El diputado local de Morena, Jesús Elizondo, presentó una propuesta de reforma a la Ley de DefensorÃa Pública para el Estado de Nuevo León con el objetivo de que se establezca la obligación legal de proporcionar intérpretes certificados de Lengua de Señas Mexicana y de lenguas indÃgenas durante todas las actuaciones en que intervenga, desde el primer contacto hasta la conclusión del procedimiento.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de EstadÃstica y GeografÃa y la SecretarÃa de Salud Federal, en México más de 7.3 millones de personas hablan alguna lengua indÃgena y más de 2.3 millones de personas presentan discapacidad auditiva.
Esto deja en evidencia que la ausencia de mecanismos claros de accesibilidad lingüÃstica afecta a un sector amplio de la población que enfrenta barreras estructurales para ejercer su derecho de acceso a la justicia.
El acceso efectivo a la justicia constituye un derecho humano fundamental reconocido en la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, dicho derecho no se satisface de manera meramente formal, sino que exige condiciones reales que permitan a las personas comprender el procedimiento, comunicarse eficazmente con las autoridades y participar activamente en su propia defensa.
Por lo que el derecho a una defensa se vulnera cuando existen barreras lingüÃsticas o comunicacionales no atendidas por el Estado, pues ello impide a la persona comprender cabalmente el proceso seguido en su contra y ejercer plenamente sus derechos.
A pesar del sólido marco constitucional, la Ley de DefensorÃa Pública del Estado no establece de manera expresa, obligatoria y sistemática la provisión de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana ni de lenguas indÃgenas para las personas usuarias del servicio, lo que genera discrecionalidad institucional, desigualdad territorial y un riesgo permanente de violaciones al debido proceso.
Es por ello que con esta reforma no se crean privilegios ni cargas desproporcionadas, sino que se establecen condiciones mÃnimas para que el derecho de acceso a la justicia, la defensa adecuada y la igualdad sustantiva sean reales y efectivos, previniendo nulidades procesales, evitando responsabilidad internacional del Estado y fortaleciendo un sistema de justicia verdaderamente incluyente y respetuoso de los derechos humanos.
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