
La Corte Suprema de Justicia ya definió el fallo sobre el tarifazo en el gas. En la reunión que comenzó después de las nueve de esta mañana, los magistrados terminaron de cerrar el pronunciamiento, que anoche seguÃan puliendo.
En su pronunciamiento alcanzado por unanimidad, los integrantes del máximo tribunal decidieron suspender el tarifazo a los usuarios residenciales hasta que se realicen las audiencias públicas, pero -en principio- lo dejaron vigente para industrias y comercios.
La decisión se sostuvo en los reclamos del Gobierno, quien venÃa argumentando que la Cámara Federal de La Plata se excedió en su pronunciamiento cuando suspendió el tarifazo de manera integral, ya que la presentación la habÃan hecho asociaciones de consumidores y por lo tanto en todo caso sólo correspondÃa que alcanzara a los residenciales.
La Corte avaló esa postura, pero al mismo tiempo dijo taxativa que para la "fijación de tarifas de gas la audiencia pública es de cumplimiento obligatorio", es decir que -como anticipó LPO- en transporte y distribución queda sin efecto el tarifazo para todos los segmentos. La duda es si ese pronunciamiento alcanza al precio de gas, algunos especialistas sostenÃan que este se rige por el mercado o sea que no es "tarifa". La Corte resolvió también ese punto.
En sus fundamentos la Corte reconoció la distinción pero ordenó que por "esta vez" se realice la audiencia pública también para el precio del gas. "La audiencia siempre se debe hacer para el transporte y distribución de gas, porque son fijados monopólicamente", señaló la Corte y aclaró que si bien "es distinto el caso de Precio de ingreso al sistema de transporte del gas (Pist)" que lo fija el mercado, como ahora esto no ocurrió y el aumento surgió de una decisión del Ejecutivo, también debe realizarse la audiencia pública.
"En la situación actual el Estado intervino fuertemente en la fijación del Pist y por lo tanto debe someterlo a una audiencia pública porque es una decisión que, claramente, escapa al mercado. A partir de la fijación según reglas de oferta y demanda, no será necesaria la audiencia", señaló la Corte.
El Gobierno pretendÃa que al menos la Corte dejara firme esta parte del tarifazo, que representa algo más del 50% de la factura que pagan los usuarios. Pero no lo logró y el único guiño a la Rosada fue mantener el aumento para industrias y comercios, que deberán abonar en las próximas facturas el retroactivo por los meses en que la suba estuvo suspendida. Sin embargo, existe el riesgo que con este fallo asociaciones empresarias pidan que también se deje sin efecto para ellos, amparándose en la parte del fallo que exige audiencias públicas.
Si esto ocurriera serÃa una catástrofe para el Gobierno que deberÃa anulado de manera integral el tarifazo y además sin posibilidad de cobro revertido.
Quedaba una mÃnima duda si la Corte establecerá algún tipo de "tope" al aumento del precio del gas o hará una evocación general a la necesidad de darle "razonabilidad" a medidas de ese tipo. Fuentes del máximo tribunal habÃan anticipado a LPO: "No hay tope" y asà fue.
Por eso, el máximo tribunal reconoció las facultades del Poder Ejecutivo de fijar los precios de los servicios públicas y parece dejar sentado que el precio de la extracción de gas en boca de pozo lo fija el mercado -hacia adelante-, algo que preocupaba al Gobierno por el temor a que un fallo en el sentido contrario terminara ahuyentando a posibles inversores.
En cambio, el fallo deja sin efecto los aumentos residenciales hasta que se realicen las audiencias públicas. Una vez que eso pase, las subas no podrán ser retroactivas, por lo que además las empresas deberÃan devolver lo que cobraron por aumentos antes de la suspensión.
La no realización de audiencias públicas fue el motivo por el cual la Cámara Federal de La Plata habÃa dispuesto la suspensión del tarifazo del gas, fallo avalado por la procuradora Alejandra Gils Carbó. El Gobierno argumentó que se trataba de una actualización de los precios y por lo tanto no era necesario hacerlas, pero ahora deberá poner en marcha el proceso para poder completar el ajuste de las tarifas.
Es que esta parte del fallo implica un golpe muy duro para las empresas transportistas (TGS y TGN) y de distribución (Metrogas, por ejemplo), que deberán facturar con los precios del año pasado. Estas firmas venÃan reclamando una suba urgente de las tarifas debido a la delicada situación financiera que estarÃan atravesando. Se especula con que el Gobierno podrÃa disponer algún tipo de aporte.
Con su fallo la Corte podrá decir que le dio "gobernabilidad" a la administración de Macri ya que no dinamitó la sustentabilidad fiscal del programa económico y al mismo tiempo en los hechos, los usuarios recibirán una suba que será de al rededor de la mitad de los que se habÃa fijado inicialmente. Es decir, hizo gradualismo.
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Obviamente estos desgraciados nunca se harán cargo de nada y teniendo en cuenta que nuestro territorio está poblado en un 90% por gente resentida, mediocre y medio pelo pues no hay salvación