadores de prensa.
Ahora,¿por qué a los k, les cae tan mal esto?¿qué es lo que tanto los enoja de una ley que protege la libertad de prensa?Porque de pronto en la web hay mucha reacción K. Chicaneando un poco,dejenme decirles: "¿qué les pasa?¿están nervioshosh?"
El texto afirma la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires en la protección a periodistas y medios de comunicación, pero en rigor fija condiciones para que las empresas gocen de privilegios e inmunidad legal. Amplio repudio.
En medio de la campaña del Grupo Clarín sobre una posible intervención del Estado en sus empresas, el jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, anunció ayer en conferencia de prensa que firmó un decreto de necesidad y urgencia "para la protección de la libertad de prensa y expresión" en la Ciudad de Buenos Aires, lo que generó una fuerte reacción ya que fue interpretado como un gesto hacia el multimedios. La medida entrará hoy en vigencia por 30 días, a la espera de que un proyecto similar, enviado por el Ejecutivo, sea debatido en la Legislatura.
"En términos prácticos, el decreto afirma la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires en este tema y enmarca una protección para los periodistas y medios de comunicación en nuestro territorio", aseguró el mandatario. Y explicó que también instruyó al Tribunal Superior de Justicia de la Capital Federal para que dirima los conflictos sobre libertad de prensa y de expresión mientras se conforma un fuero especial en el Poder Judicial de la ciudad.
Los artículos más polémicos del decreto son el 12, 16,17 y 18, que resguardan el patrimonio de los medios de comunicación. La temática a la que este articulado se refiere casualmente favorece al Grupo Clarín –con el que el gobierno porteño tiene más de un negocio económico–: se protege a propiedades y "licencias de comunicación audiovisual" domiciliadas en la ciudad a "expropiaciones por motivos de interés o utilidad pública", entre otras cuestiones. También se prohíbe "transferir", "reasignar" o "despojar" "sin la aprobación voluntaria y expresa de sus propietarios, ningún medio de comunicación, inmueble o licencia de comunicación audiovisual (…). Y se impide expropiar, confiscar, ceder ni transferir sin la aprobación voluntaria y expresa de sus titulares" acciones de medios de comunicación. Estos puntos atentarían contra la adaptación del Grupo Clarín a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
A su vez se suscribió que "las deudas con los organismos públicos (…) sólo podrán ser ejecutadas judicialmente contra activos que no resulten (…) imprescindibles para el ejercicio de tal actividad". El diario La Nación, por caso, tiene una deuda tributaria millonaria con el Estado nacional, y con un decreto de esta naturaleza, estaría protegido. Y se decretó que ninguna autoridad pública podrá intervenir ni nombrar veedores "en la dirección, gerenciamiento o control societario de los medios de comunicación (…)" de la ciudad, entre otras cuestiones.
La medida generó un fuerte rechazo de la oposición porteña. "Un proyecto semejante sólo puede ser viable si la Ciudad se independiza de la Nación y crea un nuevo país", dijo irónico el legislador porteño Aníbal Ibarra (Frente Progresista Popular) para explicar la inconstitucionalidad de la iniciativa. "Desconoce competencias federales, del Congreso nacional, la organización de nuestro sistema federal. Pretende legislar por sobre las leyes nacionales y constitucionales", afirmó.
Para el legislador del Frente para la Victoria, Francisco "Tito" Nenna, "Macri pretende violar el artículo 18 de la Constitución Nacional, que fija las garantías del juez natural, para que el foquismo judicial de Clarín se atrinchere en magistrados designados por el PRO en la Ciudad." "Con este decreto, el macrismo apuesta a blindar la corporación mediática con la corporación judicial. Macri quiere poner a la Ciudad por encima de la Nación", concluyó.
El titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, coincidió en las críticas: "Es una grosería jurídica que no resiste el menor análisis. Macri quiere derogar la Ley de Medios, que es una ley nacional de carácter federal, con un DNU local, violando la Constitución Nacional que define en su artículo 31 la supremacía de las normas." Sabbatella se contactó ayer con la diputada porteña Gabriela Cerruti, presidenta del bloque partidario en la Legislatura para que presente una acción de inconstitucionalidad de la norma. «
"firma lo que le dicta magnetto"
El titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, sostuvo que Mauricio Macri "escribe y firma lo que le dicta (Hector) Magnetto” y que por eso el alcalde porteño propuso “que las leyes nacionales no sean cumplidas en la Ciudad, creándole un cerco de impunidad a esa corporación mediática". En ese sentido, aseguró que el DNU anunciado "no es a favor de la libertad de expresión sino a favor de Clarín".
Para Sabbatella, si bien "el anuncio de Macri no es serio", sí "resulta preocupante que alguien con semejante responsabilidad institucional no tenga idea o intente confundir sobre cuál es la estructura legal de la República".
para el alcalde, papel prensa "es de otra época"
Para Mauricio Macri, la investigación judicial sobre la apropiación ilegal del paquete accionario de Papel Prensa es parte del pasado. "Es de otra época y otro momento", fueron las palabras que empleó el jefe de gobierno porteño. Así respondió a una consulta hecha por un periodista del programa Duro de Domar, que lo consultó sobre la génesis criminal de la apropiación de la papelera por parte de los diarios Clarín, La Nación y La Razón, durante la dictadura.
"Ya que está tan preocupado por la libertad de prensa, ¿nunca pensó en condenar al grupo Clarín y La Nación por apropiación de Papel Prensa y condenar al resto de los diarios a competir en condiciones desiguales?", le preguntó el notero de Duro de Domar. Y Macri no dudó en responder: "Eso no se da en el ámbito de esta discusión. Es de otra época y otro momento. Creo que los tribunales ya han discutido largamente y lo que vos decís no procede."
Por el caso Papel Prensa –que este diario investigó en profundidad– la justicia imputo a Héctor Magnetto y a Bartolomé Mitre.
san luis, antecedente contra la ciudad
Mayo 2012. La Corte admitió su competencia en la causa A 1140 XLVI, promovida por la AFSCA, para que se declare la inconstitucionalidad de la ley local I-0735-2010, que quería arrogarse jurisdicción sobre los servicios de radiodifusión y TV abierta y cerrada prestados de sus límites. El tribunal entendió que implicaba una intromisión en una competencia de la autoridad federal, lo que constituye una violación de los artículos 16, 31, 75 (incisos 13 y 19), 126 y 128 de la Constitución Nacional; de la Ley 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual; y de tratados internacionales. Así, la Corte frenó la idea de avanzar en la "interjurisdiccionalidad" de la radiodifusión y pidió a los puntanos que se abstengan de aplicar la ley y de cualquier otro acto que no cuente con conformidad nacional.
MACRI ESTA VIOLANDO LA CONSTITUCION NACIONAL. EL NO PUEDE GESTAR NINGUNA LEY DE RADIO DIFUCION, SIENDO QUE ES COPETENCIA DEL AFSCA, ESTO ES PARA FRENAR NUEVAMENTE LA LEY DE SERVICIO DE COMUNICACIONES AUDIOVISUALES. EL PUEBLO VA FRENAR AL DELINCUENTE DE MACRI, ESTE LLAMADO ES PARA DEFENSA DE LOS INTERESES DE LA PATRIA. MACRI, CARRIO, PINO SOLANA Y TODA LA MUGRE QUE BUSCA DESTABILIZAR EL GOBIERNO, QUE EMPIESEN A TOMAR LAS VALIJAS, SE LES VIENE LA NOCHE.