La justicia dio por concluida la acción penal contra la financiera Puente Hermanos - uno de los principales colocadores de deuda del mercado local y en particular de las provincias- al exculparla de la denuncia que realizó la Comisión Nacional de Valores (CNV) por operaciones realizadas en los años 2015 y 2016.
El juez nacional en lo Criminal y Correccional nº 1 de la Ciudad de Buenos Aires, Hernán MartÃn López, validó la investigación realizada por la FiscalÃa nº 22 y dictó el sobreseimiento del presidente de la compañÃa, Federico Tomasevich, al comprobar la inexistencia de delito, señalando que no existÃa fundamento legal para la promoción de la denuncia.
El organismo gubernamental le habÃa iniciado una denuncia penal a la financiera, a través de la Subgerencia de Asesoramiento Legal, en la que se la acusaba de un accionar defraudatorio contra "algunas Entidades y Organismos Nacionales y Provinciales", a las que les "habrÃa vendido tÃtulos valores a un precio que diferÃa considerablemente del precio promedio de mercado".
A su vez, un informe técnico realizado por la Subgerencia de Investigaciones de la CNV afirmaba el "notable sobreprecio en las comisiones cobradas por parte de Puente".
Dichas entidades involucrabas eran el Fondo de GarantÃas de Buenos Aires (Fogaba), el Consejo Federal de Inversiones (CFI), el Ministerio de EconomÃa de Formosa y el Fondo Fiduciario Provincial de Formosa (Fonfipro).
Finalmente, la investigación judicial indicó que la empresa "tuvo una conducta de total cumplimiento de la ley, que las operaciones en las que intervino Puente se ajustaron a la normativa vigente y fueron aprobadas por el mercado regulador, y que los cuatro clientes relacionados estuvieron informados, no sufrieron perjuicios y obtuvieron rentabilidad en su operatoria".
Desde la empresa acusada remarcan el injusto daño que les ocasionaron cuando "no habÃa fundamentos para la denuncia y no habÃa ningún delito".
La resolución del juez, por su parte, manifestó que "la presente investigación permite desvirtuar la hipótesis de que el agente Puente Hermanos hubiera excedido su actuar o violado el deber de buen cuidado del patrimonio ajeno, perjudicando los intereses que le habÃan sido confiados".
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