29 de marzo, 2024
El Gobierno le responde a Clarín: “El 7D sigue firme y tienen que desinvertir”
En la Casa Rosada creen que si el juez Alfonso no falla en contra en la cuestión de fondo la cautelar dejará de regir el 7 de diciembre y el Afsca podrá actuar de oficio. El multimedio considera que la Corte sólo instó a dictar sentencia y por lo tanto dejó ese asunto de lado. La opinión de juristas y constitucionalistas.
El Gobierno considera que sólo un fallo adverso del juez Civil y Comercial Horacio Alfonso impedirá que el 7 de diciembre la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) actúe de oficio y obligue a Clarín a desinvertir, como indica el artículo 161 de la ley de medios.
La Corte Suprema rechazó hoy el pedido del multimedio de prorrogar la medida cautelar que paraliza la aplicación de este artículo e instó al juez de primera instancia dictar sentencia definitiva “de inmediato” sobre la cuestión de fondo.
Como en su fallo del 22 de mayo, el máximo tribunal volvió a negar la extensión de la cautelar, que aquella vez sólo permitió que continúe hasta el 7 de diciembre. Sólo que ahora inquirió al juez Alfonso que en lo inmediato defina sobre la constitucionalidad del polémico artículo 161.
Clarín exige este fallo desde mayo y ahora considera que es la única decisión que puede obligarlos a desinvertir. “Si no hay fallo, hay denegación de Justicia y Sabbatella no puede actuar de oficio", le dijo a Perfil Damián Cassino, abogado del multimedio.
"Este fallo se conoce mientras la AFSCA decía que avanzaba como la aplicación de la ley, que va actuar de oficio. A mi modo de ver, esto rompe la forma de ver el 7D que tiene (Martín) Sabbatella", agregó.
Fuentes del Afsca consideraron que errónea esa lectura, porque la Corte denegó en mayo la extensión de la cautelar y nada cambió.
“La Corte le puso un plazo a la cautelar. Y estando los plazos vencidos aquel que no se haya adecuado a la ley nos permite actuar de oficio. Está claro que Clarín quiere hacer de este fallo algo positivo cuando no puede”, señalaron a LPO.
Aunque la resolución de fondo sea esperada por ambas partes la viabilidad o no del 7D es clave por un asunto: se espera que cualquiera de las partes apelará una sentencia que no consideran favorable y por lo tanto la rueda judicial seguiría. Para el Gobierno eso no importa. Para Clarín, tal vez sí.
Juristas consultados por LPO coincidieron con Clarín en que con el fallo de hoy el 7D perdió razón de ser, aunque hay posturas distintas sobre qué ocurrirá si Alfonso no resuelve a la brevedad el asunto.
“La Corte rompió el carácter del 7D. Estableció que haya sentencia definitiva de primera instancia sobre la cuestión de fondo. Por el lenguaje del fallo, si no hay sentencia, hay extensión de cautelar”, consideró ante LPO el diputado Ricardo Gil Lavedra, de la UCR.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez entendió que la Corte “dice que la falta de un pronunciamiento final de una sentencia de fondo implica denegación de justicia. O sea, no puede aplicarse la norma de desinversión antes de que no exista una sentencia de fondo. Si el juez no se pronuncia, tendrá que responder con su responsabilidad política por denegación de justicia”, explicó.
Para Gil Domínguez el juez Alfonso, que asumió en octubre luego de que otros magistrados renunciaran o fueran recusados, no puede demorar su fallo. “A los abogados nos dan entre 5 y 10 días para alegar, o sea, revisar todo el expediente y responder. Él podría resolver en una semana”.
La Corte Suprema rechazó hoy el pedido del multimedio de prorrogar la medida cautelar que paraliza la aplicación de este artículo e instó al juez de primera instancia dictar sentencia definitiva “de inmediato” sobre la cuestión de fondo.
Como en su fallo del 22 de mayo, el máximo tribunal volvió a negar la extensión de la cautelar, que aquella vez sólo permitió que continúe hasta el 7 de diciembre. Sólo que ahora inquirió al juez Alfonso que en lo inmediato defina sobre la constitucionalidad del polémico artículo 161.
Clarín exige este fallo desde mayo y ahora considera que es la única decisión que puede obligarlos a desinvertir. “Si no hay fallo, hay denegación de Justicia y Sabbatella no puede actuar de oficio", le dijo a Perfil Damián Cassino, abogado del multimedio.
"Este fallo se conoce mientras la AFSCA decía que avanzaba como la aplicación de la ley, que va actuar de oficio. A mi modo de ver, esto rompe la forma de ver el 7D que tiene (Martín) Sabbatella", agregó.
Fuentes del Afsca consideraron que errónea esa lectura, porque la Corte denegó en mayo la extensión de la cautelar y nada cambió.
“La Corte le puso un plazo a la cautelar. Y estando los plazos vencidos aquel que no se haya adecuado a la ley nos permite actuar de oficio. Está claro que Clarín quiere hacer de este fallo algo positivo cuando no puede”, señalaron a LPO.
Aunque la resolución de fondo sea esperada por ambas partes la viabilidad o no del 7D es clave por un asunto: se espera que cualquiera de las partes apelará una sentencia que no consideran favorable y por lo tanto la rueda judicial seguiría. Para el Gobierno eso no importa. Para Clarín, tal vez sí.
Juristas consultados por LPO coincidieron con Clarín en que con el fallo de hoy el 7D perdió razón de ser, aunque hay posturas distintas sobre qué ocurrirá si Alfonso no resuelve a la brevedad el asunto.
“La Corte rompió el carácter del 7D. Estableció que haya sentencia definitiva de primera instancia sobre la cuestión de fondo. Por el lenguaje del fallo, si no hay sentencia, hay extensión de cautelar”, consideró ante LPO el diputado Ricardo Gil Lavedra, de la UCR.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez entendió que la Corte “dice que la falta de un pronunciamiento final de una sentencia de fondo implica denegación de justicia. O sea, no puede aplicarse la norma de desinversión antes de que no exista una sentencia de fondo. Si el juez no se pronuncia, tendrá que responder con su responsabilidad política por denegación de justicia”, explicó.
Para Gil Domínguez el juez Alfonso, que asumió en octubre luego de que otros magistrados renunciaran o fueran recusados, no puede demorar su fallo. “A los abogados nos dan entre 5 y 10 días para alegar, o sea, revisar todo el expediente y responder. Él podría resolver en una semana”.
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