Justicia
Ortiz Mena planteó que no es necesaria la mayoría calificada para validar acciones de inconstitucionalidad
Ante el Pleno de la Corte y al discutir un asunto particular de Chihuahua, el ministro buscó que la mayoría simple se imponga debido al vacío que dejó la Reforma Judicial.

Apenas hace unos días, por mayoría de ocho votos a favor y tres en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que sí puede analizar la reforma judicial, luego de admitir la procedencia de una consulta a trámite elaborada por jueces y magistrados federales, de nuevo con ocho votos a favor y tres en contra.

Este jueves el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena lanzó una bomba. Al discutir un asunto del estado de Chihuahua, preguntó al Pleno de la Corte si era necesario ocho votos para lograr la mayoría pues la Constitución -luego de la aprobación de la Reforma Judicial de la 4T- establece que la mayoría quedaría en seis votos.

Esto desde luego en consideración de que el Pleno de la Corte estaría integrado por nueve y no once ministros tras los cambios constitucionales. "Tengo una duda: ¿se está desestimando por no lograr los ochos votos? Con fundamento en qué artículo estamos tomando ocho votos como requisito para declarar la validez de una norma. Es una duda", inquirió Ortiz Mena.

En respuesta el ministro Alberto Pérez Dayán que cualquier acción de inconstitucionalidad en la que teniendo once integrantes, debemos votar ocho. Al tomarlo como regla general la mayoría son seis, insistió Ortiz Mena, porque en el orden constitucional vigente "no existe una norma expresa que establezca una votación calificada" porque "fue derogada". 

"Yo en el texto constitucional actual no encuentro un requisito de ocho votos", remató el ministro Ortiz Mena. Jorge Mario Pardo Rebolledo se sumó al orden propuesto por Pérez Dayán por el "régimen transitorio que establece la Reforma Judicial", también Yasmín Esquivel lo respaldó.

Ortiz Mena insistió en que en ausencia de una orden constitucional que establezca mayoría calificada para declarar la validez de una acción de inconstitucional, se impone una mayoría simple. En el caso de los once ministros, la mayoría serían seis ministros; desde luego con miras a la revisión de la Reforma Judicial del presidente López Obrador.

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Además, considerando que el ministro Luis María Aguilar concluirá en diciembre de este año su periodo, de no nombrar al togado vacante esa mayoría se podría volverse cinco que pese al empate, según la costumbre, la ministra presidenta tendría un voto calificado de desempate. De nuevo, en favor de los que promueven la caída de la Reforma Judicial.  

El orden hasta la impugnación de Ortiz Mena, suponía que ocho de once decidían, lo cual abría la posibilidad de que las ministras pro 4T (Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres) convencieran a un cuarto ministro para que la revisión de la Reforma Judicial se cayera, y quedaran firmes los cambios constitucionales.

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