El gobierno de Salomón Jara en Oaxaca sigue al frente con su objetivo de realizar, el año próximo, la elección de revocación de mandato para convertirse, de esta manera, en el primer y único gobernador de toda la federación en someterse a este ejercicio popular impulsado por le expresidente Andrés Manuel López Obrador. En los últimos dÃas, la Suprema Corte de la Nación emitió un fallo que cristaliza la forma en que el mismo se deberÃa llevar a cabo y que aclara los plazos y garantÃas que el oficialismo deberÃa cumplir para hacerlo efecto. En diálogo con LPO el consejero jurÃdico del estado, Geovany Vásquez Sagrero, celebró la resolución y aseguró: "Oaxaca será un precedente para las revocaciones de mandato en los estados".
¿Cómo se entiende este fallo de la Suprema Corte sobre el proceso de revocación de mandato de Oaxaca?
-La Corte ha validado el proceso de revocación de mandato en el estado de Oaxaca. Analizó algunos medios de control constitucional que promovieron algos partidos polÃticos, que impugnaron casi 15 puntos de la reforma. La Corte los analizó y validó diversos plazos que ellos decÃan que eran regresivos respecto a plazos para que el órgano electoral emitiera formatos oficiales, el plazo para que los ciudadanos colectaran firmas de respaldo para solicitar la consulta, el plazo entre la convocatoria del órgano electoral y la votación. También argumentaron que no habÃa habido consulta indÃgena, pero la Corte dijo que no era necesario; que no se habÃa hecho un estudio de parlamento abierto y la Corte también declaró infundados esos conceptos de violación. Dijeron que se habÃa violado la autonomÃa del órgano electoral y sus facultades y la Corte dijo que no.
En los estados hay una libre configuración legislativa que la tutela la misma Constitución Federal en el artÃculo 116, pero la Corte determina que hay dos puntos de esa reforma que tienen que revivirse, ¿Cuáles son? Primero, el porcentaje que la reforma establecÃa de que al menos la mitad más uno de los municipios hubiera un 10% de firmas en respaldo a las consultas. Nosotros tenemos 570 municipios, en 286 debÃa haber un respaldo del 10%, pero la Corte dijo que no, que con tomar como referencia el padrón general, en este caso 308 mil firmas, era suficiente. El otro punto tiene que ver con el plazo respecto al momento en el cual un ciudadano puede solicitarle al órgano electoral que haya consulta. La ley antes de la reforma decÃa que esta petición se podÃa hacer dentro de 90 dÃas posteriores a que el gobernador cumpla la mitad de su mandato. La reforma lo redujo a 30 dÃas y la Corte dijo que deben ser 90 dÃas. Estos puntos no entorpecen ni pegan al proceso de revocación de mandato que ya ha iniciado en Oaxaca desde octubre.
¿Cómo va a impactar este fallo sobre el proceso de revocación de mandato?
-Uno de los plazos de la reforma era del 1 al 10 de octubre. El órgano electoral emitió lineamientos de cómo debe conducirse este procedimiento y emitió formatos oficiales para aquellas personas que se dieran de alta como promoventes de la consulta pudieran recolectar firmas. Eso quedó validado, ha avanzado el plazo y ahora hay otro del 1 al 30 de noviembre para recolectar firmas, que ya está corriendo porque quedó intocado. También sigue vigente el plazo para que el órgano electoral revise el 10% general de las firmas y no vaya a cada uno de los municipios a ver si también tienen el 10%. Eso no cambia, no se modifica.
¿Cómo evalúan ustedes como gobierno este fallo?
-Nosotros celebramos la determinación de la Corte porque lejos de ver como una victoria o derrota, como tratan de ver algunas personas, nosotros consideramos que esta figura de participación ciudadana es un mecanismo muy importante a nivel paÃs y que Oaxaca será, el próximo año, el único estado que tendrá un ejercicio de esta naturaleza porque ha sido el mismo gobernador, en el 2023, quien que propuso la reforma a la Constitución local y la nueva ley de revocación de mandato. Es decir, en esta forma de empoderar a los ciudadanos es el gobernador el que propone esta figura y quien será sometido a esta evaluación que la ciudadanÃa de Oaxaca realice en el próximo año conforme a cómo vaya avanzando este procedimiento.
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¿Cómo se está desarrollando todo este proceso hasta el momento?
-Tenemos entendido que ha avanzado mucho la recolección de firmas, tenemos entendido que ha se ha superado el umbral de las 308 mil firmas que habÃa dicho el Instituto Electoral. Por lo tanto, avanza el proceso y con esta validación que da la Corte ya hay mayor certeza y legalidad al procedimiento.
¿Cuándo creen que se podrÃa llevar a cabo la elección de la revocación del mandato?
-Va a depender mucho de la manera en cómo los ciudadanos participen. ¿En dónde entran nuevamente los ciudadanos ahorita? En el proceso de recolección de firmas. Cuando cumple la mitad del mandato el gobernador, los lineamientos dicen que los ciudadanos tienen 90 dÃas posteriores para solicitar que haya una consulta. Puede ser el mismo dos de diciembre, puede ser el tres o en febrero. Depende de lo que hagan los ciudadanos porque sà hay plazos por la Corte establecidos. Por ejemplo, una vez recibida una solicitud, el órgano electoral tiene diez dÃas para analizar si se cumplen los requisitos para que haya consulta. Eso no cambió. Ya dependerá del momento en que haya una petición. Por ejemplo, si lo hacen en los primeros dÃas de diciembre, seguro para enero habrÃa votación; si lo hacen en enero, para finales de febrero habrÃa. Va a depender mucho de cómo la gente participe, se involucre y, sobre todo, realice los pasos que ahora la ley y los lineamientos establecen en este mecanismo de participación ciudadana directa.
¿Qué impacto podrÃa tener este fallo y este proceso de revocación de mandato en el resto del paÃs?
-Al ser el primer ejercicio de esta naturaleza y al tener en cuenta, además, que la Corte ha delineado hasta dónde una Legislatura sà puede fijar plazos, desde luego que es un precedente muy importante porque ahora el máximo tribunal está diciendo cuál es el surco que deben seguir los demás estados, las demás Legislaturas y, como sucedió a nivel federal que también sentó un precedente, Oaxaca serÃa un nuevo precedente. Estoy seguro de que las Legislaturas estarán al tanto y viendo lo que ha resuelto la Sala Superior del Tribunal Electoral que también resolvió un tema el dÃa 19 de noviembre respecto a los lineamientos y los dejó intocados y ahora lo que ha resuelto la Corte. Entonces, sà son precedentes importantes porque vienen de dos tribunales constitucionales.
¿Cuáles serán las reglas de la elección revocatoria para que sea vinculante?
-En esa parte nos referimos a la reforma constitucional del 2019, que establece parámetros mÃnimos que deben respetar las legislaturas. Para que tenga efectos vinculatorios debe haber una participación de al menos el 40% de los ciudadanos. Si vamos al margen del padrón electoral de Oaxaca, estamos hablando de una participación de cerca de un millón 200 mil habitantes los que deberÃan participar y pronunciarse y responder la pregunta que ya viene en ley: si está de acuerdo en que se le revoque el mandato al gobernador del estado por pérdida de confianza o que siga en la gobernatura hasta concluir su mandato. Con eso tendrÃa efectos vinculatorios que tendrÃan que ser calificados conforme a la ley por el Tribunal Electoral Local.
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