Suspensión
Juez mantiene suspensión del tramo cinco del Tren Maya
En la sentencia, el encargado de justicia responsabilizó a Fonatur para detener las obras y encargarse de que no comiencen de nuevo.

 El juez federal, Fernando Novelo Pérez, rechazó echar para atrás la suspensión definitiva del tramo 5 Sur del Tren Maya. Esto debido al incidente de modificación o revocación promovido por Marco Aurelio Colín, representante legal de Fonatur y Fonatur Tren Maya.

"Se mantiene la concesión de la suspensión definitiva de los actos reclamados atribuidos al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y Fonatur Tren Maya", aclaró el juez Primero de Distrito en el estado de Yucatán.

"Al haberse determinado procedente únicamente la modificación de la suspensión definitiva concedida a la parte quejosa en la resolución de veintisiete de mayo de dos mil veintidós, no así la revocación de la misma, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución. Segundo. Se modifica la parte conducente a la concesión de la suspensión definitiva de los actos reclamados, solicitada por la parte quejosa, contenida en la resolución incidental de veintisiete de mayo de dos mil veintidós", aclaró con respecto a las modificaciones que asignó a la sentencia.

Para evitar los amparos, AMLO declarará el Tren Maya como obra de seguridad nacional

Las obras en este tramo del Tren Maya se mantienen suspendidas desde que comenzó el litigio el 30 de marzo del presente año. Desde la suspensión definitiva el 27 de mayo, el gobierno ha intentado promover diferentes recursos legales para retirar la suspensión de los trabajos, incluso declarándola como de "seguridad nacional".

En la resolución, el juez indica que es responsabilidad de Fonatur supervisar que no se retomen las obras por parte del gobierno y de entidades privadas, "conforme al artículo 149 de la Ley de Amparo, es obligación de Fonatur Tren Maya ordenar a la diversa autoridad (Sedena) o particular la paralización de la ejecución de los actos reclamados y tomar las medidas pertinentes para el cumplimiento estricto de la suspensión, en los términos y para los efectos que se han precisado en su resolución, en caso de que sea diversa autoridad o algún particular quien tuviese intervención en la ejecución de las obras", subrayó.

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