Justicia
Corte Suprema: nueva presidencia y otra mayoría
Por Luis Esteban Vivacqua
Con el fallo de la Pampa, la Corte volvió a la opinión pública y planteó una agenda de fallos relevantes con una fuerte impronta política e institucional.

La Corte Suprema de Justicia, cabeza de uno de los poderes del Estado, estará siempre sometida a dos fuegos cruzados: por un lado, bajó la mirada atenta de la opinión pública; y, por otro, bajo el juicio certero y punzante de los doctrinarios y académicos. 

Pero allí no acaban las tensiones propias que sus fallos pueden desencadenar, ya que existen las originadas por la división de los tres poderes, como sucedió cuando la Corte falló a favor de la aplicación del beneficio del 2x1 a un condenado por delitos de lesa humanidad.

Desde el cambio de la Presidencia de Ricardo Lorenzetti a Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema volvió a la agenda mediática y a la opinión pública por la potencial nueva mayoría en el fallo de la Pampa, por algunos cortocircuitos en el reacomodamiento propio del cambio de la presidencia y por la nueva agenda prevista de fallos que detenta una fuerte impronta política e institucional.

La agenda que el propio Tribunal hizo pública terminaría este año con fallos de gran relieve político sobre el tema de ganancias de los jueces, la constitucionalidad de la ley de lemas, la reparación histórica, sumado al rechazo reciente de la Corte a la aplicación del 2x1 en causas de lesa humanidad.

Esta agenda del Supremo Tribunal inquietó al Poder Ejecutivo. En particular el último caso a fallarse, que trata sobre el caso de un jubilado, Lucio Orlando Blanco, que le reclamó al Estado un haber previsional superior al que debería cobrar con la Reparación Histórica, y que podría tener impacto en más de 150 mil juicios impulsados por otras personas de la tercera edad con reclamos similares, que podría poner en jaque las finanzas del Estado.

Normalmente, en nuestra historia política institucional, la Corte Suprema no elabora o desarrolla una agenda, sino que sus sentencias son fruto de los vaivenes políticos, económicos y sociales.

Recordemos que el diseño institucional de la Constitución carga sobre las espaldas del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo la función gubernativa, mientras que al Poder Judicial le reserva la potestad de control sobre el accionar de los otros poderes. Y, particularmente a la Corte Suprema, la misión de ser el intérprete final de la Constitución, pudiendo en última instancia, declarar la inconstitucionalidad de las normas.

La agenda pública que plantea la Corte, si no tiene la prudencia necesaria, puede afectar la función de gobierno. Como expresó el propio Rosenkrantz, en su primer discurso como Presidente del Tribunal, los jueces deben tener independencia e imparcialidad de los otros poderes y de las propias convicciones ideológicas y políticas. Para lograr esta independencia, dice el Ministro, deberán motivarse en la ambición de respetar las directivas que imponen las reglas de la comunidad.

Sin embargo, los últimos acontecimientos que envuelven a esta nueva Corte Suprema parecen no responder a esta loable intención del Ministro, interpelándonos sobre dos situaciones particulares.

La primera está referida a esta nueva mayoría que parece asomarse (Rosatti, Maqueda y Lorenzetti). ¿Qué rol tendrán estos jueces y su doctrina social asociada al Partido Justicialista en los casos en donde entren en juego intereses que responden a los gobiernos locales?

Esta interrogante parece develarse en el fallo La Pampa, del 6 de noviembre, que resuelve un litigio que se inició en 2007. Allí, la nueva mayoría sigue el criterio sentado en los fallos San Luis y Santa Fe, resueltos al final del anterior gobierno, que deja sin efecto un decreto presidencial que realiza una detracción unilateral de fondos coparticipables para afectarlos a la ex DGI (actual AFIP), preservando el federalismo y consecuentemente las haciendas locales.

Esta nueva mayoría nos plantea un escenario a priori más republicano y federal, donde estos jueces agudizarían sus sentidos, y serían más estrictos con el ejecutivo, a efecto de ejercer su rol de control en la división de poderes.

Sin embargo, esta situación nos sumerge otra interrogante: ¿Cómo resolverá la mayoría de la Corte estos fallos con sustancia federal luego del 10 de diciembre de 2019?

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