
El legislador local Miguel Peña Chávez, entregó iniciativa de reforma que tiene como objeto el aumentar la pena para quienes cometan el delito de violencia familiar, proponiendo una pena mÃnima de tres años, mientras que como máxima quedarÃa en siete años, estableciéndose en el artÃculo 242 BIS del Código Penal del Estado.
La violencia familiar es una realidad en nuestro paÃs, la cual desafortunadamente; empeoró aún más por la pandemia del virus Covid-19, el encierro, incertidumbre, el estrés y la presión por la situación económica, la educación a distancia de manera improvisada, entre otros factores, ocasionaron situaciones difÃciles en los miembros de la familia en distintos contextos.
Derivado de lo anterior, "es necesario revisar el marco legal que protege a los integrantes de las familias de la violencia que se desata por otro miembro del núcleo familiar, por ejemplo; la restricción total o parcial de la libertad, y variadas consecuencias en la salud fÃsica y psicológica de mujeres, adultos, niñas, niños, jóvenes, adultos mayores o personas con discapacidad", mencionó Miguel Peña.
El diputado también agregó que el propósito de esta iniciativa es no dejar lagunas jurÃdicas que beneficien a los delincuentes, y que dificulten sancionar este delito, incrementar las sanciones correspondientes y establecer que el delito se persiga de oficio, igual que su equiparable, y con ello, que la violencia familiar no escale a la violencia extrema o por razones de género, que pudiera constituir un feminicidio.
En comparación con otros estados, Baja California se encuentra por debajo de la media nacional en cuanto al mÃnimo de años de prisión ya que la mayorÃa de los estados parte de un año, asà mismo con lo que respecta a la pena máxima, cabe resaltar que en otras entidades federativas la modificación a la pena surgió como una media de control ante el aumento de casos de violencia familiar.
Dicha iniciativa de reforma también contempla adicionar dentro del mismo artÃculo, la modalidad de "Violencia Vicaria" la cual se traduce como aquella manifestación de violencia por parte de quien mantiene o mantuvo una relación afectiva de pareja con la vÃctima, que por sà o por otra persona, utiliza a los seres queridos de la vÃctima, especialmente a las hijas y los hijos como instrumento para causarle daño.
Asimismo, Miguel Peña expuso que la pena debe ser un factor de inhibición psicológica para que los ciudadanos no se decidan a cometer un hecho delictivo, por ello en el caso que nos ocupa, la única manera de dar cierta fuerza intimidatoria a la pena serÃa hacerla legislativamente sólida para que se logre un efecto positivo.
Con base al razonamiento anterior, "el agresor deberá tener en cuenta que la pena que castiga el delito de violencia familiar se encontrarÃa fuera de los alcances de una suspensión condicional del proceso, causando un efecto preventivo en este tipo de delito, lo que estadÃsticamente serÃa benéfico para el estado", concluyó.
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