Afirman que la Cámara reducirá el fallo de Griesa a un pago a los buitres a prórrata
En una entrevista exclusiva con LPO, el abogado especializado en deuda pública Marcelo Etchebarne anticipó el posible fallo de la Cámara de Apelaciones después de la reunión clave del 27 de febrero. "El diferimiento no implicaría una quita en valor nominal", aseguró. Los economistas estiman que si el gobierno hace la misma oferta que en el 2010 le costaría U$S446 millones.
Marcelo Etchebarne Mihanovich es Abogado, socio fundador de Cabanellas, Etchebarne, Kelly, admitido a la práctica de la abogacía en Argentina y Nueva York. Actualmente es uno de los principales consultores internacionales en materia de deuda pública. Graduado de Harvard trabajó en Simpson Thacher en New York y con el Juez Federal Scirica, quién fue presidente del Tercer Circuito y Jefe del Judicial Conference, organismo regulador de la justicia federal de EE.UU.
Afirman que la Cámara reducirá el fallo de Griesa a un pago a los buitres a prórrata

Ha trabajado en todas las emisiones de deuda de la Provincia de Buenos Aires desde 1997 hasta la fecha, incluyendo su canje, el canje de la República entre 2002 y 2004 y en el segundo canje entre 2008 y 2010. Desde hace 14 años que trabaja en casi todas las emisiones y reestructuraciones de deuda provincial en Argentina y es consultado en materia de deuda pública por varios países en Latinoamérica.

En diálogo exclusivo con LPO, Etchebarne dio su visión sobre los posibles escenarios que se abren a partir de la suspensión temporal del fallo de Griesa que obligaba a pagarle U$S1.300 millones a los fondos buitre.

¿Cuál es la propuesta que debería hacer la Argentina para que los fondos buitre acepten? ¿Qué estrategia debería seguir?

En una cuestión comercial. Es muy difícil saber cual sería la propuesta que aceptarían voluntariamente para dar por terminados los reclamos sin tener una negociación directa. Probablemente ahora es el momento de más fortaleza de los acreedores. Pero a los demandantes tampoco les conviene que Argentina entre en una situación de default donde no pague a nadie.

¿Puede Argentina pagar más que en los canjes de 2005 y 2010 o tiene que ofrecer el mayor valor a todos los demás acreedores?

Es contrato bajo el cual se emitieron los bonos, llamado indenture, establece en su cláusula RUFO (rights upon future offers) que si Argentina ofrece algo mejor antes del 2014 debe ofrecerlo al resto. Sin embargo esta limitado a que la oferta de Argentina sea voluntaria. Si hay un fallo judicial de por medio es compulsiva y no dispara el RUFO.

En caso de que los fondos rechacen la propuesta, ¿qué es lo que puede pasar a partir de ahí? ¿Puede la justicia norteamericana obligarlos a aceptar la propuesta?

La justicia federal norteamericana puede aceptar un plan de pagos sobre el monto de la sentencia por tratarse de un soberano y en la medida que no pudiera pagar todo de contado. Pero el diferimiento no implicaría una quita en valor nominal, más allá de que el valor presente neto sea menor porque el interés que se determine sea inferior a la tasa de descuento que habría que aplicar a Argentina hoy.

¿Qué es lo que el gobierno debería hacer para cerrar el tema de la deuda en default definitivamente que está en manos de los privados?

Mi propuesta desde el 2002 ha sido que Argentina emita una ley que imponga mecanismos de acción colectiva bajo los cuales si una mayoría del 66% o 75% acepta una quita determinada la misma se aplica a todos los demás acreedores. El acuerdo debe ser homologado judicialmente por la justicia federal Argentina. Sería similar a lo previsto en la ley de quiebras para los acuerdos preventivos extrajudiciales. Yo creo que hubiera tenido amplias chances de ser aceptado por la justicia en Estados Unidos y hubiera terminado definitivamente con los litigios.

¿Por que no se hizo entonces?

Bueno, luego de trabajar dos años en el canje entre 2002 y 2004 cuando se lanzó el canje nos reemplazaron a último minuto por otros abogados. No se por que no lo plantearon.

¿Se podría haber hecho otra cosa en 2005 o 2010 para evitar estos juicios?

Si. El caso de Mendoza es el mejor ejemplo. Ahí diseñamos con el equipo de Cobos, Daniel Marx, el Banco Morgan y su abogado Conrado Tenaglia una estrategia de consentimientos de salida mediante la cual los bonistas que ingresaban al canje aceptaban modificar los términos de los bonos viejos antes de entrar al canje. Entre las modificaciones introducidas incluimos un cambio a la renuncia a la inmunidad soberana lo cual impedía litigar sobre los nuevos bonos que emita Mendoza en el futuro. Si Argentina hubiera hecho algo similar hoy no tendría litigios bajo el pari passu. También está dentro de mi propuesta por escrito cuando trabajamos en la primera etapa del canje junto a Marcelo Delmar y Derrill Allatt de UBS que en aquel entonces eran los más experimentados en deuda soberana.

¿Es correcto el fallo de Griesa o no tiene sustento legal como dicen algunos economistas?

Por como viene barajado el expediente, donde ya hay muchas fojas acumuladas y la gente en general sólo está leyendo los últimos fallos pero no todos los escritos de diciembre de 2011 para acá, tiene sustento aunque no lo compartamos. Creo sin embargo que fue lo más hostil posible con Argentina en cuanto a los dos puntos que la Cámara le mandó a resolver. No nos olvidemos que hasta acá, en lo sustancial, ya hay cuatro jueces federales que en forma unánime han fallado contra Argentina en el fondo. Es decir, que Argentina violó el pari passu y que tiene que pagar a pro-rata. Creo que posiblemente la Cámara excluya por ahora de la medida cautelar a las agencias de clearing y reduzca el pago a pro-rata pero sería altamente improbable que modifique su fallo.

¿Pero entonces, si el expediente se hubiera llevado de otra forma el resultado hubiera sido distinto?

Es muy difícil saberlo y es más fácil analizarlo de atrás para adelante que desde el principio. Desde un punto de vista técnico Argentina tiene dos incumplimientos, la falta de pago y la violación de mantener la igualdad de rango o pari passu. La Cámara ha dicho que cada incumplimiento puede tener una remediación distinta.

La justicia determinó que Argentina violaba el pari passu porque repudiaba sus deudas, lo decía en los prospectos de canje y en público, no la computaba presupuestariamente, etc., tampoco pagaba las sentencias del CIADI y UNCITRAL, lo cual fue mencionado expresamente, contra inversores industriales como Total, uno de nuestros principales productores de gas.

En esa línea de pensamiento el remedio aplicable a la violación del pari passu no debía ser usado para reparar la falta de pago sino para restablecer la igualdad de rango y cambiar aquellas cosas que llevaron a violarlo. En esta línea parece que tímidamente va el último escrito de la República.

La pelota ahora está en la cancha de Argentina dentro y fuera del juicio hasta el 27 de febrero.

¿Entonces Argentina trata a los acreedores del CIADI igual que a los fondos buitres?

A los tenedores de deuda en default, sin sentencia o reclamo mediante, les ofreció dos canjes. A los relamantes del CIADI y UNCITRAL no les han ofrecido nada aun y eso que el tratado de UNCITRAL obliga al pago inmediato.


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  • 3
    juancho
    02/12/12
    17:46
    POR AHORA SÓLO HUBO APLAZAMIENTO DE LA SENTENCIA. YA VEREMOS DIJO EL CIEGO REMOS.
    Responder
  • 2
    Andy
    02/12/12
    15:24
    tocho tus sonceras no cambian la realidad.
    Responder
  • 1
    tocho
    01/12/12
    07:24
    Nosotros la " Juventud Buitrista y Sojetera" que deseamos el fracaso del pais para que la negrada aprenda a votar, pedimos que se cumpla con los buitres y con el gran país africano porque necesitamos ser una nación seria.
    Responder
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