Tarifazo
La Corte excluyó a los usuarios residenciales del tarifazo, pero la suspensión podría ser total
La Corte obligó a realizar audiencia. Sigue vigente para industrias, pero podrían presentar amparos.

La Corte Suprema de Justicia ya definió el fallo sobre el tarifazo en el gas. En la reunión que comenzó después de las nueve de esta mañana, los magistrados terminaron de cerrar el pronunciamiento, que anoche seguían puliendo.

En su pronunciamiento alcanzado por unanimidad, los integrantes del máximo tribunal decidieron suspender el tarifazo a los usuarios residenciales hasta que se realicen las audiencias públicas, pero -en principio- lo dejaron vigente para industrias y comercios.

La decisión se sostuvo en los reclamos del Gobierno, quien venía argumentando que la Cámara Federal de La Plata se excedió en su pronunciamiento cuando suspendió el tarifazo de manera integral, ya que la presentación la habían hecho asociaciones de consumidores y por lo tanto en todo caso sólo correspondía que alcanzara a los residenciales.

Si comercios e industrias se amparan en la parte del fallo que exige audiencias antes de los aumentos y la Justicia les da la razón, el tarifazo quedaría anulado en su totalidad. Una catástrofe para el Gobierno.

La Corte avaló esa postura, pero al mismo tiempo dijo taxativa que para la "fijación de tarifas de gas la audiencia pública es de cumplimiento obligatorio", es decir que -como anticipó LPO- en transporte y distribución queda sin efecto el tarifazo para todos los segmentos. La duda es si ese pronunciamiento alcanza al precio de gas, algunos especialistas sostenían que este se rige por el mercado o sea que no es "tarifa". La Corte resolvió también ese punto.

En sus fundamentos la Corte reconoció la distinción pero ordenó que por "esta vez" se realice la audiencia pública también para el precio del gas. "La audiencia siempre se debe hacer para el transporte y distribución de gas, porque son fijados monopólicamente", señaló la Corte y aclaró que si bien "es distinto el caso de Precio de ingreso al sistema de transporte del gas (Pist)" que lo fija el mercado, como ahora esto no ocurrió y el aumento surgió de una decisión del Ejecutivo, también debe realizarse la audiencia pública.

"En la situación actual el Estado intervino fuertemente en la fijación del Pist y por lo tanto debe someterlo a una audiencia pública porque es una decisión que, claramente, escapa al mercado. A partir de la fijación según reglas de oferta y demanda, no será necesaria la audiencia", señaló la Corte.

El Gobierno pretendía que al menos la Corte dejara firme esta parte del tarifazo, que representa algo más del 50% de la factura que pagan los usuarios. Pero no lo logró y el único guiño a la Rosada fue mantener el aumento para industrias y comercios, que deberán abonar en las próximas facturas el retroactivo por los meses en que la suba estuvo suspendida. Sin embargo, existe el riesgo que con este fallo asociaciones empresarias pidan que también se deje sin efecto para ellos, amparándose en la parte del fallo que exige audiencias públicas. 

Si esto ocurriera sería una catástrofe para el Gobierno que debería anulado de manera integral el tarifazo y además sin posibilidad de cobro revertido.

Los jueces Lorenzetti y Maqueda.

Quedaba una mínima duda si la Corte establecerá algún tipo de "tope" al aumento del precio del gas o hará una evocación general a la necesidad de darle "razonabilidad" a medidas de ese tipo. Fuentes del máximo tribunal habían anticipado a LPO: "No hay tope" y así fue.

Por eso, el máximo tribunal reconoció las facultades del Poder Ejecutivo de fijar los precios de los servicios públicas y parece dejar sentado que el precio de la extracción de gas en boca de pozo lo fija el mercado -hacia adelante-, algo que preocupaba al Gobierno por el temor a que un fallo en el sentido contrario terminara ahuyentando a posibles inversores.

En cambio, el fallo deja sin efecto los aumentos residenciales hasta que se realicen las audiencias públicas. Una vez que eso pase, las subas no podrán ser retroactivas, por lo que además las empresas deberían devolver lo que cobraron por aumentos antes de la suspensión.

La no realización de audiencias públicas fue el motivo por el cual la Cámara Federal de La Plata había dispuesto la suspensión del tarifazo del gas, fallo avalado por la procuradora Alejandra Gils Carbó. El Gobierno argumentó que se trataba de una actualización de los precios y por lo tanto no era necesario hacerlas, pero ahora deberá poner en marcha el proceso para poder completar el ajuste de las tarifas. 

Es que esta parte del fallo implica un golpe muy duro para las empresas transportistas (TGS y TGN) y de distribución (Metrogas, por ejemplo), que deberán facturar con los precios del año pasado. Estas firmas venían reclamando una suba urgente de las tarifas debido a la delicada situación financiera que estarían atravesando. Se especula con que el Gobierno podría disponer algún tipo de aporte.

Con su fallo la Corte podrá decir que le dio "gobernabilidad" a la administración de Macri ya que no dinamitó la sustentabilidad fiscal del programa económico y al mismo tiempo en los hechos, los usuarios recibirán una suba que será de al rededor de la mitad de los que se había fijado inicialmente. Es decir, hizo gradualismo.

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  • 7
    gloria_mol
    19/08/16
    12:53
    Y con el agua, nadie dice nada? Me aumento el 1000% y vivo sola, 6 horas por dia y 8 de sueño. Se necesita medidores.
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  • 6
    mariano rey
    18/08/16
    17:36
    Que trompada, Aranguren. Que Paliza Mauricio.
    Responder
  • 5
    aldus
    18/08/16
    15:12
    Macri, estás en el horno. La Corte acaba de darte por culo. Y lo que dejó afuera (el gas para comercios) mejor arreglalo de la manera más razonable porque, si no, vas a tener un problema parecido. Sos lo más parecido a De la Rúa: una fatídica mezcla de soberbia y mediocridad. Lo bueno de este proceso fue su velocidad: en menos de ocho meses la gente se dio cuenta de que la cagaste, de que sos un inúil, de que duplicaste la deuda externa, de que sigue la fuga de capital, de que lo de "pobreza cero" es un cuento y de que sos mucho más corrupto que el gobierno anterior.
    Responder
  • 4
    santz
    18/08/16
    14:06
    No dotcom, el comentario de "Gonza Hernandez" (vaya a saber uno su identidad real) desnuda la mediocridad de la sociedad argentina en sí...una sociedad imbécil y doblemoralista que ahora putea a la Corte pero si en el 2014 fallaba contra los aumentos de Axelito del 2014 hubiera festejado la independencia de poderes y la salvación de la república

    Obviamente estos desgraciados nunca se harán cargo de nada y teniendo en cuenta que nuestro territorio está poblado en un 90% por gente resentida, mediocre y medio pelo pues no hay salvación
    Responder
  • 3
    dotcom
    18/08/16
    14:01
    Para los globoluditos y troll choripaneros....si no están de acuerdo con el fallo de la corte pueden renunciar a los subsidios y pagar ya mismo la tarifa plena.....jajajajajajajaajaaaaaa....hablan, hablan, escriben bolu.... y todos pagaron con subsidio las tarifas en el pasado gobierno, nadie renuncio a los subsidios....manga de hipócritas !!!!
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  • 2
    dotcom
    18/08/16
    13:25
    jajajajajajaaaaa....leo las bolu...del troll choripanero comentario #1 y no lo puedo creer.....gonza hernandez, larga la grappa !!!!!!! jajaaaaaaa......tu comentario representa la mediocridad de este desgobierno.....y preparate para el año que viene, para cuando pierdan por goleada las legislativas....si antes llegan, claro !!!!!
    Responder
  • 1
    Gonza Hernandez
    18/08/16
    12:18
    La solucion a esto es cobrar inmediantamente ganancias a todos los jueces y el poder judicial , si la plata para los subsidios no sale de quien paga tarifas que salga de los jueces y listo
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