La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió siete controversias relacionadas con multas administrativas, cobros por el registro de control ambiental, permisos y regulaciones que diversos municipios de Guerrero, Coahuila, Nayarit y San Luis Potosà intentaron imponer en actividades relacionadas con hidrocarburos, gas LP, vÃas de ferrocarril y generación de energÃa eléctrica.
El Máximo Tribunal determinó que los municipios y estados no pueden exigir pagos, licencias ni cobros por realizar verificaciones sobre negocios relacionados con hidrocarburos y energÃa, ya que estas facultades pertenecen exclusivamente a la Federación. Esto incluye la regulación, cobro y supervisión de actividades como la explotación, almacenamiento y distribución de combustibles y electricidad.
En ese sentido, el Pleno invalidó diversas disposiciones locales que pretendÃan cobrar por operación de gaseras, pozos petroleros o plantas solares, eólicas, termoeléctricas o hidroeléctricas, asà como por licencias de construcción para instalación de vÃas de ferrocarril.
Estas resoluciones protegen la seguridad jurÃdica de personas y empresas que dependen de estos sectores, al evitar confusiones, pagos dobles y fragmentación de competencias estratégicas.
Con ello, la SCJN ratificó la rectorÃa nacional en actividades consideradas como motores del desarrollo del paÃs: hidrocarburos, infraestructura estratégica de transporte, energÃa eléctrica y sus derivados, asegurando con ello igualdad en las reglas y en los costos para toda la ciudadanÃa.
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