01 de mayo, 2024
Echegaray dispuso que la AFIP no pueda embargar las cajas de seguridad
El titular de la Afip da una señal a la Corte Suprema, que debe fallar sobre cuáles son las facultades y límites del organismo fiscal establece que sólo se puede embargar por orden de un juez. Según confirmó LPO, el ex titular del ONCCA se reunió con Lorenzetti la semana pasada por este tema.
Ricardo Echegaray, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que no se puedan embargar las cajas de seguridad excepto con una orden judicial.
De esta manera, da una señal a la Corte Suprema, que debe fallar sobre cuáles son las facultades y límites del organismo fiscal.
Había trascendido que los agentes de la Afip irían tras las cajas de seguridad para buscar evasores de los impuestos federales y se puso en cuestionamiento los alcances de las facultades del organismo. Según confirmó La Política Online, Echegaray estuvo reunido semana pasada con Ricardo Lorenzetti, el presidente de la Corte por este tema.
La disposición 33/2009 establece que "los agentes que intervienen en los juicios de ejecución judicial de deudas por impuestos, recursos de la seguridad social, tributos aduaneros y otras cargas, se abstendrán de disponer y comunicar por sí órdenes de embargo que tengan por objeto cajas de seguridad abiertas en instituciones financieras".
Y puntualiza que "en aquellos supuestos en que -con el fin de asegurar el cobro de la deuda reclamada- resulte necesario proceder al embargo de dichas cajas de seguridad, los agentes deberán solicitarlo fundadamente al juez ante el cual tramite la respectiva ejecución fiscal".
De esta manera, da una señal a la Corte Suprema, que debe fallar sobre cuáles son las facultades y límites del organismo fiscal.
Había trascendido que los agentes de la Afip irían tras las cajas de seguridad para buscar evasores de los impuestos federales y se puso en cuestionamiento los alcances de las facultades del organismo. Según confirmó La Política Online, Echegaray estuvo reunido semana pasada con Ricardo Lorenzetti, el presidente de la Corte por este tema.
La disposición 33/2009 establece que "los agentes que intervienen en los juicios de ejecución judicial de deudas por impuestos, recursos de la seguridad social, tributos aduaneros y otras cargas, se abstendrán de disponer y comunicar por sí órdenes de embargo que tengan por objeto cajas de seguridad abiertas en instituciones financieras".
Y puntualiza que "en aquellos supuestos en que -con el fin de asegurar el cobro de la deuda reclamada- resulte necesario proceder al embargo de dichas cajas de seguridad, los agentes deberán solicitarlo fundadamente al juez ante el cual tramite la respectiva ejecución fiscal".
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¡¡¡¡¡¡¡¡SAUQEN TODO DE LAS CAJAS DE SEGURIDAD!!!
"A SEGURO SE LO LLEVARON PRESO"
VACIEMOS EL PAIS ASÍ NO PUEDEN SEGUIR ROBANDONOS!!!
En este país hay que estar atentos, pues en cualquier momento lo tuyo ya no te pertenece, le pertenece al Estado.